tema 3: el dolo

0.0(0)
studied byStudied by 0 people
0.0(0)
full-widthCall Kai
learnLearn
examPractice Test
spaced repetitionSpaced Repetition
heart puzzleMatch
flashcardsFlashcards
GameKnowt Play
Card Sorting

1/41

encourage image

There's no tags or description

Looks like no tags are added yet.

Study Analytics
Name
Mastery
Learn
Test
Matching
Spaced

No study sessions yet.

42 Terms

1
New cards

referencias legales al dolo en el OJ español

Libro 1 CP:

  • Art. 5 CP: “No hay pena sin dolo o imprudencia” → principio de responsabilidad objetiva y principio de culpabilidad.

  • Art. 10 CP: “Son delitos las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por ley” → concepto formal del delito.

Libro 2 CP:

  • Art. 261 CP: “(…) presentare, a sabiendas [dolo], (…) con el fin de lograr (dolo particular).

  • Art. 298 CP: “el que con ánimo de lucro y con conocimiento” → el primero es el ánimo de lucro, elemento subjetivo distinto del dolo.

2
New cards

elementos del dolo

  • Elemento cognitivo: comprensión de los elementos objetivos del tipo penal.

  • Elemento volitivo: voluntad de querer actuar.

3
New cards

¿en cuál de los dos elementos del dolo se hace más énfasis? ¿por qué?

Cuando se alude al dolo, se suele hacer más énfasis en la voluntad. A pesar de que no es la única forma de interpretar el dolo (a veces se interpreta más como un problema no de querer, sino de conocer), el problema con otras interpretaciones es que dejan de lado la idea de si realmente el sujeto quería llevar a cabo la conducta. No basta el conocer, es necesario el querer. Otro motivo por el que se le da más importancia es que la diferencia entre los tipos de dolo radica normalmente en la intensidad del elemento volitivo. Además, el conocer y el querer deben abarcar todos y cada uno de los elementos del tipo objetivo.

4
New cards

dolus naturalis

conocimiento y voluntad de actuar dirigida a la realización de los elementos objetivos del tipo (elementos constitutivos de la infracción penal).

5
New cards

contenido intelectual del dolo

debe consistir en el conocimiento actual de los elementos del tipo objetivo en el momento de actuar y que actúe siendo consciente de ello

6
New cards

¿qué tipo de conocimiento es necesario en el contenido intelectual del dolo?

bastará con conocer el significado social o jurídico del hecho (valoración paralela en la esfera del profano) al mismo nivel que pueda conocer una persona sin conocimientos en Derecho y ex ante. El autor sabe que comete la acción ilícita y conoce la relación de causalidad y previsibilidad del resultado; basta con el conocimiento aproximado en el momento de actuar.

7
New cards

contenido volitivo del dolo

supone la voluntad incondicionada de realizar algo que el autor cree que puede llevar a cabo; el hecho, conocido en sus características externas, debe ser querido.

8
New cards

¿es lo mismo el contenido volitivo del dolo que el móvil del delito?

no, el móvil es lo que impulsó al autor a realizar la conducta. Los móviles solo tienen importancia típica en casos excepcionales y por lo general solo inciden en la determinación de la pena como circunstancias agravantes o atenuantes.

9
New cards

dolo directo

el sujeto de forma consciente y querida (capacidad cognoscitiva) persigue realizar el tipo penal (capacidad volitiva), incluidas las consecuencias necesarias del acto que se asume

10
New cards

tipos de dolo directo

  • dolo directo de primer grado/de propósito

  • dolo directo de segundo grado

11
New cards

dolo directo de primer grado o de propósito

El autor conoce y quiere llevar a cabo el comportamiento típico (en los delitos de mera actividad) y el resultado que se produce a consecuencia con ello (en los delitos de resultado). No hace falta que se esté seguro que se vaya a producir el resultado, es suficiente con que la persona piense que no es absolutamente imposible. Se manifiesta de forma evidente la presencia de la voluntad caracterizadora de los dolitos dolosos (dolo intencional). Si se acredita la existencia de una decisión dirigida al conocimiento de la potencialidad de los medios para la producción del resultado y en la decisión de utilizarlos y la intención de conseguir el resultado, nos encontraremos ante un dolo directo de primer grado.

12
New cards

dolo directo de segundo grado

persigue realizar el tipo penal no como un fin, pero lo admite como una consecuencia necesaria del resultado principal. Sabe que va a cometer la acción/llegar al resultado típico y, aunque no es su objetivo, acepta que es necesario: es una consecuencia necesariamente unida de otra conducta, que sí es su objetivo. Es compatible con la imputación de otros resultados (o la realización de otras acciones) realizados con dolo de propósito.

