Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo
Se encarga de conocer las pretensiones relativas a los actos particulares o generales de la administración pública que son sujetos al Derecho Administrativo
¿Qué se entiende por Administración Pública? (2)
El Poder Ejecutivo
Entidades estatales: Municipalidades e Instituciones Autónomas
¿Qué asuntos podrá conocer la Jurisdicción Contencioso Administrativo? (6)
Actos particulares o generales de la Administración Pública SUJETOS AL DERECHO ADMINISTRATIVO
Interpretación y rescisión de los contratos regulados en la Ley de Contratación
Conflictos en otros poderes del Estado, en la materia de contratación administrativa y contratación de servicios profesionales
Cuestiones relativas a la Responsabilidad Patrimonial del Estado
Cuestiones de Carrera Judicial
Actos particulares o generales emitidos por entidades de derecho público (ej. Colegios profesionales, Cámaras de Comercio)
Responsabilidad Patrimonial del Estado en la Jurisdicción Contencioso-Administrativo
La Jurisdicción podrá declarar lo relativo a la responsabilidad del Estado o indemnizaciones, es decir, decide si el Estado es responsable o no. Esto NO SE EXTIENDE a los reclamos administrativos, pues estos solo sirven para cobros
Temas que no corresponden a la Jurisdicción Contencioso Administrativo (incompetencia) (4)
Cuestiones civiles, mercantiles, laborales o penales, incluso si constan en actos administrativos
Actos administrativos sujetos a otra jurisdicción por ley (Ej. Materia agraria)
Cuestiones arbitrales del Estado o sus entidades
Actos políticos o de gobierno (salvo la indemnización por estos, que si podrá ver la jurisdicción)
¿Qué cuenta como un acto político o de gobierno? (4)
Son actos dentro de las facultades de cada poder del Estado. Incluyendo:
Relación entre los poderes del Estado
Relaciones Internacionales
Defensa del territorio y cuestiones militares
Actos propios del Presidente (ej. Nombramiento de sus secretarios de Estado)
¿Se podrá impugnar un reglamento ante la Jurisdicción?
Normalmente, NO, porque los reglamentos están profundamente conectados a las leyes (actos políticos), por lo cual, es función de la Sala de lo Constitucional evaluarlos
Atribuciones de la Sala de lo Laboral-Contencioso Administrativo (2)
Conocer los Recursos de Casación en Materia Laboral o Administrativa y demás que diga la ley
Conocer los asuntos sobre la materia administrativa que le remita la presidencia de la Corte
Juzgados de Letras en la Jurisdicción (2)
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo
Características de la Jurisdicción (2)
Improrrogabilidad
Declaración de la falta de jurisdicción
Improrrogabilidad de la Jurisdicción (3)
La Jurisdicción es delimitada por ley y de forma obligatoria
las partes no podrán someterse voluntariamente a esta cuando es incompetente, o someter temas de su competencia a otra jurisdicción
Si la Ley no atribuye una materia a la jurisdicción, esta no lo podrá conocer
¿Qué tendrán que hacer los órganos cuando les llegue un tema fuera de su jurisdicción? (idj) (3)
Convocar a las partes a audiencia
Se designará la jurisdicción correcta, para que el demandante en 10 días vaya a esa y le cuente el plazo de la demanda
Esto solo si fue la notificación administrativa la que se equivocó de jurisdicción
¿Cómo se podrá declarar la falta de jurisdicción? (2)
De oficio
A Instancia de Parte
¿Quienes podrán ser demandantes en el proceso contencioso? (3)
Los particulares (personas naturales o jurídicas) que ejerciten la acción
Entidades estatales de derecho público y personas jurídicas que representen intereses colectivos (ej. Colegio de Abogados)
La Administración Pública en acción de lesividad
¿Quienes podrán ser demandados en el proceso contencioso? (4)
El Estado, como persona jurídica
Instituciones autónomas y municipalidades
Colegios profesionales, Cámaras de Comercio y otras entidades de derecho público
El particular, en lesividad, o si a cuyo favor deriva derechos de un acto impugnado
Capacidad Procesal
Se tiene que contar con capacidad de goce y ejercicio según el derecho civil. Las personas naturales tendrán que ser capaces civilmente y las jurídicas obrar a través de sus representantes
Legitimación (2)
Quienes tuvieran interés legítimo y directo sobre el acto impugnado
Las entidades estatales o de derecho público contra los actos generales que les afecten directamente
Situación Jurídica Individualizada
Es un derecho subjetivo otorgado a una persona por la administración pública. Si este derecho se ve vulnerado por un acto, además de solicitar la nulidad del acto, se pedirá que se reconozca este derecho de nuevo
¿Cómo se podrá reclamar el reconocimiento de una situación jurídica individualizada? (2)
Solo estará legitimado el TITULAR del derecho subjetivo.
