1/43
Fichas de vocabulario jurídico basadas en los 11 temas del curso de Acto Jurídico y Personas, abordando conceptos clave de propiedad, posesión, validez normativa, personas físicas y morales, ausencia y Registro Civil.
Ius utendi
Facultad inherente a la propiedad consistente en el derecho de usar la cosa materialmente (por ejemplo, vivir en una casa).
Ius fruendi
Facultad del derecho de propiedad que otorga el aprovechamiento de los frutos que genera la cosa (por ejemplo, cobrar las rentas de un inmueble).
Ius abutendi
Facultad del derecho de propiedad que permite disponer del bien, ya sea de forma material (destruirlo) o jurídica (venderlo o regalarlo).
Nuda propiedad
Situación jurídica en la que la propiedad queda desmembrada debido a que el dueño cede el uso y los frutos (usufructo) a otra persona, conservando únicamente el poder de disposición.
Frutos naturales
Bienes accesorios que produce la cosa espontáneamente, sin mediar intervención humana.
Frutos industriales
Bienes accesorios obtenidos mediante el trabajo o intervención de la actividad humana.
Frutos civiles
Rendimientos o beneficios que se obtienen como consecuencia directa de un acuerdo o relación jurídica (por ejemplo, rentas o intereses).
Posesión
Poder de hecho y de derecho sobre una cosa conformado por dos elementos: la detentación objetiva de la cosa más el animus domini.
Animus domini
Elemento subjetivo de la posesión consistente en la intención o voluntad deliberada de comportarse y actuar como dueño de la cosa.
Usucapión
Modo de adquirir la propiedad consistente en poseer una cosa a título de dueño durante los plazos marcados por la ley: muebles de buena fe en 3 años, o inmuebles en 5 años de buena fe o 10 de mala fe.
Bienes mostrencos
Bienes muebles abandonados o perdidos cuyo dueño legítimo se desconoce, debiendo entregarse a la autoridad conforme a los artículos 774 y 775 del Código Civil.
Coercibilidad
La posibilidad jurídica abstracta de emplear la fuerza pública en caso de inobservancia de una norma, la cual existe previamente al incumplimiento.
Coacción
La ejecución material y efectiva de la fuerza sobre el obligado ante el desacato de una norma jurídica (por ejemplo, la traba de un embargo por mandamiento judicial).
Norma jurídica
Regla de conducta humana en sentido estricto caracterizada por ser heterónoma, bilateral, externa y coercible.
Jurisdicción
Facultad y potestad dimanada del término «ius dicere» («decir el derecho») mediante la cual los jueces aplican la norma general abstracta al caso concreto.
Competencia
El límite de la jurisdicción que fija la esfera de atribuciones conferida a cada juez o autoridad atendiendo al territorio, materia, cuantía y grado.
Formalismo jurídico
Doctrina de la validez según la cual una norma es derecho vinculante siempre y cuando haya sido expedida por la autoridad competente conforme a los procedimientos previstos, sea o no intrínsecamente justa.
Iusnaturalismo
Postura filosófico-jurídica que condiciona la validez de las normas a su justicia intrínseca, resumiéndose en la premisa: «lo injusto no es derecho».
Iusrealismo
Corriente teórica que define al derecho a partir de su eficacia material, sosteniendo que solo es auténtico derecho aquella regla que efectivamente se acata y aplica en la realidad histórica.
Corpus Iuris Civilis
Recopilación de derecho romano ordenada por el emperador Justiniano y desarrollada por Triboniano, integrada por cuatro obras: Código, Digesto o Pandectas, Instituciones y Novelas.
Res inter alios acta
Principio general de derecho civil conforme al cual los contratos y acuerdos solo producen efectos y obligaciones respecto de las partes que los suscriben.
Principio de autonomía de la voluntad
Postulado civil que delimita la actuación humana disponiendo que los particulares pueden realizar todo lo no prohibido, mientras que las autoridades únicamente pueden ejecutar aquello que la ley les permite expresamente.
Nasciturus
El ser concebido y no nacido que se encuentra protegido por la ley civil (artículo 22 del Código Civil) y puede ostentar derechos sucesorios en tanto consolide su personalidad al nacer vivo.
Viabilidad legal (Artículo 337 del Código Civil)
Disposición legal que condiciona el reconocimiento jurídico del nacimiento al hecho de que el recién nacido, una vez desprendido enteramente del seno materno, viva 24 horas continuas o sea presentado con vida al Registro Civil.
