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Derecho Internacional Público (DIP)
Conjunto de normas que regula relaciones entre Estados y demás sujetos del DIP, rige relaciones externas del Estado y su propósito es garantizar la paz y cooperación.
Sujetos del DIP
Estados
Santa Sede y el Vaticano
Organizaciones Humanitarias
Organismos Internacionales
Grupos Insurrectos
Individuos (en casos de derechos humanos).
Pasos para la celebración de los Tratados Internacionales
1.Negociación (dialogo)
2.Adopción del texto (redactar)
3.Autenticación del texto (firma)
4.Manifestación del consentimiento (ratificación)
5.Depósito (resguardo del documento)
6.Entrada en vigor (comienza su aplicación)
Fuentes del Derecho Internacional Público (DIP)
1.Tratados Internacionales
2.Costumbres Internacionales
3.Principios generales del Derecho Internacional.
Tratados internacionales
Acuerdos entre sujetos del DIP celebrados por escrito
Principios Generales del Derecho
Reglas básicas compartidas por los sistemas jurídicos:
Buena fe: No hay malas intenciones
Pacta Sunt Servanda: Pacto dado debe cumplirse
Prohibición del abuso del derecho: Que no haya abuso o chantaje en la negociación
Ley especial deroga la general: La novedad deroga lo previo
Costumbre Internacional
Práctica no escrita y no obligatoria, que al ser realizada de forma constante y uniforme, los Estados aceptan como norma.
Estado y sus elementos
Comunidad humana perfecta y permanente, capaz de gobernarse de forma independiente, imponer su ordenamiento jurídico y mantener relaciones jurídicas con la comunidad internacional.
Posee:
Territorio
Población
Gobierno
Capacidad de relacionarse con otros Estados.
Surgimiento del Estado
Con la aparición de la división de la sociedad en clases.
Doctrina Estrada
Principio de política exterior propuesto en 1930 por Genaro Estrada, según el cual México no reconoce ni desconoce gobiernos extranjeros, solo decide si mantiene relaciones diplomáticas, respetando soberanía y no intervención.
Organos estatales de las Relaciones Internacionales
1.Jefe de Estado
2.Ministro de Relaciones Exteriores
3.Agentes diplomáticos
4.Agentes consulares.
Funcion del Jefe de Estado en Relaciones Internacionales
Dirige la política exterior, concluye tratados, facultado para enviar y recibir agentes diplomáticos y consulares.
Función del Ministro de Relaciones Exteriores
Representa la política exterior, facultado para hacer declaraciones por el Jefe de Estado.
Función de Agentes Diplomáticos
Proteger intereses del Estado y sus nacionales, negociar, informarse de la situación interna del país receptor, fomentar relaciones amistosas, económicas, culturales y científicas.
Funcion de Agentes Consulares
Proteger a los nacionales, informar al Estado acreditante sobre el receptor, realizar funciones administrativas y de colaboración judicial; no realizan actos políticos.
Violación de una obligación internacional por parte de un Estado
Cuando incumple tratados y costumbres, viola principios del DIP y existe un comportamiento imputable al Estado.
Se excluye responsabilidad en casos de legítima defensa o aplicación de contramedidas.
Medios de resolución de controversias
Diplomáticos:
Negociación
Buenos oficios
Mediación.
Jurídicos:
Corte Internacional de Justicia
Arbitraje internacional.
Negociación
Conversaciones entre representantes diplomáticos.
Buenos Oficios
Estado externo invita a las partes del conflicto a negociar.
Mediación
Estado externo invita a las partes en conflicto a negociar y además ofrece soluciones que pueden aceptar o no.
Arbitraje Internacional
Partes en conflicto eligen jueces que consideran neutrales.
Corte Internacional de Justicia
Brinda un foro jurídico imparcial y pacífico donde los Estados solucionan sus disputas conforme al Derecho Internacional, mediante sentencias.
Tipos de sanciones del DIP
Retorsión
Represalias específicas
Legítima defensa
Autoprotección.
Retorsión
Ante una acción poco amistosa, una reacción poco amistosa. Ruptura de relaciones diplomáticas, retirar a los cónsules, imponer restricciones a visados.
Represalias específicas
Negación de pago de deuda vencida, incumplir un tratado vigente, confiscación de bienes del Estado culpable en territorio del Estado lesionado.
Legítima defensa
Reacción violenta ante una agresión ilícita: invasión, bombardeo, ataque fuerzas armadas, ataque de grupos paramilitares
Autoprotección
Protección de nacionales en un Estado ajeno que no puede garantizar su seguridad.