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Para hacer un apoderamiento apud acta electrónico, ¿a dónde tengo que acudir?
Al portal de la Administración.
A la oficina en materia de registro.
A la sede electrónica de la Administración.
Todas son correctas.
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El apoderamiento apud acta mediante comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica haciendo uso de…
Los sistemas de firma electrónica previstos en esta Ley.
Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada máxima de 5 años a contar desde…
La fecha de inscripción.
La fecha de otorgamiento.
La fecha de acceso a la sede electrónica.
La fecha de firma electrónica.
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Las solicitudes de inscripción de poder…
Podrán dirigirse a cualquier registro.
Se redirigirá a la Administración u Organismo ante la que tenga efectos el poder.
Se redigirá a una oficina de atención en materia de registros del ámbito territorial de la materia.
Se redirigirá a la Administración u Organismo en la que esté empadronado el poderdante.
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Las Administraciones Públicas…
Podrán verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo.
Están obligadas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo.
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Las Administraciones Públicas están obligadas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo mediante la comprobación de su…
Nombre y apellidos o denominación o razón social según conste en el DNI o documento identificativo equivalente.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las AAPP a través de los sistemas siguientes:
Firma electrónica
Sello electrónico
Cualquier otro considerado válido por las AAPP
En el caso de que los interesados optaran por relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, se considerarán válidos a efectos de firma:
Sistemas de firma eléctronica cualificada y avanzada
Sistemas de sello electrónico cualificado y de sello electrónico avanzado
Cualquier otro sistema que las AAPP consideren válido
Con carácter general, para realizar cualquier actuación prevista en el procedimiento administrativo:
Será suficiente con que los interesados acrediten previamente su identidad.
Será requerido que los interesados firmen.
Será necesario que los interesados empleen un sistema de firma electrónica o un sistema de sello electrónico.
Será necesario que los interesados empleen un sistema de firma electrónica o un sistema de sello electrónico avanzados y cualificados.
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Si alguno de los interesados no obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración no dispone de los medios necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo…
Deberá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso de un sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello.
Podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso de un sistema de firma o sello electrónico del que esté dotado para ello.
Deberá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso de un sistema de sello electrónico del que esté dotado para ello.
Podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso de un sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello.
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Las Administraciones Públicas asistirán en el uso de medios electrónicos a los interesados no incluidos en el art. 14, 2 y 3 que así lo soliciten, especialmente en lo referente a la (escoge la incorrecta):
Identificación y firma electrónica
Sello electrónico
Presentación de solicitudes a través del registro electrónico general
Obtención de copias auténticas
2
Respecto al registro o sistema equivalente actualizado donde constarán los funcionarios habilitados para la identificación o firma electrónica:
Las Administraciones Públicas mantendrán actualizado este registro.
La Administración General del Estado, las CCAA y las EELL podrán mantener actualizado este registro.
La Administración General del Estado, las CCAA y las EELL mantendrán actualizado este registro.
El sector público mantendrá actualizado este registro.
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Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de firma electrónica, sello electrónico o cualquier otro sistema que las Administraciones públicas consideren válido en los términos y condiciones que se establezca, previa comunicación a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
De forma previa a la eficacia jurídica del sistema, habrá de transcurrir un mes desde dicha comunicación, durante los cuales el órgano estatal competente por motivos de seguridad pública podrá acudir a la vía jurisdiccional, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad, que deberá emitir en el plazo de quince días desde su solicitud
De forma previa a la eficacia jurídica del sistema, habrán de transcurrir dos meses desde dicha comunicación, durante los cuales el órgano estatal competente por motivos de seguridad pública podrá acudir a la vía jurisdiccional, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad, que deberá emitir en el plazo de quince días desde su solicitud
De forma previa a la eficacia jurídica del sistema, habrán de transcurrir seis meses desde dicha comunicación, durante los cuales el órgano estatal competente por motivos de seguridad pública podrá acudir a la vía jurisdiccional, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad, que deberá emitir en el plazo de treinta días desde su solicitud
De forma previa a la eficacia jurídica del sistema, habrán de transcurrir dos meses desde dicha comunicación, durante los cuales el órgano estatal competente por motivos de seguridad pública podrá acudir a la vía jurisdiccional, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad, que deberá emitir en el plazo de diez días desde su solicitud
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Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de:
Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de firma o sello electrónico.
Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados y avanzados de firma o sello electrónico.
Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica.
Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados y avanzados de sello electrónico.
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Se considerarán válidos a efectos de firma, en el caso de que los interesados optaran por relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos:
Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de firma o sello electrónico.
Sistemas de firma electrónica cualificada y avanzada o sello electrónico cualificado y avanzado basados en certificados electrónicos cualificados.
Sistemas certificados de firma electrónica cualificada y avanzada.
Sistemas certificados de sello electrónico cualificado basados en certificados electrónicos cualificados.
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La falta de acreditación de la representación:
a) Impide siempre realizar el acto.
b) Podrá subsanarse en el plazo de diez días o superior si las circunstancias lo requieren.
c) Podrá subsanarse en el plazo de quince días o superior si las circunstancias lo requieren.
d) Nunca es subsanable.
b)
El apoderamiento apud acta puede otorgarse:
a) Solo presencialmente.
b) Solo electrónicamente.
c) Presencialmente o mediante comparecencia electrónica en la sede electrónica.
d) Mediante correo administrativo.
c)
Los poderes inscritos en el registro electrónico de apoderamientos tendrán una validez máxima de:
a) Tres años desde su otorgamiento, prorrogables otros tres.
b) Cinco años desde su inscripción.
c) Diez años desde su inscripción.
d) Indefinida.
b)
En el registro electrónico de apoderamientos deberán inscribirse, al menos:
a) Los poderes generales otorgados apud acta.
b) Los poderes generales y específicos otorgados apud acta.
c) Solo los poderes judiciales.
d) Los poderes generales y específicos otorgados mediante comparecencia apud acta electrónica.
A)
Si se advierte la existencia de personas que sean titulares de derechos o intereses legítimos y directos durante la instrucción de un procedimiento que no haya tenido publicidad, y estos pueden resultar afectados por la resolución, se les comunicará la tramitación del procedimiento:
a) En cualquier momento.
b) Antes de dictar resolución definitiva.
c) Solo tras el trámite de audiencia.
d) Después de resolver.
B)
Las entidades sin personalidad jurídica tendrán capacidad de obrar:
a) Siempre.
b) Nunca.
c) Cuando una ley lo declare expresamente.
d) Cuando lo autorice la Administración.
c)