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Personas Morales art
art 25 CCF
personas morales
nación, Estados, municipios
corporaciones de carácter público reconocidos por la ley
asociaciones y sociedades civiles
sociedades mercantiles
sindicatos y asociaciones profesionales
personales morales extranjeras de naturaleza privada
nombre requisito
permiso de la Secretaría de Economía
para cambiar denominación o razón social de las sociedades
Ley Inversiones Extranjeras art 16
nombre tipos
razón social
denominación social
razón social
forma con el nombre de uno o más socios
LGSM art 27
denominación social
forma libremente, distincta de otras sociedades
LGSM art 88
domicilio tipos
social
convencional
fiscal
legal
domicilio legal
persona física → dónde ley fija su residencia
para ejercicio de sus derechos y obligaciones
art 30 CCF
personas morales tienen domicilio legal → establecida su administración
art 33 CCF
domicilio fiscal
CCF art 10
personas fisicas → local donde es el principal asiento de sus negocios o que utilicen para el desempeño de sus funciones
personas morales → administración principal del negocio
Domicilio social
localidad municipal donde la persona moral será inscrita en el registro público de comercio
donde conste su folio electrónico
(constitutiva, ciertas reformas de estatutos, poderes cambiarios, garantías mobiliarias)
art 21 CCo
domicilio convencional
designado para cumplimiento de determinadas obligaciones
art 34 CCF
personas elijen cual poner para ser notificados
ex. lugar en licencia
objeto social
actividades exclusivas del estado
LIE art 5
actividades exclusivas de mexicanos
LIE art 6
actividades con inversión extranjera
LIE art 7
objeto social es ilicito
art 3 CCF
será nula
se ejerce la acción penal
se procederá a su liquidación a solicitud de cualquier persona o Ministerio Público
liquidación resultados
monetización de los activos
pago de deudas sociales
remanente al pago de la responsabilidad civil o a favor de Beneficencia Público del domicilio social
duración
sociedades mercantiles → indefinidas
cláusula de extranjería
LIE exige que deben insertarse en los estatutos de toda sociedad (art 15):
cláusula de exclusión de extranjeros
convenio de administración de extranjeros
notificar a la SRE cuando se modifique clausula de exclusion por la de admisión
cláusula de exclusión de extranjeros
ninguna persona extranjera podrá ser propietaria de acciones de la sociedad
si persona extranjera es propietaria de acciones, acciones son nulas
canceladas los títulos que representen teniéndose por reducido el Capital social
convenio de administración de extranjeros
art 27 frac I CPEUM
todo extranjero que adquiera un interés o participación social, se considera por simple hecho como mexicano
no invocar participación de su gobierno
caso de involucrar participación del gobierno, pierde dicho interés o participación social en beneficio de la Nación Mexicana
parentesco
personas físicas → parentesco consanguíneo y afinidad
sociedades mercantiles → controladora o holding, subsidiarias, afiliadas
Registro Público de Comercio
SE es encargada de operación
inscripción es obligatoria y se refiere a:
constitución
transformación
fusion
escisión
disolución
liquidación
contenido del folio electrónico mercantil
Personalidad Jurídica
toda sociedad mercantil inscrita en Registro público tiene su propia personalidad jurídica
tiene su propio nombre, domicilio, nacionalidad, patrimonio y capacidad
LGSM art 2
sociedades irregulares
no inscritas en el registro público de comercio, pero ley les reconoce la personalidad jurídica
representantes responde de manera solidaria, subsidiaria e ilimitada
subsidiaria
obligaciones se deben cumplir agitando el patrimonio de la sociedad
solidaria
cada acreedor puede exigir de cualquier de los representantes el pago total del adeudo contraído
ilimitada
cada representante responderá hasta con su patrimonio personal
concepto de sociedad mercantil
= contrato mediante el cual los socios se obligan mutuamente a cambiar sus refuerzos y esfuerzos para realización de un fin común
de carácter preponderante económico y que constituya especulación comercial
CCF art 2688
espesies (7)
Sociedad en Nombre Colectivo
Sociedad en Comandita SImple
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad Anonima
