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Flashcards de vocabulario jurídico basadas en el Capítulo I del texto de Aníbal Torres Vásquez sobre los hechos y actos jurídicos.
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Hecho
Cualquier acontecimiento natural o humano.
Hecho jurídico
Hecho natural o humano idóneo para producir efectos jurídicos consistentes en la constitución, modificación o extinción de una relación jurídica.
Derecho (con "D" mayúscula)
Referido al Derecho positivo u ordenamiento jurídico.
derecho (con "d" minúscula)
Referido al derecho subjetivo, compuesto por poderes, facultades, atribuciones y autorizaciones conferidas por el Derecho positivo.
Supuesto normativo
El hecho que la norma prevé como causa de producción de efectos jurídicos; también llamado supuesto de hecho, hecho antecedente o tatbestand.
Fattispecie
Término en italiano para referirse al presupuesto de hecho o supuesto normativo.
Relevancia jurídica
Calificación de un hecho realizada por el Derecho al describirlo en forma abstracta como el supuesto de una norma y atribuirle efectos.
Hechos no jurídicos
Acontecimientos que no están previstos en el presupuesto de hecho de una norma y no tienen idoneidad para producir efectos del interés del Derecho.
Vacíos o lagunas de la ley
Situaciones donde hechos naturales o humanos no jurídicos generan conflictos o incertidumbres que requieren ser llenados mediante analogía, costumbre o principios generales.
Actos
Denominación dada a los hechos humanos, los cuales pueden ser voluntarios o involuntarios.
Acto jurídico (o negocio jurídico)
Acto voluntario lícito con manifestación de voluntad encaminada directamente a crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica.
Simple acto lícito
Acción voluntaria no prohibida por ley de la que resulta una consecuencia jurídica, sin que la voluntad esté destinada directamente a producir efectos de Derecho.
Cuasidelitos
Actos humanos voluntarios ilícitos realizados por negligencia o imprudencia (culpa), sin intención premeditada de causar daño.
Nexo jurídico
Vínculo de "deber ser" que une el presupuesto de hecho con la consecuencia jurídica en la estructura de la norma.
Relación jurídica
Vínculo creado en la vida real entre dos sujetos a los cuales una norma confiere a uno un derecho e impone al otro un deber u obligación.
Derechos absolutos
Derechos reconocidos y tutelados frente a todos los demás sujetos (erga omnes), quienes tienen un deber general de abstención.
Derechos relativos
Derechos reconocidos frente a un sujeto determinado, donde la realización del interés del titular solo puede ser pretendida frente a dicho sujeto.
Obligación
Deber jurídico de carácter patrimonial.
Situación jurídica
Calificación jurídica, estado o posición permanente que la norma atribuye a personas (ej. padre, casado) o cosas.
Adquisición originaria
Atribución de un derecho que no se funda en otro derecho antecedente, por lo que es independiente de cualquier derecho previo.
Adquisición derivada
Adquisición que se relaciona con otra preexistente que le sirve de origen, condicionando o limitando sus alcances.
Efecto modificativo
Contingencia de la relación jurídica que se debe al cambio de sujeto (ej. cesión de derechos) o al cambio del contenido (ej. aumento de renta).
Efecto extintivo
Consecuencia jurídica que pone fin a las relaciones jurídicas, ya sea por voluntad del titular o por causas ajenas como la muerte.
Efecto de sustitución
Extinción de una relación jurídica preexistente para ser reemplazada por una nueva, como ocurre en la novación.
Estructura de la norma jurídica
Se compone de tres elementos: el presupuesto de hecho, la consecuencia y el nexo de deber ser representado por la fórmula: Dado A debe ser B.