En los casos que sea la administración pública la que pida revertir el derecho (lesividad), se necesitará resolución por parte del superior jerárquico
Coadyuvantes (3)
El Coadyuvante del demandado es aquel que tiene interés en que se conserve el acto impugnado
En caso que sea la misma administración que pida anular sus propios actos (lesividad), el coadyuvante sería el interesado en la nulidad
La oposición a los coadyuvantes se tramitará como incidente
¿Quién es el principal representante del Estado en los procesos judiciales?
El Procurador General de la República (pero este podrá otorgar poderes a otros representantes de las entidades demandadas)
Allanamiento de la Procuraduría General de la República (2)
El Procurador solo podrá allanarse si se le autoriza especialmente por un Acuerdo del Poder Ejecutivo
Si el servidor que lleva la demanda estima que el acto impugnado es contrario a derecho, tendrá que enviarlo al Procurador que lo enviará al Superior Jerárquico del órgano que emitió el acto. Se suspenderá el juicio por un mes
¿A través de quién se demandan las entidades descentralizadas?
A través de sus titulares por ley (ej. A un municipio se le demandará a través de su alcalde), estas serán judicialmente representadas por lo que diga su ley y podrán opcionalmente, pedir la asistencia de la PGR
Actos Impugnables ante la Jurisdicción (3)
Actos DEFINITIVOS de la administración pública que no sean objeto de ulterior recurso
Los actos de trámite solo cuando estos no sean suceptible de ulterior recurso y pongan fin a la vía administrativa
Actos generales según lo que dice la ley
Actos Impugnables por silencio administrativo
Si al particular no se le resuelve, este podrá denunciar el retraso. Si en 8 días no le contestan, podrá tener como agotada la vía administrativa (siempre que agote los recursos correspondientes)
¿Cuándo se podrá impugnar un acto de carácter general? (2)
Cuando entren en vigencia (en vía administrativa)
Se podrá impugnar un acto de carácter particular, alegando que el acto de carácter general en el que se basa es contrario a derecho
¿Se podrá impugnar un acto particular derivado de uno general, alegando la nulidad del general?
Si, siempre procederá la acción, incluso si el acto general no fuera impugnado directamente o fue desestimado
¿Cuándo no se admitirá un acto a la jurisdicción? (3)
Actos firmes o consentidos y los confirmatorios o reproducciones de estos. Se entenderán así cuando no se hubieren recurrido en tiempo y forma
Resoluciones que pongan fin a la vía administrativa previo a la judicial (en los casos de cobros)
Actos dictados en virtud de una Ley que les excluya de la Jurisdicción Contencioso Administrativo
¿Cuándo se podrá impugnar un acto firme o consentido?
Como EXCEPCIÓN estos se podrán impugnar cuando sean absolutamente nulos y sigan surtiendo efectos, para su inaplicabilidad futura
¿Qué pretensiones podrá tener el actor de una demanda? (2)
La declaración de que el acto no es conforme a Derecho, y anular actos de carácter particular o general
El reconocimiento de una situación jurídica individualizada y las medidas para re-establecerla (solo si es titular del derecho)
¿Qué pasa si la pretensión no es apreciada correctamente por las partes? (2)
El Tribunal, sin juzgar el fondo del asunto, podrá emitir una providencia donde destaca los otros motivos para fundar la acción y la defensa.
