Teoría Económica Aplicada al Derecho, Examen Final

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Economía de Escala

Mercado con una amplia barrera de entrada por la existencia de empresas con alta capacidad instalada y productiva

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Medidas de Concentración (2)

  1. Coeficiente de las 4 empresas

  2. Índice Herfindahl-Hirschman

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Coeficiente de las 4 empresas (2)

  1. Sumar el total de ventas de las 4 empresas más grandes y dividirlo entre el total de ventas.

  2. Un porcentaje mayor a 60% es concentración

4
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Índice Herfindahl-Hirschman (2)

  1. Índice de concentración que se da al sumar el cuadrado de todas las participaciones porcentuales de un mercado

  2. Índice superior a 1800: Mercado poco competitivo

5
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Acuerdo Horizontal

Acuerdo entre dos o más empresas que producen al mismo nivel de comercio

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Acuerdo Vertical

Acuerdo entre dos o más empresas a distintos niveles de comercio, o entre nivel de comercio y distribución

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Formas de unir empresas (3)

  1. Fusión: Formar una nueva empresa al unir dos empresas (o que una absorba a la otra)

  2. Compra y venta de acciones

  3. Cesión de activos

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Regla Per Se

Establece que hay conductas anticompetitivas que están prohibidas por su NATURALEZA (acuerdos horizontales)

9
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Regla de la razón

Prohíbe una conducta anticompetitiva (usualmente acuerdos verticales), no por si misma, sino que por su posible impacto en distintos escenarios del mercado.

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Consumidor

Toda persona natural o jurídica, de hecho o derecho, pública o privada, que como destinatario final, disfrute o adquiera bienes y servicios

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Mercado Relevante

Aquel que se define en relación con un producto y mercado geográfico específico (por ejemplo: El mercado de papas en Olancho)

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Prácticas restrictivas prohibidas por su naturaleza (4)

Entre competidores se prohíbe:

  1. Establecer precios, tarifas o descuentos

  2. Restringir la producción, distribución, suministro o comercialización de bienes y servicios

  3. Repartirse mercados en áreas territoriales, clientelas, sectores de suministro o fuentes de aprovisionamiento

  4. Establecer, coordinar posturas o abstenerse de participar en procesos de contratación pública

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Criterios de evidencia para valorar la existencia de una práctica prohibida por su naturaleza (9)

  1. Correlación positiva y continua entre los precios de dos competidores, que no se pueda atribuir a variaciones de la economía

  2. Mecanismos de fiscalización y control de conducta

  3. Número reducido de participantes relevantes

  4. Actividad restrictiva derivada de disposición legal o administrativa

  5. Comportamientos inexplicables

  6. Reunión y comunicación entre factores

  7. Instrucciones de cámaras empresariales o asociaciones

  8. Diferencias amplias entre precio nacional e internacional

  9. Negligencia en la presentación de ofertas de contratación pública

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Prácticas prohibidas por su efecto (8)

  1. Entre no competidores, poner restricciones sobre territorio, volumen clientes, o la obligación de no vender o distribuir a un agente por tiempo determinado

  2. Fijar precios o condiciones que el proveedor o distribuidor deben observar

  3. Concertación entre agentes económicos para presionar a otro agente y disuadirlo (o presionarlo) de una conducta

  4. Subordinar la celebración de contratos a prestaciones suplementarias que no se relacionan al objeto de tales contratos

  5. Transacción condicionada de no usar o vender los productos distribuidos por un tercero

  6. Fijar precios por debajo del costo para eliminar a la competencia

  7. Limitar la producción y distribución de tecnología, dañando a los demás

  8. Otorgar condiciones favorables a los compradores, a cambio de que sus compras representen un determinado volumen o demanda

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¿Cuándo se prohibirán las prácticas prohibidas por su efecto?

Cuando la comisión compruebe que la participación de mercado, de los agentes económicos implicados es significantemente alto

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Excepción a las prácticas prohibidas por su efecto

Las prácticas no se considerarán dañinas a la libre competencia, si el beneficio a la eficiencia económica y bienestar del consumidor es mayor al efecto negativo (se compensa)

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¿Qué se considera incremento a la eficiencia económica y bienestar del consumidor?

Todo lo que mejore las condiciones de producción, distribución, suministro o comercialización de los bienes y servicios

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Ejemplos de ganancia en eficiencia (5)

  1. Ahorros en recursos que permitan al agente económico bajar precios

  2. Menores costos al producir bienes conjuntamente en vez de separadamente (por ejemplo: Arroz con leche en vez de una empresa vendiendo arroz y la otra leche)

  3. Disminución significativa de gastos administrativos

  4. Innovación tecnológica

  5. Menor costo de producción y comercialización por infraestructura

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Concentración económica

La toma o el cambio de control en una o varias empresas a través de: Participación accionaria, fusión, cesión de activos u otro medio que cause influencia en las decisiones societarias

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¿Cuándo se prohibirán las concentraciones? (2)

  1. Las que se hacen con el objetivo o efecto de restringir o disminuir la libre competencia

  2. No serán prohibidas las que incrementen la eficiencia económica y el bienestar del consumidor, compensando el efecto negativo

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Notificación previa obligatoria

Antes de surtir sus efectos, todo acto de concentración debe notificarse a la Comisión. Se verificará por esta dependiendo de lo grande que es el monto de activos y participación del mercado

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Umbrales para verificar o no una concentración (3)

  1. Monto de activos total superior a 4 mil salarios mínimos

  2. Volumen de ventas superior a 5 mil salarios mínimos

  3. 25% de participación en el mercado relevante

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¿Qué pasa si se da una concentración y no se hace la notificación previa obligatoria?

La comisión podrá de oficio proceder con su investigación, dentro de 3 meses desde la concentración (o tuvo conocimiento)

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Criterios para prohibir o no una concentración (4)

  1. Cuota de mercado de los agentes participantes y su efecto con los competidores

  2. Posible realización de prácticas prohibidas e imposición de mayores barreras de entrada

  3. Elevación unilateral de precios, sin que se pueda contrarrestar

  4. Necesidad de la concentración para evitar la salida de mercado de los activos de un agente

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Medidas precautorias

Si la comisión averigua que se está dando una concentración que puede dañar la libre competencia, podrá ordenar la suspensión de la operación hasta que concluya la investigación

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Decisiones sobre concentraciones, si la concentración se notificó o verificó (3)

  1. Decisión favorable

  2. Prohibir

  3. Ordenar medidas condicionales de aprobación

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Decisiones sobre concentraciones, si la concentración NO se notificó o verificó (3)

  1. Decisión favorable (con sanción)

  2. Ordenar la desconcentración (Deshacer todo)

  3. Medidas correctivas

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Medidas correctivas

  1. Obligar a vender o traspasar a terceros no relacionados activos, materiales, partes sociales o acciones

  2. Obligar a modificar, transferir o eliminar una línea de producción

  3. Obligar a modificar o eliminar cláusulas contractuales