13
New cards

dolo eventual

acepta la posibilidad y el riesgo es elevado, aunque no sabe si va a ocurrir necesariamente. No hay certeza, pero hay una representación de lo que puede ocurrir. Acepta lo que es posible. La persona quiere llevar a cabo un comportamiento que le permitirá alcanzar el fin que persigue, y que puede ser delictivo o no, peros e le muestra como muy probable que, de seguir adelante con su comportamiento, se realice un tipo penal

14
New cards

elementos del dolo eventual

  • Elemento cognitivo: sabe o se representa como de probable (o posible) producción (no como seguro o necesario o inevitable) el resultado.

  • Elemento volitivo: no quiere el resultado, pero decide actuar asumiendo (o conformándose) con su probable o eventual realización.

15
New cards

diferencia básica entre el dolo eventual y la imprudencia consciente

en ambos casos el sujeto no persigue el resultado. Pero en el dolo eventual sabe que eventualmente se puede producir, y aun así actúa; mientras que en la imprudencia consciente tampoco persigue el resultado, pero actúa con la conciencia de la peligrosidad de su conducta

16
New cards

¿qué teorías intentan explicar la diferencia entre el dolo eventual y la imprudencia consciente?

  • teoría de la probabilidad/de la representación

  • teoría del consentimiento

  • teorías mixtas

17
New cards

diferencia entre el dolo eventual y la imprudencia consciente según la teoría de la probabilidad/representación

se basa en el grado de probabilidad de que se produzca el resultado, cuya posibilidad se ha representado el autor. Si al sujeto a la hora de llevar a cabo el comportamiento se le representa el resultado como de muy probable producción y aun así continua, hay dolo eventual. Por otra parte, en la imprudencia aparece una representación del resultado como de posible o probable producción. Si las probabilidades son muy altas, es dolo, si no, imprudencia.

18
New cards

diferencia entre el dolo eventual y la imprudencia consciente según la teoría del consentimiento

a partir de la teoría de la probabilidad, analiza la aceptación o no de la persona respecto a la posibilidad de que se produzca el hecho típico. Si lo acepta, existe dolo eventual si se dan las circunstancias para que se produzca. Para la imprudencia, es necesario un rechazo de su realización o que se confíe en que no pase.

19
New cards

diferencia entre el dolo eventual y la imprudencia consciente según las teorías mixtas

considera el nivel de posibilidad que se le representa a la persona de que el resultado se pueda deducir (nivel de riesgo) y lo combina con la aceptación o no por parte de la persona del mismo, de manera que se tome en serio el peligro (asumir que es un peligro real y concreto; la aceptación se infiere a través de la probabilidad considerada) y se conforme con dicha posibilidad; si confía despreocupadamente o tiene una confianza mínimamente fundada objetivamente de que el resultado no se producirá, nos encontramos ante una imprudencia consciente. Considera que es dolo cuando el sujeto considera realmente probable (o posible en el caso concreto) el resultado (a un 80/90% seguro). Este enfoque desecha por completo el aspecto volitivo, y expande el ámbito del dolo.

20
New cards

en la prueba del dolo, ¿qué se deberá analizar?

  • Las circunstancias que han rodeado al caso

  • Cómo actuó el autor

  • Si se tomaron precauciones para reducir riesgos

  • Características personales del autor

  • Actitud adoptada tras el resultado

21
New cards

en un supuesto donde se causa la muerte a una persona sin intención de matar, pero sí de lesionar, ¿qué planteamientos existen para solucionar este supuesto?

  • Concurso ideal de delitos entre las lesiones dolosas (consumadas o intentadas) y el homicidio imprudente. Esta es la interpretación mayoritaria y la que sigue el Tribunal Supremo.

  • Homicidio por imprudencia, grave o menos grave según el caso: no siempre puede haber un espacio entre la causación de lesiones y el homicidio imprudente. Cuando la muerte es coetánea, algunos afirman que lo mejor es imputar un homicidio imprudente.

  • Lesiones dolosas.

22
New cards

elementos subjetivos del injusto (que no sean el dolo)

Son los fines, propósitos o motivos distintos del dolo, pero que exige el tipo subjetivo de determinados delitos. Es el caso del hurto (en el art. 234 CP, se exige un ánimo de lucro), la rebelión (en el art. 472 CP se especifican una serie de fines que debe perseguir el rebelde para ser considerado como tal), o el descubrimiento de secretos (art. 197.1 CP).

A parte de servir para la configuración de un tipo delictivo, en otros casos la concurrencia de otros elementos subjetivos puede dar lugar a circunstancias que agravan la responsabilidad penal, como es el caso del art. 22.4 CP (el cometer un crimen por motivos racistas, entre otros, es una circunstancia agravante).

23
New cards

¿a qué tres aspectos del comportamiento de la persona se refieren los elementos subjetivos del injusto?

  • intención

  • motivación 

  • ánimo especial del autor

24
New cards

clases de error

  • El error de tipo afecta a la tipicidad, es un error sobre hechos constitutivos (elementos esenciales) del delito (de la tipicidad) que repercute sobre el dolo o la imprudencia.

  • El error sobre la prohibición afecta al conocimiento de la prohibición, es un error sobre la ilicitud (antijuridicidad de la conducta).