Sociedad en Comandita por Acciones
Sociedad Cooperativa
Sociedad por Acciones Simplificadas
constitución
deben constituirse en escritura pública o póliza ante federación público
Corredores públicos están facultados para actuar mediante la expedición de pólizas como fedatarios en constitución y demás actos
elementos de escritura constitutiva (6)
nombre, nacionalidad y domicilio de socios fundadores
objeto de la sociedad
razón o denominación social;
duración de la sociedad
importe del capital social
domicilio social
Ejercicios Sociales
periodo de tiempo señalado para liquidación de egresos e ingresos de sociedad y distribución de utilidades o aplicación de pérdidas
ejercicios sociales irregulares
primer ejercicio social
último ejercicio social
ejercicio social de liquidación
primer ejercicio social
sociedad se constituye con posterioridad al 1 de enero del año que corresponda
iniciara en fecha de constitución y concluye el 31 de diciembre del mismo año
último ejercicio social
sociedad decide devolverse, es fusionada y desaparezca
terminará anticipadamente en fecha en que entre en liquidación, sea fusionada o se escindida
ejercicio social de liquidación
durará todo el tiempo en que sociedad esté en liquidación
CCF art 11
Representación Legal
recae sobre sus administradores quienes podrán realizar todas las operaciones inherentes al objeto social
salvo restricciones legales o estatutarias
art 10 LGSM
si poderes se otorgan mediante acuerdo de asamblea de accionistas o del consejo de administración para surtir efectos deben:
(requisitos de validez)
protocolizarse ante notario el acta respectiva en lo conducente
quienes hayan actuado como presidente o secretario debe firmar el folio notarial
se hará constar mediante relación, inserción o agregado al apéndice del documento respectivo
la denominación, domicilio, duración, capital social y objeto de la sociedad
incluyen laa facultades del órgano que otorga el poder conforme estatutos
designación del consejo de administración
sociedad otorga el poder por conducto de persona física para surtir efectos deberá
acreditar que dicha persona tiene facultades para otorgar el mandato
Aportaciones en Especie
entenderán como traslativas de dominio
art 11 LGSM
pérdida, daño o menoscabo del bien será por cuenta de la sociedad si este ya le hubiere sido entregado real, jurídica o virtualmente
art 337 CCo
socio que aporta créditos está obligado a responder
art 12
de su existencia
de su legitimidad
de la solvencia del deudor en época de la aportación
si no han sido objeto de publicación por perdida
acciones pagadas en todo o parte mediante aportaciones en especie,
quedarán depositadas en la sociedad durante 2 años
art 141
si durante plazo, valor de bienes con que pagaron disminuye 25% o mas, accionista está obligado a cubrir la diferencia
Responsabilidad de los Socios
nuevo socio de una sociedad ya constituida responde de todas las obligaciones sociales contraídas antes de su ingreso
art 13
socio que se separe o fuere excluido de la sociedad, responderá frente a terceros de las operaciones pendientes
art 14
Exclusión de Socios
sociedad en nombre colectivo
art 50
sociedad en comandita por simple
art 57
sociedad de responsabilidad limitada
art 86
sociedad en comandita por acciones
art 211
sociedad cooperativa
art 38 LGSC
sociedad en nombre colectivo
art 50
I.- Por uso de la firma o del capital social para negocios propios;
II.- Por infracción al pacto social;
III.- Por infracción a las disposiciones legales que rijan el contrato social;
IV.- Por comisión de actos fraudulentos o dolosos contra la compañía;
V.- Por quiebra, interdicción o inhabilitación para ejercer el comercio.
LSGM no establece causales de exclusión de los socios de una SA pero si permite que puedan incluirse en
estatutos sociales
art 91 fracc VIII
Reglas de Aplicación de Resultados
socios capitalistas y socios industriales
art 16
acuerdos para excluir a socios de participan de utilidades son nulos
art 17
utilidades sólo pueden repartirse después de ser aprobados por asamblea de socios
art 19
socios capitalistas
distribución de las ganancias o pérdidas se distribuyen en forma proporcional
art 16
socios industriales
mitad de ganancias y nunca reportan las pérdidas
art 16