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ANVERSO: Evolución del concepto de imprudencia: De la concepción psicológica a la concepción normativa de la culpabilidad y su posterior traslado al injusto.
REVERSO:
Tesis / Respuesta directa: La concepción psicológica concebía la imprudencia como un nexo psicológico defectuoso o error, mientras que la concepción normativa la trasladó al tipo de injusto como la infracción del deber objetivo de cuidado (desvalor de la conducta).
Sustentación Dogmática Detallada: En la concepción psicológica de la culpabilidad, la imprudencia era entendida como la relación psíquica atenuada entre el autor y el resultado lesivo, o como una forma de error. Esta postura resultaba insostenible porque no permitía explicar la culpa inconsciente, supuesto en el cual no existe nexo psíquico alguno entre el sujeto y la producción del resultado. Al pasar a la concepción normativa de la culpabilidad, la imprevisibilidad cede su lugar al examen de la infracción del deber de cuidado. Posteriormente, con la evolución de la teoría del delito, la infracción de la norma de cuidado es trasladada de la culpabilidad al tipo de injusto. En la doctrina de Corcoy Bidasolo, la imprudencia es analizada en el injusto como la creación de un riesgo no permitido mediante la infracción del deber de cuidado. De este modo, la norma imprudente actúa como una norma de determinación que busca motivar al ciudadano a no realizar conductas constitutivas de delito.
Conclusión / Regla de Oro: La imprudencia deja de ser un estado o vínculo psicológico en la culpabilidad para convertirse en la infracción de la norma de cuidado en el tipo de injusto.
ANVERSO: La infracción de la norma de cuidado en el tipo de injusto vs. la culpabilidad: Crítica a la doble medida del cuidado (Sollens y Könnens).
REVERSO:
ANVERSO: Crítica al paralelismo entre imprudencia y omisión: Rechazo a la equiparación con la omisión impropia según Armin Kaufmann.
REVERSO:
ANVERSO: El fracaso de la teoría de la acción final (Welzel) ante el delito imprudente y la crítica a la concepción de los "tipos abiertos".
REVERSO:
ANVERSO: Diferencia dogmática entre "Norma de cuidado", "Deber de cuidado" y "Reglas generales/técnicas de cuidado".
REVERSO:
ANVERSO: Infracción de reglas técnicas y el principio contra el 'versari in re illicita' en la determinación de la imprudencia penal.
REVERSO:
ANVERSO: Cuidado Objetivo (externo) vs. Cuidado Subjetivo (interno): Fundamento de su adscripción conjunta al tipo de injusto según Corcoy.
REVERSO:
ANVERSO: La consideración de los "Poderes/Capacidades Individuales" en el Injusto: Tratamiento de los poderes superiores e inferiores y el principio de igualdad material.
REVERSO:
ANVERSO: Concepto normativo de peligro y la delimitación entre "Riesgo" (ex ante) y "Peligro" (ex post).
REVERSO:
ANVERSO: Las tres modalidades de concreción del deber objetivo de cuidado según Corcoy Bidasolo.
REVERSO:
ANVERSO: El deber de cuidado en el tráfico viario: Interacción dogmática entre el "Principio de Confianza" y el "Principio de Defensa".
REVERSO:
ANVERSO: El deber de cuidado en el ámbito laboral/empresarial: Inversión del principio de confianza y posición de garante del empresario.
REVERSO:
ANVERSO: Codelinquencia vs. Concurrencia de culpas en los ámbitos laboral y del tráfico viario.
REVERSO:
ANVERSO: Relación y prelación sistemática entre "Deber de Garante" y "Deber de Cuidado" en la omisión imprudente.
REVERSO:
ANVERSO: La Cognoscibilidad (Erkennbarkeit) y la Previsibilidad Individual como núcleo del tipo subjetivo imprudente.
REVERSO:
ANVERSO: Objeto del conocimiento en la Culpa Consciente vs. Culpa Inconsciente según la doctrina de Corcoy.
REVERSO:
ANVERSO: Fundamentación de la punición de la Culpa Inconsciente: Exigibilidad del conocimiento sin recurrir a la 'actio libera in causa'.
REVERSO:
ANVERSO: El principio regulativo de la Exigibilidad (Zumutbarkeit) y su equivalencia con la vencibilidad/invencibilidad del error de tipo.
REVERSO:
ANVERSO: Crítica de Corcoy Bidasolo a la Teoría del Consentimiento y a la Teoría de la Probabilidad tradicional en la delimitación del dolo eventual.
REVERSO:
ANVERSO: Los "Criterios de Oportunidad" (extensivo y restrictivo) del Tribunal Supremo para forzar la prueba del dolo en la jurisprudencia.
REVERSO:
ANVERSO: Inversión del método de delimitación entre dolo e imprudencia: Delimitar el tipo subjetivo imprudente "por arriba" mediante la teoría del Error.
REVERSO:
ANVERSO: Delimitación entre dolo y culpa consciente mediante el "Error sobre la capacidad de evitación" en conductas con dominio/control del riesgo (Steuerbarkeit).
REVERSO:
ANVERSO: Delimitación entre dolo eventual y culpa consciente en conductas sin control del riesgo (Riesgo cubierto vs. Riesgo descubierto).
REVERSO:
ANVERSO: Cuadro síntesis del Tipo Subjetivo Imprudente: Integración del aspecto negativo (ausencia de dolo) y del aspecto positivo (vencibilidad del error).
REVERSO: