Normas imperativas de derecho internacional general Ius Cogens

0.0(0)
studied byStudied by 0 people
full-widthCall with Kai
GameKnowt Play
learnLearn
examPractice Test
spaced repetitionSpaced Repetition
heart puzzleMatch
flashcardsFlashcards
Card Sorting

1/16

flashcard set

Earn XP

Description and Tags

Apuntes de clase + Lecturas

Study Analytics
Name
Mastery
Learn
Test
Matching
Spaced

No study sessions yet.

17 Terms

1
New cards

Definición

  • Es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto.

  • No permite ninguna excepción (no derogación).

    • Solo puede ser modificada por una norma posterior y del mismo carácter.

  • Norma máxima del derecho internacional → ningún tratado ni costumbre puede contradecirlas.

    • Norma que la contradiga, tiene como efecto su nulidad

  • No está sometida al consentimiento estatal para retirarse u oponerse

    • Consentimiento individual carece de relevancia

    • No hay cabida para relativismos culturales → justificar ciertas prácticas contrarias a los derechos humanos con argumentos culturales, religiosos o históricos

2
New cards

Naturaleza

  • Reflejan y protegen valores fundamentales de la comunidad internacional. 

    • Rasgos de moralidad superior que le den cierto nivel de coherencia al sistema en casos límites

    • Ej: Incluso en guerra, la prohibición de tortura sigue siendo absoluta, porque protege un valor fundamental.

    • CIDH (no tiene jurisdicción): prohibición de que los Estados genere acciones con efectos irreversibles en el clima

  • Son de aplicación universal y jerárquicamente superiores a otras normas del derecho internacional.

  • En teoría crean fuentes jurídicas

    • No solo imponen prohibiciones o mandatos, sino que además dan lugar a la creación, invalidez o transformación de otras normas internacionales.

    • Es decir, no dependen de otra fuente, sino que funcionan casi como una fuente en sí mismas.

3
New cards

Identificación

  • Para identificar una norma jus cogens, se requiere cumplir dos criterios esenciales

  1. Que sea una norma de derecho internacional general.

  2. Que sea aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como una norma que no admite excepción.

4
New cards

Fuentes (bases)

  • Principal: Derecho internacional consuetudinario (costumbres) (practica general + Opinio Juris)

  • Disposiciones de los tratados:

    • Pueden codificar normas imperativas ya existentes (Por escrito)

    • Pueden servir como evidencia de aceptación por la comunidad internacional

      • Si muchos Estados firman y ratifican, refuerza la idea de que esa norma ya es jus cogens.

  • Principios generales: Si se reconocen intrínsecos del sistema internacional y reconocidos inderogables.

5
New cards

Comunidad internacional (Estados)

Se requiere la aceptación y el reconocimiento de una mayoría muy amplia y representativa de Estados.

  • No se requiere la aceptación y el reconocimiento de todos los Estados.

  •  Las posiciones de otros actores (distintos de los Estados) pueden ser relevantes para proporcionar contexto, pero no forman parte del reconocimiento mismo.

6
New cards

Aceptación y reconocimiento

  • Adoptar una amplia gama de formas, incluyendo: declaraciones públicas, publicaciones oficiales, opiniones jurídicas gubernamentales, correspondencia diplomática, disposiciones constitucionales, actos legislativos/administrativos, decisiones de tribunales nacionales, disposiciones de tratados, resoluciones de organizaciones internacionales y otras conductas de los Estados.

7
New cards

Medios auxiliares

  • Validan, interpretan y confirman qué normas son de jus cogens y cómo deben aplicarse.

  1. Las decisiones de tribunales internacionales (en particular la Corte Internacional de Justicia)

  2. Las decisiones de los tribunales nacionales

  3. Obras de órganos de expertos y la doctrina de los publicistas más calificados.

8
New cards

Tratados en conflicto

  • Un tratado es nulo (en su totalidad) de pleno derecho si entra en conflicto con una norma jus cogens existente en el momento de su celebración.

  •  Si surge una nueva norma jus cogens cualquier tratado existente que entre en conflicto con ella se vuelve nulo y termina (en su totalidad).

  • Condiciones estrictas de separabilidad: Las disposiciones conflictivas sean separables, si no son esenciales para el consentimiento de las partes, y la ejecución del resto no sea injusta.

  • Obligaciones tras nulidad: Las partes deben eliminar en la medida de lo posible las consecuencias de cualquier acto realizado basándose en la disposición conflictiva y ajustar sus relaciones mutuas a la norma jus cogens.

9
New cards

Reservas en conflicto

  • Una reserva no afecta la validez de una norma jus cogens → No se puede excluir ni modificar una disposición jus cogens.

10
New cards

Derecho consetudinario en conflicto

  • Una regla consuetudinaria no llega a existir si entra en conflicto con una norma jus cogens existente.

  • No aplica la doctrina del objetor persistente.

11
New cards

Actos unilaterales de Estados y resoluciones de de OI (En conflicto)

Las obligaciones creadas por actos unilaterales de Estados o por resoluciones/decisiones de organizaciones internacionales no surten efecto si entran en conflicto con el jus cogens.

12
New cards

Obligaciones erga omnes

Las normas jus cogens generan obligaciones hacia la comunidad internacional en su conjunto (erga omnes), permitiendo a cualquier Estado invocar la responsabilidad de otro por su violación.

13
New cards

Circunstancias que excluyen la ilicitud

No se puede invocar ninguna circunstancia que excluya la ilicitud (como la legítima defensa o el Estado de necesidad) con respecto a un acto que viole una obligación dimanante de una norma jus cogens.

14
New cards

Consecuencias de nulidad

  • Los Estados deben cooperar para poner fin a todo incumplimiento grave por medios ilícitos.

  1. No reconocer los efectos derivados de la violación de la norma imperativa

  2. Cooperar para hacer cesar la violación

  • Principio de indivisibilidad del tratado

    • El tratado de be mantenerse como un todo

    • Violación relativa: En algunos casos, si solo una disposición concreta del tratado viola el derecho internacional, se puede separar y retirar esa disposición, manteniendo el resto del tratado en vigor.

    • No hay posibilidad de reserva

15
New cards

Disposiciones generales

Interpretación consistente

  • En caso de posible conflicto, otra norma de derecho internacional debe interpretarse y aplicarse, en la medida de lo posible, de manera que sea coherente con la norma jus cogens.

Procedimiento recomendado

  • En caso de invocar jus cogens para invalidar o terminar un tratado:

  1. Los Estados deben notificar su posición por escrito.

  2. Si otro Estado objeta, se debe buscar solución pacífica (negociación, CIJ, etc.).

16
New cards

Lista no exhaustiva de normas jus cogens

  • Prohibición de la agresión.

  • Prohibición del genocidio.

  • Prohibición de crímenes de lesa humanidad.

  • Normas básicas del derecho internacional humanitario.

  • Prohibición de discriminación racial y apartheid.

  • Prohibición de la esclavitud.

  • Prohibición de la tortura.

  • Derecho de libre determinación.

17
New cards

Convención de Viena

  • Primer instrumento en regular explícitamente el jus cogens

  • Tratado máximo: Carta de Naciones Unidas

    • Contiene los principios esenciales que inspiran y fundamentan muchas de esas normas imperativas.