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Naturaleza (anterior) del Parlamento Europeo:
En los originarios tratados constitutivos, se configuraba como una Asamblea Parlamentaria meramente consultiva formada por parlamentarios de los Estados miembros designados por sus propios Parlamentos, teniendo estos, un doble mandato
Elección de los diputados del Parlamento Europeo (tras la Decisión del Consejo de 20 sept 1976):
Por sufragio universal directo
La sede del Parlamento Europeo se encuentra:
Dividida entre Bruselas, Estrasburgo y Luxemburgo
Triple función del Parlamento Europeo:
Órgano de representación y control democrático de la Unión
Ejercer control político en la UE
Participa en el proceso legislativo (general y presupuestario)
Composición del Parlamento Europeo:
Se compone de diputados europeos que representan a los pueblos de los Estados miembros
El Estatuto de Diputado Europeo:
Los diputados son elegidos por un periodo de 5 años, durante el que no pueden recibir mandato imperativo.
Tienen una serie de privilegios e inmunidades pero también incompatibilidades
El número de parlamentarios es proporcional a la población de cada país (mínimo 6 y máximo 96)
La composición del Parlamento Europeo : Tratado de Lisboa:
“Sú número no excederá de los 750 + el presidente”
Estados que han visto incrementada su representación:
Bélgica, Dinamarca, Irlanda, España, Francia, Letonia, Países Bajos, Austria, Polonia, Eslovenia, Eslovaquia y Finlandia.
España 2024-2029 tiene:
61 miembros representando al país en el Parlamento Europeo
Grupos políticos: organización de los diputados:
Grupos Políticos Europeos (según afinidades políticas): varios de estos se constituyen en torno a partidos organizados a escala europea
Cada grupo político cuenta:
Con 1 presidente, una Junta Directiva (Mesa) y una Secretaría
El art. 191 TCE modificado por el Tratado de Niza permite:
La adopción, conforme al procedimiento de codecisión, de un Estatuto de los Partidos Políticos a escala europea, que incluya normas relativas a su financiación
Sistema electoral:
Actualmente, cada Estado cuenta con un sistema electoral.
Cada Estado está integrado por:
Sistema proporcional de representación según el Acta Electoral 1976 modificada
Sufragio activo: todos los Estados reconocen este derecho a todos los ciudadanos de la UE + 18 años
Sufragio pasivo: las edades para ser elegible varían de los 18 a los 25 años
Candidaturas: algunos solo permiten presentar candidaturas a partidos políticos y en el resto, basta con reunir un número de firmas
Celebración: JUEVES ( Dinamarca, Países Bajos, Reino Unido) DOMINGOS (resto de Estados)
Listas: en 5 Estados listas cerradas en 8 es posible modificar el orden mediante voto preferencial
Escrutinio:8 Estados utilizan la regla D´Hondt…
Verificación escrutinio:variaciones según Estado
Atribución de escaños: variación según Estado
Órganos del Parlamento Europeo ¿de qué está formado?
Presidente
Mesa
Conferencia de presidentes
Comisiones parlamentarias
El presidente:
Dirige la actividad del Parlamentos y de sus órganos.Preside las sesiones plenarias y las reuniones de la Mesa y de la Conferencia de Presidentes y representa al Parlamentos en las relaciones exteriores
La Mesa:
Compuesta por el Presidente y 14 vicepresidentes. Órgano directivo en el ámbito reglamentario y tiene competencias presupuestarias y en los ámbitos administrativos, de personal y de organización. De ella forman parte los Cuestores (5) y tiene únicamente voz consultiva
La Conferencia de Presidentes:
Compuesta por el presidente del Parlamento y por los presidentes de los grupos analíticos. Asume funciones políticas en la organización y composición de las comisiones, distribución de escaños y establecimiento de calendario de las sesiones
Las Comisiones Parlamentarias permanentes:
Preparan los trabajos de las sesiones plenarias, elaboran informes sobre las propuestas legislativas y los informes de propia iniciativa
Reuniones:
La legislatura (5 años) se divide en periodos de sesiones, de 1 año de duración cada uno, este, a su vez, se dividirá en periodos parciales de sesiones, uno por cada mes y cada periodo parciales de sesiones se dividirá en sesiones. Una vez al mes, los diputados se reúnen en Estrasburgo para la Sesión Plenaria.
Se suelen celebrar:
Sesiones suplementarias de dos días de duración en Bruselas. Y pueden convocarse sesiones extraordinarias cuando así lo soliciten la mayoría de sus miembros o del Consejo o de la Comisión
Votaciones (regla general):
Las decisiones deben adoptarse por mayoría de votos emitidos. “Salvo disposición en contrario de los Tratados, el Parlamento Europeo decidirá por mayoría de los votos emitidos” aunque existen importantes excepciones
El quorum se fija:
En 1/3 de los miembros que integran el Parlamento. Se exigirá que haya quorum si 38 diputados así lo exigen
Poderes del Parlamento Europeo:
Poderes de carácter constitucional
Poderes de control político
Poder normativo
Poder presupuestario
Otros poderes
Derechos del Parlamento Europeo:
Derecho de iniciativa
Poderes de carácter constitucional:
Necesidad de la aprobación del Parlamento para los Tratados de Adhesión de nuevos miembros de la Unión y con ocasión de la firma de los Acuerdos de Asociación.