Las partes tendrán 8 días para pronunciarse, pausando el fallo
Acumulación de procesos (2)
Podrán acumularse varias pretensiones derivadas de un mismo acto, incluso si no son compatibles
Podrán acumularse las pretensiones sobre varios actos, cuando estén conectados (ej. Confirmación, ejecución, etc.)
Facultades del Juez sobre la acumulación de procesos (2)
Si el Juez no estima pertinente (oportuna) la acumulación, podrá ordenar a la parte que acumuló separar las acciones en 30 días (si incumple, habrá caducidad)
Si existen varios procesos que se pueden acumular, el Juez podrá acumularlos previo audiencia de parte
¿Dónde se tiene que fijar la cuantía?
En el escrito de demanda, pero si el demandante no lo hace, el Juez podrá ordenar al demandante fijarla en 3 días. Si no la fija, la fijará el Juez previo audiencia
Oposición a la cuantía
El demandado se podrá oponer a la cuantía dentro de los 3 días de la contestación. Se tramitará como incidente
Reglas para fijar el valor de la cuantía (2)
Si se solicita la anulación del acto, se atenderá el valor principal y los intereses hasta el día de interposición (sin recargos o costas)
Si se solicita anulación y situación jurídica individualizada, se determinará por el valor total del reclamo (si la administración negó en vía administrativa) o por la diferencia si la administración reconoció parcialmente el reclamo
Cuantía indeterminada
Cuando la acción esté dirigida a impugnar actos generales o actos particulares no valorables económicamente
¿Qué debe contener una demanda? (8)
Suma
Designación del Juzgado
Partes y representantes
Hechos, PRECISANDO el acto impugnado
Fundamentos de derecho (se podrán alegar incluso aquellas no alegadas en vía administrativa)
Lo que se pide al tribunal
Lugar y fecha
Firma del autor o representante
Anexos a la demanda (3)
Documento que acredite representación
Certificación o copia autorizada del acto impugnado o el ejemplar en la Gaceta
Copia de la demanda y anexos
Si falta uno de estos, se darán 5 días para anexarlos (si no lo hace, mandará a archivar)
Plazo para presentar una demanda ordinaria (4)
Es de 30 días, contados:
A partir del día siguiente de su publicación si es un acto general
A partir del día siguiente de la notificación de la resolución
A partir del día siguiente en el que se estima denegada la petición, en silencio negativo
A partir del día siguiente a la declaración de lesividad
¿Qué ocurre si un acto administrativo es mal-notificado?
La notificación se tendrá por no valida (salvo que el particular presenta el tiempo y forma la demanda), por lo cual se reiniciará el plazo de los 30 días para demandar
Partes del proceso en primera instancia (8)
Presentación de la demanda (30 días)
Admisión y orden de publicación (48 horas)
Contestación (20 días), Defensas previas (5 días)
Audiencia de Defensas Previas (si procede)
Audiencia Preliminar
Audiencia probatoria (si procede)
Conclusiones
Sentencia
¿Cuándo podrá EL JUZGADO inadmitir la demanda? (4)
Falta de Jurisdicción o Competencia
Acto no susceptible a ser impugnado (ej. Actos firmes, resoluciones para cobros)
Ha expirado el plazo para presentar la demanda
Falta de agotamiento de la vía administrativa
Procedo de inadmisión (3)
El Juzgado le notificará a las partes para que en 10 días aleguen lo pertinente
Si la inadmisión es por falta de jurisdicción, un acto no suceptible de impugnación o expiración del plazo; cabrán los recursos ordinarios (apelación)
Si la inadmisión es por falta de agotamiento de la vía administrativa, se requerirá al actor interponer el recurso administrativo correspondiente en 10 días
Contestación de la Demanda
Admitida la demanda, el Juez ordenará su publicación en La Gaceta y un diario de circulación nacional. Acreditado esto, se emplazará al Estado para que conteste
¿Quién contestará en nombre de la Administración Pública? (3)
Si la demanda es contra el Estado, será el PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
Municiaplidades: Síndico Municipal
Entidades autónomas: Presidente, Director o Titular
¿Qué se deberá de adjuntar al escrito de contestación?