25
New cards

definición del error según la doctrina mayoritaria

La doctrina mayoritaria asume un concepto amplio de error, sin definirlo con exactitud: cualquier cosa que perturbe la captación de la realidad es un error.

26
New cards

error vencible sobre los elementos esenciales

el autor de la conducta lo podría haber evitado de haber actuado con la diligencia debida del mismo modo de actuar que una persona media en su situación con los mismos conocimientos. Este tipo de error deja abierta una posible responsabilidad a título de imprudencia cuando esté prevista esta forma de realización del tipo (art. 14.1 CP).

27
New cards

error invencible sobre los elementos esenciales

la persona no habría podido salir de su error, al ser este inevitable para cualquier persona media situada en su lugar con sus mismos conocimientos. La inevitabilidad trae consigo la atipicidad de la conducta, pues no hay dolo o imprudencia al encontrarnos en un caso fortuito.

28
New cards

¿a quién corresponde la prueba de que se ha actuado erróneamente?

al acusado

29
New cards

consecuencias jurídicas del error sobre los elementos del tipo objetivo

  • Si el error es invencible excluye la responsabilidad penal, excluyendo el dolo y la imprudencia.

  • Si es vencible, significa que el sujeto pudo salir de su error, pero no lo hizo porque no aplicó la cautela necesaria, por lo que la infracción será castigada como imprudente, solo excluyendo el dolo (porque no hay conocimiento pero sí actuación imprudente). Si la conducta no está castigada en su modalidad imprudente, sería entonces una conducta atípica.

30
New cards

error sobre un ehcho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante

En estos casos, el error recae sobre alguno de los elementos que implican un agravamiento o atenuación de la pena. No se aplicará la agravación al margen de que sea vencible o no (subsiste el tipo básico/no se aplica la circunstancia).

31
New cards

error al revés

la persona cree que su comportamiento está recogió en un tipo agravado, y el error implicará que se aplica el tipo básico y no el agravado.

32
New cards

error sobre el objeto material

si el objeto material del delito es idéntico al que se creía dañar, el error es irrelevante, pero si los objetos materiales son distintos (por ejemplo, se asesina a una persona que cuenta con una protección especial que el autor ignora en un intento de matar a otra que no la tiene), estaríamos ante dos delitos, el que se quería realizar y el que se realizó. Se considera el primero en modo de tentativa, y el segundo según lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del art. 14.2 CP, teniendo en cuenta que existe un concurso ideal de delitos.

33
New cards

error sobre la persona

si las personas son iguales desde el punto de vista del injusto, sucede lo mismo que con el objeto, pero si son distintas el error tendrá consecuencias jurídicas y se acudirá a la aplicación del art. 14.2 CP.

34
New cards

error sobre la relación de causalidad

Si la desviación no es esencial y no afecta al resultado, el error será indiferente, pero si es esencial y afecta al resultado, el error es relevante para determinar la responsabilidad penal de la persona según los criterios para la imputación objetiva del resultado.

Si el resultado se produce de un modo totalmente desconectado de la acción del autor, el sujeto no podrá responder de un delito doloso consumado, no porque haya un error de tipo, sino porque falta la realización del resultado del peligro implícito en la acción lesiva inicial, falta la imputación objetiva del resultado a la acción. No habrá responsabilidad por el delito consumado, pero podría imputarse el hecho como tentativa si hubo dolo.

35
New cards

desviación en el golpe o aberratio ictus

común en los supuestos de delitos contra la vida e integridad física, es supuesto de error donde la persona lleva a cabo una acción contra otra o un objeto para cometer una agresión y crea un curso causal, pero el curso causal se desvía de tal forma que el daño se produce a otra persona u objeto. La solución es similar a la del erro del objeto material y la persona. Estaremos ante un concurso de delitos entre el delito imprudente consumado y una tentativa respecto al resultado que se deseaba.

36
New cards

desviación en el golpe o aberratio ictus si el error no da lugar a un cambio de calificación legal 

estaremos ante un homicidio doloso o un concurso ideal entre el delito doloso intentado y el delito (imprudente) consumado (la última opción tiene la ventaja de que abarca todos los supuestos de peligro, pero la calificación de imprudencia es discutible).

37
New cards

desviación en el golpe o aberratio ictus si el error sí da lugar a un cambio en la relación jurídica 

art. 14.2 CP o concurso ideal entre el delito doloso intentado y el delito (imprudente) consumado.

38
New cards

dolus genralis

el autor cree que ha consumado un delito mediante un acto, pero este no se ha producido por su actuación, sino por un acto posterior del mismo autor, provocando una ejecución distinta a la que previó inicialmente.

39
New cards

posibles soluciones al dolus generalis

  • Dolo general: se entiende que la persona ha actuado dolosamente, y el dolo inicial también se extiende al acto posterior que consuma el delito que quería realizar, al ser un dolus generalis.

  • Concurso real entre homicidio doloso intentado y homicidio imprudente consumado.

40
New cards
41
New cards
42
New cards