Una facultad importantísima: adoptar proyecto que hizo posible su elección por sufragio universal directo (derecho originario)
Intervención en el procedimiento establecido en el art. 7 TUE por el que se requiere la aprobación del Parlamento en la constatación de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembros de los principios de la Unión.
Poderes de control político:
Poderes que los tratados le confieren como institución de control político, que ejerce tanto sobre la Comisión como sobre el Consejo o el Defensor del Pueblo:
Investidura de la comisión: el Parlamento 1º debe aprobar la designación del presidente de la Comisión de común acuerdo con los Estados y una vez designados el resto de Comisarios, el Parlamento Europeo “Inviste” informalmente a la Comisión.
Moción de censura: le exige responsabilidades políticas a la Comisión según su gestión / Décima parte de diputados, de forma escrita y convenientemente motivada. Se aprueba con mayoría de 2/3 que a su vez representen la mayoría de votos del Parlamento.
Preguntas parlamentarias: instrumento utilizado por los diputados europeos para requerir, bien de la Comisión o del Consejo, una explicación o información de un determinado tema. / Preguntas orales y escritas, turno de preguntas
Comisiones de investigación: faculta al Parlamento Europeo a constituir Comisiones temporales de investigación para controlar las alegaciones de infracción o de mala aplicación del derecho de la UE.
Control en el ámbito PESC: el Parlamento deberá ser informado regularmente de los aspectos principales de la Política Exterior y de Seguridad Común y de la cooperación Judicial y de Asuntos Interiores de la Unión, para lo cual podrá dirigir preguntas o formular recomendaciones.
Control actividad Defensor del Pueblo: el Parlamento podrá pedir al Tribunal de Justicia de la UE que destituya al Defensor cuando deje de cumplir las condiciones para el ejercicio de su función o cometa una falta grave.
Poder normativo:
El Parlamento se involucra en los procesos de toma de decisiones de la UE y en la adopción de actos legislativos. En la actualidad, disfruta en bastantes ámbitos de un papel de colegislador, que desempeña junto al Consejo de la UE
Procedimientos legislativos en los que interviene el Parlamento Europeo:
Procedimiento consultivo: los tratados recogen la necesidad de que el Consejo y la Comisión recaben el dictamen del Parlamento Europeo antes de proceder a adoptar una decisión. / Ej: derecho de voto y elegibilidad en las elecciones municipales y al Parlamento Europeo
Aprobación: este procedimiento se aplica en materias en las que la conformidad del Parlamento es indispensable para la aprobación de las disposiciones legislativas afectadas. / actualmente, este beneficio se ha abandonado en beneficio del procedimiento legislativo ordinario.
Procedimiento legislativo ordinario: se aplica a numerosas disposiciones del tratado y garantiza una posición de igualdad entre Consejo y Parlamento Europeo, ya que requiere el acuerdo de ambas formaciones para adoptar el acto legislativo
Derecho de iniciativa:
Es uno de los poderes que ostenta, en monopolio, la Comisión Europea pero el Tratado de Maastricht lo introdujo del Parlamento Europeo en el art. 192 TCE por el cual el Parlamento ostenta la facultad de solicitar a la Comisión que presente una propuesta legislativa al Consejo de la UE
Poder presupuestario:
El Parlamento es una institución presupuestaria de la Unión que comparte con el Consejo de la UE
Otros poderes:
Derecho de petición ante el Parlamento Europeo: uno de los derechos que confiere la ciudadanía europea a los nacionales de los Estados miembros y consiste en la facultad que tienen los ciudadanos europeos de dirigirse a las instituciones europeas para formular solicitudes o reclamaciones por el funcionamiento de las instituciones.
Recursos ante el Tribunal de Justicia de la UE: el Parlamento Europeo dispone de legitimidad activa para interponer recursos ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en caso de violación de las disposiciones de los Tratados por otras institución de la Unión
Nombramiento del Defensor del Pueblo: el Parlamento Europeo nombrará un Defensor del Pueblo. Será el Parlamento Europeo quien adopte el Estatuto del Defensor del Pueblo.
Examen de informes: el Parlamento Europeo recabará
Informe Anual del Defensor del Pueblo
Informe General Anual de la Comisión
Informes trienales sectoriales que dirige la Comisión Europea al Parlamento
La petición del ciudadano europeo puede tener un triple desenlace:
Desencadenar un procedimiento de inrfacción
La Comisión se erige en mediador con las autoridades competentes del Estado
La petición puede desencadenar una iniciativa política tanto de la Comisión como del Parlamento
El Parlamento Europeo ostenta los siguientes poderes concreto en base a (Recursos ante el Tribunal de Justicia):
Dispone de un derecho de intervención y tiene potestad para interponer recurso por omisión
Dispone de facultad para interponer recurso de anulación
Recabar del Tribunal de justicia de las Comunidades Europeas su dictamen sobre la conformidad de cualquier acuerdo internacional
Organización interna del Parlamento Europeo:
Es él mismo quien adopta su propio reglamento interno de funcionamiento, establecido por la mayoría de miembros que lo componen, disfrutando de una amplia facultad para modificarlo e, incluso, interpretarlo.
Relación con los Parlamentarios nacionales:
Hasta 1979 la relación era innegable.
Tras la instauración del sistema de elección directa, las relaciones fueron casi inexistentes.
A finales de la década de los 80, se comienza a impulsar el protagonismo de los parlamentos nacionales
Anualmente, los presidentes de las distintas asambleas parlamentarias de los Estados miembros y del Parlamento Europeo se reúnen.
Plataforma IPEX…