Se adjuntará el expediente administrativo del acto impugnado. Si no se adjunta, habrá un plazo de 5 días. Expirado ese plazo, podrá haber responsabilidad penal
Defensas Previas
El demandado podrá alegar dentro de los 5 días siguientes al emplazamiento, toda EXCEPCIÓN PROCESAL correspondiente
Tipos de defensas previas (3)
Motivos de Inadmisión, que se pueden tramitar en sentencia
Litis-pendencia
Falta de agotamiento de la vía administrativa
Motivos de inadmisión aplicables en Sentencia y Defensas Previas (6)
Actos fuera de la Jurisdicción
Incapaz o falta de legitimación en el demandante
Actos no suceptibles de impugnación (ej. Firmes, excluidos por ley)
Cosa Juzgada
Demanda fuera de plazo
Defectos formales en la demanda que impidan pronunciarse sobre el fondo
Proceso de las Defensas Previas (4)
Admitido el escrito, se trasladará al Demandante y se celebrará audiencia en 5 días
Si la resolución DESESTIMA las defensas previas, se continuará con el proceso y no habrá recurso alguno
Si la resolución DECLARA CON LUGAR las defensas previas, se inadmitirá la demanda y abrirá el recurso de apelación
Las Defensas Previas no suspenden el plazo de contestación
¿Qué pasa si la Defensa Previa procede pero es subsanable?
Si el defecto es meramente formal, o se basa en no agotar la vía administrativa, el Juez instruirá al demandante agotar la vía en 10 días. Si no lo hace, el acto quedará en firmeza
Apertura del Juicio a prueba
Solo si hay disconformidad sobre los hechos y estos son importantes para el juicio, se abrirá el Juicio a Pruebas, siempre que en la demanda y contestación consten los puntos de desacuerdo
¿Cuándo NO se abrirá el Juicio a Prueba? (2)
Que la cuestión sea de puro derecho
Cuando hay conformidad sobre los hechos
¿De cuánto es el plazo probatorio?
30 días para proponerlas y ejecutarlas, prorrogable por 20 días, si las pruebas se evacúan fuera del departamento. No será necesario si toda la prueba se puede evacuar en una audiencia (ej. Documental)
Interrogatorios a la administración pública
El interrogatorio se formulará (propondrá) al titular del órgano demandado, pero será contestado por los servidores públicos referidos en los hechos bajo responsabilidad personal. El Tribunal también podrá interrogarlo
¿Qué ocurre si un funcionario no responde o es evasivo?
Se presumirá que lo alegado por el particular sobre los hechos respectivos es verdad
Valoración de la prueba (3)
La prueba deberá ser valorada por el Juez atendiendo al Razonamiento Humano y la Sana Crítica
La valoración legal de la prueba solo procede en la documental y el interrogatorio de parte
La sentencia debe evaluar todas las pruebas admitidas, si no es así, habrá un defecto impugnable
¿Cuál es el mayor fin de la prueba?
Convencer al Juez sobre la verdad de un hecho o verificarlo como cierto para efectos del proceso
Fase de Conclusiones
Terminada la fase probatoria, el Juzgado pondrá los autos a la orden de las partes para que en 5 días presenten sus escritos de conclusiones (alegatos finales)
¿Se podrán plantear alegatos nuevos en conclusiones?
