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Notariado
Institución del Estado que garantiza la SEGURIDAD JURÍDICA y perpetua constancia de los actos, contratos, disposiciones a causa de muerte y asuntos no contenciosos
Exequatur
La autorización que otorga la Corte Suprema de Justicia para ejercer la función notarial, siendo una función INDELEGABLE y personalísima
Instituciones del Notariado Hondureño (6)
Normativa notarial
Todos los notarios
Funcionarios autorizados por ministerio de Ley
Corte Suprema de Justicia
Contraloría del Notariado
Unión de Notarios de Honduras
Características de la función notarial (5)
Es Pública y Social
Es delegada por el Estado a las personas autorizadas por la constitución y las leyes
Se ejerce con plena responsabilidad y autonomía
Da exactitud a los hechos que percibe con sus sentidos
Da autenticidad y fuerza probatoria a las declaraciones de voluntad de los que otorgan
¿Con qué es incompatible la función notarial?
Con el empleo de cargos públicos que gocen de sueldo y tengan anexa jurisdicción
Anexa Jurisdicción
Autoridad que los empleados públicos tienen para gobernar y aplicar las leyes jurisdiccionales o administrativas (ej. El Juez puede Juzgar y Ejecutar lo Juzgado)
Partes del Sello Notarial (3)
Parte Superior: Nombre del Notario
Centro: La condición de ser notario y el número de exequátur
Inferior: República de Honduras, C.A.
Uso del sello húmedo y seco (2)
Sello húmedo (azul): Se utiliza en los protocolos de escrituras matrices, los expedientes no contenciosos y en la plica de los testamentos cerrados
Sello Seco: Solo se utiliza en los testimonios. actas no protocolares, certificaciones de resoluciones y certificados de autenticidad
Notaría (Despacho Notarial)
Es el lugar de su domicilio donde el notario ejercerá principalmente sus funciones
¿Pueden los Notarios obrar fuera de su domicilio?
Si, pueden ejercer sus funciones en todo el país y en el extranjero (cuando el acto tenga efecto en Honduras, sin importar la nacionalidad del otorgante), pero deben de consignar que están “de tránsito”
Notario
Profesional del derecho con carácter de fe pública, autorizado por el Estado para hacer constar la creación, modificación, transmisión o extinción de actos, contratos y negocios jurídicos en los que intervenga
¿Solo el notario puede ejercer la función notarial?
No, también pueden los Jueces de Paz Letrados, pero SOLO en materia testamentaria cuando no hay notario hábil en su jurisdicción
Requisitos para ser Notario (8)
Hondureño por NACIMIENTO en el libre ejercicio de sus derechos civiles
Abogado
Mayor de 30 años
Ser de reconocida honorabilidad y prestigio
Estado Seglar
Aprobar el examen de notario ante la CSJ
Obtener el Exequátur de notario
Prestar la promesa de ley
Funciones de la Contraloría del Notariado (4)
Tramitar las solicitudes para examen de notario (previo a que se realice ante la Corte Suprema de Justicia)
Investigar a los candidatos a notario
Registro de firmas y sellos notariales, con sus modificaciones
Controlar la función notarial
¿Puede sancionar la Contraloría del Notariado?
No, solo es un órgano de control e investigación, solo la Corte Suprema de Justicia a través de la Sala de lo Civil puede sancionar a los notarios
Inhabilidades e impedimentos para ejercer el notariado (4)
Ser civilmente incapaz
Adolecer de incapacidad física o mental que les imposibilite dar fe de actos o contratos
Los privados del ejercicio de la función mientras no sean rehabilitados
Aquellos con su exequátur suspendido o cancelado por autoridad competente (Sala Civil de la Corte Suprema)
Obligaciones de los notarios (9)
Autorizar instrumentos públicos de acuerdo con las instrucciones de los otorgantes
Formar protocolos de las escrituras que autoricen y de los documentos o diligencias que protocolicen
Dar a los interesados copias y certificaciones de los instrumentos, actas y resoluciones autorizadas (Testimonios)
Llevar un libro copiador de las cubiertas de los testamentos cerrados
Custodiar los documentos confiados
Refrendar los actos y contratos que autoricen con su firma y sello tinta azul
Hacer constar en los testimonios de la escritura publica toda modificación al dominio
Informar la perdida de protocolos y sellos
Remitir los protocolos a la Contraloría dentro de los primeros 3 meses
Instrumento Público
Toda escritura pública, acta, documento o diligencia no contenciosa en la que intervenga o autorice el notario, sea original o copia
Escritura Pública
Declaraciones de voluntad y actos jurídicos (contratos) que manifiesten consentimiento para la transmisión, creación, modificación o extinción de derechos
Acta notarial
Refiere a hechos que por su indole particular no son actos o contratos
Protocolo Notarial
Colección cronológicamente ordenada de las escrituras matrices autorizadas por el Notario, y de los documentos y actuaciones protocolizadas durante el año
Prohibiciones de los notarios (6)
Permitir actuaciones notariales por otras personas en su protocolo
Cobrar honorarios inferiores al arancel
Dar fe de firmas que no han presenciado o conozcan; o de copias no cotejadas con los originales
Autorizar actos o contratos con fechas distintas a la actuación notarial
Permitir la extracción de documentos custodiados (salvo mandato judicial o requerimiento de la contraloría)
Revelar secretos inherentes a su función
Generales de ley (5)
Nacionalidad
Mayoría de edad
Estado civil
Profesión u oficio
Domicilio
Tipos de actas notariales (2)
Protocolares
Extra protocolares
Acta protocolar
Es aquella que por requisito de ley, debe de figurar dentro del protocolo (ej. Protocolización de actas de asambleas de accionistas)
Acta Extraprotocolar
Las que no deben de constar en el protocolo, por consistir de simples constataciones de hechos observados por el notario
Efectos de la protocolización
Al protocolizar un documento público o privado, este no adquiere mayor validez o eficacia por si mismo, pero si es un documento privado, adquirirán fecha cierta desde la protocolización
Auténticas de firmas
Es un testimonio fidedigno de las firmas que constan en un documento, sea público o privado, pero no otorga mayor fuerza al documento que la que le corresponde por si mismo
Tipos de auténticas de firmas (3)
Las firmadas en presencia del notario
Las conocidas por el notario
Las de funcionarios o autoridades públicas
Cancelación de documentos públicos
Cuando un instrumento contenga un error no salvable, este se deberá cancelar previo a que firmen las partes, dejando constancia de que no acuerdan lo plasmado
Nulidad
Cuando el instrumento público se deja sin valor y efecto, por sentencia FIRME de juez (en una demanda ordinaria de nulidad)
Tipos de testigos (2)
Instrumentales: Aparecen y firman en los instrumentos públicos
De conocimiento: Para asuntos no contenciosos
Partes de la escritura pública (6)
Encabezamiento
Comparecencia
Exposición
Estipulación
Otorgamiento
Autorización
Partes del Acta notarial (5)
Encabezamiento
Requerimiento
Objeto
Narración
Autorización