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Fichas de vocabulario y conceptos clave sobre las categorías de multas de tránsito (A, B, C y D), tarifas en SMLDV, valores proyectados a 2026 e implicaciones de inmovilización según la normativa de Colombia.
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SMLDV
Sigla de salarios mínimos legales diarios vigentes, utilizada como unidad base para calcular las tarifas de las multas de tránsito.
UVB
Unidad de medida empleada para actualizar los valores oficiales en pesos de las sanciones de tránsito para la vigencia 2026.
"No indicada expresamente"
Aclaración técnica que señala que la tabla del artículo 131 no fija una suspensión o inmovilización automática directa para ese código, dependiendo de otras normas o circunstancias.
Inmovilización
Medida preventiva o sancionatoria que recae directamente sobre el vehículo, retirándolo de circulación.
Suspensión de la licencia
Medida sancionatoria que afecta directamente el permiso de conducción del infractor y no sobre el vehículo.
Multas Categoría A
Infracciones asociadas a vehículos no automotores o de tracción animal, con una sanción de 4 SMLDV ($168.813 de referencia en 2026).
Multas Categoría B
Infracciones correspondientes a conductas administrativas, de placas, licencia y reglamentación, con sanción de 8 SMLDV ($337.627 de referencia en 2026).
Multas Categoría C
Infracciones comunes de circulación, estacionamiento, condiciones técnico-mecánicas y seguridad, sancionadas con 15 SMLDV ($633.111 de referencia en 2026).
Multas Categoría D
Infracciones de mayor gravedad relacionadas con maniobras peligrosas, desconocimiento de señales reglamentarias y transporte no autorizado, con sanción de 30 SMLDV ($1.266.222 de referencia en 2026).
Código A.11
Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad (como autopistas y arterias) en vehículo no automotor; genera multa de 4 SMLDV e inmovilización del vehículo.
Código A.12
Prestar servicio público con vehículo no automotor o de tracción animal; conlleva multa de 4 SMLDV e inmovilización por 5 días (primera vez), 20 días (segunda vez) o 40 días (tercera vez).
Código B.1
Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción; infracción sancionada con 8 SMLDV.
Código B.2
Conducir con la licencia de conducción vencida; acarrea una multa equivalente a 8 SMLDV.
Códigos B.3 a B.6
Conjunto de infracciones por circular sin placas (B.3), con placas adulteradas (B.4), con una sola placa o sin permiso (B.5), o con placas falsas (B.6); conllevan 8 SMLDV e inmovilización del vehículo.
Código B.7
No informar a la autoridad competente el cambio de motor o color del vehículo; sancionado con 8 SMLDV e inmovilización según el régimen del artículo 131.
Código B.22
Llevar niños menores de diez años en el asiento delantero del vehículo; genera una multa de 8 SMLDV.
Código C.1
Presentar una licencia de conducción adulterada o ajena; sancionado con 15 SMLDV e inmovilización del vehículo.
Código C.6
No utilizar el cinturón de seguridad en los casos en que su uso es legalmente obligatorio; acarrea una multa de 15 SMLDV.
Código C.35
No realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal o circular en condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes inadecuadas; conlleva 15 SMLDV e inmovilización.
Código C.36
Transportar carga en contenedores sin los dispositivos especiales de sujeción; acarrea multa de 15 SMLDV e inmovilización del vehículo.
Código C.38
Usar teléfono o sistema móvil mientras se conduce, salvo mediante el uso de accesorios manos libres permitidos; sancionado con multa de 15 SMLDV.
Código D.1
Conducir un vehículo automotor sin haber obtenido nunca licencia de conducción; acarrea multa de 30 SMLDV e inmovilización del vehículo.
Código D.2
Conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT); sancionado con multa de 30 SMLDV e inmovilización del vehículo.
Código D.4
No detenerse ante la luz roja o amarilla del semáforo, señal de PARE o señal reglamentaria de detención; acarrea una sanción de 30 SMLDV.
Código D.12
Destinar un vehículo a un servicio diferente del autorizado en la licencia de tránsito; sancionado con 30 SMLDV e inmovilización por 5 días (primera vez), 20 días (segunda vez) o 40 días (tercera vez).
Código D.13
Transportar carga con un peso superior al autorizado; genera una multa de 30 SMLDV e inmovilización del vehículo conforme a la disposición aplicable.
Ley 769 de 2002 (Artículo 131)
Norma del Código Nacional de Tránsito de Colombia que compila y clasifica las conductas sancionables en categorías tarifarias de la A a la D con sus medidas de inmovilización y suspensión.