No, ya que está prohibido salirse del objeto del debate
Sentencia en primera instancia
Emitido el auto que finaliza el período de conclusiones, se tendrán 10 días para emitir sentencia que pondrá fin a esa instancia
Contenido de la Sentencia (3)
Inadmisibilidad de la acción
Procedencia o improcedencia de la acción
Pronunciamiento de Costas
Procedencia o Improcedencia de la acción en sentencia
Si el acto impugnado es contrario a derecho, se considerará que la acción es procedente. Si el acto impugnado se encuentra de acuerdo a derecho, se considerará que la acción es improcedente
Sentencia que declare procedente la acción (3)
Anulación parcial o total del acto impugnado
Reconocimiento de la situación jurídica individualizada con TODAS LAS MEDIDAS necesarias para su re-establecimiento
Declara el DERECHO a los daños y perjuicios (la calculación es para ejecución)
¿Qué efectos producirá la sentencia respecto a las partes? (2)
Si la sentencia declara la improcedencia o inadmisión de la acción, solo producirá efectos entre las partes
Si la sentencia anula el acto, producirá efectos entre las partes y otros afectados por el mismo
Otras formas de terminar el proceso (3)
Desistimiento
Allanamiento
Caducidad
Desistimiento
Es cuando el actor se separa de la demanda previo a sentencia, se terminará el proceso y no se le condenará en costas (salvo mala fe)
Allanamiento
El demandado acepta la pretensión (cuando tenga un poder para ello), y el Juez emitirá sentencia reconociendo la pretensión del demandante, salvo infracción al ordenamiento jurídico o demanda a la Administración Pública, donde emitirá una sentencia justa
Caducidad
Si por cualquier circunstancia imputable al actor, se paraliza el proceso por 6 meses, se declarará terminado el proceso
Reglas del proceso en Acción de Lesividad (3)
No será necesario agotar la vía administrativa
No se admite contra actos de mero trámite (pues el acto tiene que crear derechos)
No se admite contra reglamentos (pues la misma administración los podrá modificar)
Recurso de Reposición
Recurso NO DEVOLUTIVO, por el cual, el mismo órgano que emitió la resolución impugnada (auto NO DEFINITIVO o providencia) resuelve el recurso
Recursos devolutivos (3)
Son aquellos resueltos por un órgano superior:
Apelación
Casación
Queja
Prohibición de Reforma Peyorativa
La resolución que ponga fin al recurso, no podrá empeorar la situación del RECURRENTE comparado a la resolución recurrida.
Excepción a la Reforma Peyorativa
Si la parte recurrida formula el mismo tipo de recurso contra la resolución impugnada, esta podrá reformarse peyorativamente
Tipos de Reposición (2)
Escrita
Oral
Reposición Escrita
Procede contra las resoluciones escritas, la reposición se presenta por escrito en un plazo de 3 días. La otra parte podrá formular su escrito de oposición. El Juez resolverá en 3 días
Reposición Oral
Se interpone en la misma audiencia donde se dictó la resolución recurrida, se escucha también a la parte contraria y el Juez resuelve en la misma audiencia
¿Se podrá recurrir la resolución de una reposición?
No se podrá recurrir, pero podrá constar como motivo en la apelación (en los casos del oral, tendrá que plasmarse un “formal protesto”)
Recurso de Apelación
Procede contra las sentencias y autos definitivos que pongan fin al litigio en PRIMERA INSTANCIA. Nunca procederá contra autos interlocutorios.
Finalidades y Objetos del Recurso de Apelación (3)
Lograr la enmienda de la aplicación y la interpretación de las Garantías y NORMAS PROCESALES
Lograr la enmienda de las normas legales para resolver el fondo del asunto
La REVISIÓN de los hechos tenidos como probados en la resolución recurrida y la valoración de la prueba
Proceso de aplelación (4)
Interposición del recurso ante el Juzgado que dictó la resolución (10 días desde el día siguiente a su notificación)
Auto de admisión: 10 días para que la contraparte conteste a los agravios o se adhiera a la apelación
Remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones, y personamiento en 5 días
Sentencia: a los 10 días de recibido el expediente por la Corte (salvo audiencia probatoria, si procede)
¿Qué contendrá el escrito de apelación?
Todos los agravios que la resolución cause al apelante. No se podrán alegar pretensiones nuevas o pruebas nuevas (a menos que la prueba no se me haya permitido en primera instancia)
¿Quienes podrán interponer la apelación según la Ley?
Solo la parte legitimada como demandante o demandado; los coadyuvantes solo se podrán adherir a la apelación de la parte principal
Apelación de sentencia firme por la PGR
La PGR podrá apelar esas sentencias firmes que no se impugnaron cuando son graves y dañosas. La resolución de este recurso solo tendrá EFECTO DE DOCTRINA LEGAL, no podrá afectarse la ejecución o situación jurídica particular reconocida por esta
¿Qué pasa si se apela una resolución que inadmite o impide la continuación del proceso?