Expósito
Menor de edad abandonado por sus progenitores cuyos orígenes, nombre y filiación de procedencia son legalmente desconocidos.
Domicilio legal
Aquel asiento o lugar que la ley asigna forzosamente a una persona para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes (artículos 30 y 31 del Código Civil).
Domicilio convencional
El lugar que una persona designa libremente para el cumplimiento de obligaciones contractuales específicas, conforme al artículo 34 del Código Civil.
Capacidad de goce
Aptitud intrínseca de una persona física o moral para ser titular de derechos y deberes, atribuida desde el nacimiento y extinguible con la muerte.
Capacidad de ejercicio
Aptitud de la persona para hacer valer y ejercitar directamente sus facultades y cumplir por sí misma con sus obligaciones jurídicas sin requerir representante legal, la cual inicia con la mayoría de edad (18 años).
Bienes de primera clase del menor
Aquellos bienes que el menor de edad obtiene con el fruto directo de su propio trabajo, reteniendo en exclusiva su propiedad, su administración y la totalidad de su usufructo (artículo 428 del Código Civil).
Bienes de segunda clase del menor
Bienes adquiridos por el menor mediante títulos ajenos a su trabajo personal (como donación o herencia); en estos, el menor conserva la propiedad y la mitad del usufructo, mientras que la administración y la otra mitad del usufructo tocan a quienes ejercen la patria potestad.
Interdicción
Estado legal declarado judicialmente por un juez familiar sobre un individuo mayor de edad que padece una incapacidad natural de ejercicio, a quien se le nombra un tutor para su representación.
Actos personalísimos
Manifestaciones de la voluntad íntimas e inherentes a la condición del individuo (tales como el testamento, la voluntad anticipada y el voto) que no admiten delegación ni representación.
Declaración de ausencia
Segunda fase en el proceso judicial de ausencia declarada a los 2 años del nombramiento de representante legal; implica la apertura del testamento, entrega de posesión provisional a los herederos y la suspensión de la sociedad conyugal y de la patria potestad.
Presunción de muerte
Fase final ordinaria dictada pasados 6 años de la declaración de ausencia formal, la cual confiere posesión definitiva a los herederos y extingue formalmente la sociedad conyugal.
Ruta directa de presunción de muerte
Procedimiento especial del artículo 705 del Código Civil que permite declarar la presunción de muerte sin requerir previa declaración de ausencia en casos de catástrofe: 2 años en riesgo alto (guerra, naufragio) o 6 meses en riesgo extremo (terremoto, explosión, catástrofe aérea o ferroviaria).
Rectificación de acta
Procedimiento tramitado ante un juez de lo familiar para alterar el contenido de un acta de estado civil motivado por falsedad material (el evento no sucedió) o por enmienda esencial (variación de nombre, filiación o sexo).
Aclaración de acta
Trámite administrativo desahogado directamente ante el Registro Civil conforme al artículo 138 Bis del Código Civil, empleado para corregir faltas ortográficas o mecanográficas que no alteran datos esenciales.
Persona moral
Ente colectivo o persona jurídica colectiva distinta e independiente de sus miembros físicos integrantes, provista de aptitud jurídica, patrimonio, domicilio y capacidad para alcanzar un fin lícito determinado.
Teoría de la ficción de Savigny
Doctrina que afirma que las personas morales carecen de existencia real ontológica, siendo meras construcciones o ficciones que el Estado erige para hacer posible su actuación dentro del tráfico jurídico.
Asociación Civil (A.C.)
Persona moral privada reglamentada en los artículos 2670 a 2687 del Código Civil, formada para consumar un fin común no preponderantemente económico y que nace al perfeccionarse su contrato.
Sociedad Civil (S.C.)
Persona moral privada normada por el Código Civil (artículos 2688 y siguientes) que persigue un propósito de naturaleza preponderantemente económica sin que este configure actos de especulación comercial.
Razón social
Fórmula identificadora propia de las sociedades de personas conformada obligatoriamente por el nombre de uno o más socios agregando locuciones como «y Compañía».
Denominación social
Nombre libre o ficticio propio de las sociedades de capitales en el que no figura necesariamente la identidad de los socios, seguido por la indicación del tipo social (por ejemplo, «S.A.»).