Anuncio de velocidad limitada
Ordena al/a la Maquinista ponerse en condiciones de no exceder la velocidad en Km/h que se indica en la misma, desde la señal de velocidad limitada.
Velocidad limitada.
Ordena al/a la Maquinista no exceder la velocidad en Km/h que se indica en la misma, desde esta señal hasta la señal de Fin de Velocidad Limitada u otra señal de limitación de velocidad menos restrictiva.
Fin de Velocidad Limitada
Ordena al/a la Maquinista reanudar la marcha normal, si nada se opone, cuando se realice el rebase efectivo.
Velocidad limitada entre las señales P y E
Situada junto a la señal P (Petición de itinerario) Ordena al/a la Maquinista no exceder la velocidad en Km/h entre esta señal y la señal E, de la siguiente manera: • Si el itinerario a seguir es distinto al que indica la señal E, no excederá la velocidad en Km/h que indica la parte superior. • Si el itinerario a seguir es el mismo que indica la señal E, no excederá la velocidad en Km/h que indica la parte inferior.
Instalación de señales fijas de limitación de velocidad
Cuando dentro de un tramo con limitación de velocidad, se tuviera que colocar otra limitación más restrictiva, se colocarán señales de anuncio y velocidad limitada con la nueva velocidad. (mirar el RC para definición completa)