La sentencia en apelación podrá resolver el fondo del asunto
Fin principal de la casación
Protección del ordenamiento jurídico al promover la mas adecuada interpretación de las normas del derecho objetivo y UNIFICAR LA JURISPRUDENCIA
¿Qué se recurrirá en casación?
Aquellas resoluciones (sentencias y autos) que pongan fin al pleito en apelación
Causales del Recurso de Casación (4)
Impugnación de las normas reguladoras de la jurisdicción o competencia (o adecuación del procedimiento)
Impugnación de las normas sobre actos y garantías procesales, que infringidos causen nulidad o indefensión
Forma y contenido de la sentencia (ej. Falta de motivación, motivación fáctica inadecuada, etc.)
La aplicación e interpretación de las normas que resuelven el FONDO del litigio
Proceso de Casación (8)
Interposición: Ante la Corte de Apelaciones, a 20 días de la resolución
Pronunciamiento de la parte contraria: 10 días
Remisión del expediente a la Corte Suprema de Justicia: 3 días
Personamiento de las partes: 5 días
Auto de admisión
Señalamiento de audiencia (solo si procede)
Fijación del día para votación y fallo
Sentencia: 15 días desde votación y fallo
Causales de inadmisión en casación (4)
Incumplimiento de los requisitos de ley para interponer y formalizar la casación.
Falta de relación entre normas y cuestiones debatidas
Pretensión basada en interpretación o valoración de las pruebas
Carencia manifiesta de fundamento, o desestimación de recursos iguales (salvo evolución de línea jurisprudencial)
Recurso de Queja
Procede contra el auto dictado por el Juzgado de primera instancia que deniegue la apelación (o por la Corte de Apelaciones en casación) para que el tribunal competente resuelva la admisión
Efectos de la sentencia favorable en casación (5)
Si se aprecia falta de jurisdicción o competencia, la corte señalará el tribunal o proceso adecuado para que las partes vuelvan a ejercitar sus pretensiones
Si el recurso encuentra que la jurisdicción si es competente, ordenará al Juzgado correspondiente dictar sentencia en 30 días
Si la casación es por infracción a las normas y garantías procesales, se ordenará retrotraer las actuaciones previo a la infracción
Si la casación es por infracción a la norma de sentencia, emitirá la sentencia
Si la infracción es por las normas que afectan el fondo del litigio, la Corte Suprema emitirá sentencia resolviendo el fondo
Proceso Especial Tributario
Procede contra los actos administrativos que fijen o liquiden tributos (incluyendo multas TRIBUTARIAS y créditos favorables al Estado)
Plazos especiales en el procedimiento tributario (4)
Los siguientes plazos se parten a la mitad:
Interposición de demanda (15 días)
Contestación (10 días)
Prueba (15 días)
Conclusiones (5 días)
Procedimiento especial en materia de personal
Impugna los actos administrativos que cancelan o separan a los servidores públicos de acuerdo con la Ley de Servicio Civil, Ley de Carrera Judicial, Ley de Carrera Municipal y demás que la ley les remita. NO APLICA A PUESTOS DE CONFIANZA O POLÍTICOS
Regulaciones especiales del procedimiento en materia de personal (3)
No es necesario agotar la vía administrativa
Los plazos se reducen a la mitad
La sentencia anulara el acto impugnado y ordenara el reintegro con salarios caídos
Procedimiento especial en materia de licitación o concursos
Impugna los actos de adjudicación de licitaciones o concursos. El plazo para interponer demanda es de 5 días y el de contestación también; no cabrán recursos contra la sentencia de este procedimiento
¿Quién llevará a cabo la ejecución de sentencias?
El órgano que conoció el proceso en primera instancia podrá, pero deberá llevarse POR MEDIO DEL ORGANO ADMINISTRATIVO QUE EMITIÓ EL ACTO
Ejecución de las sentencias según la pretensión (2)
Si se declara la invalidez de un acto particular o general, el acto quedará sin valor o efecto y la administración deberá actuar conforme a lo ordenado
Si la administración es condenada al pago de una cantidad líquida, deberá cumplir según el crédito disponible en el presupuesto