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Fichas de vocabulario y conceptos fundamentales sobre el Tema 1 de Derecho Constitucional: El Sistema Constitucional Español, la Constitución de 1978, su estructura, principios y procedimientos de reforma.
Sistema constitucional
Modo de gobierno, de organización o administración de una sociedad determinada en el que la organización del Estado se somete a los principios del Derecho, naciendo como oposición al poder absoluto para controlarlo y garantizar los derechos de los ciudadanos.
Constitución (según Sánchez Agesta)
El Derecho fundamental de organización del Estado, caracterizado por tener primacía sobre el resto de las normas que integran el ordenamiento jurídico.
Poder constituyente
Poder encargado de elaborar, aprobar o modificar la Constitución de un país; reside en el pueblo como titular de la soberanía y se ejerce mediante representantes elegidos democráticamente.
La Pepa
Denominación popular con la que se conoce a la Constitución de 1812, la primera en la historia constitucional de España.
Comisión Mixta (elaboración constitucional)
Comisión formada por 4 miembros de cada Cámara, el Presidente del Congreso y del Senado, y el Presidente de las Cortes para la elaboración de la Constitución de 1978.
31 de octubre de 1978
Fecha en la que las Cortes Generales aprobaron la Constitución española en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado.
6 de diciembre de 1978
Fecha de celebración del Referéndum Constitucional en el que la Constitución fue ratificada y aceptada por los españoles.
27 de diciembre de 1978
Fecha en la que S.M. el Rey sancionó y promulgó la Constitución española ante las Cortes.
29 de diciembre de 1978
Fecha en la que la Constitución española fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entró en vigor.
Constitución rígida
Característica de la Constitución española derivada de incorporar procedimientos especiales propios para su reforma, impidiendo que otra norma ordinaria pueda modificarla.
Constitución derivada
Rasgo de la Constitución de 1978 que hace referencia a haber recibido la influencia de otras constituciones nacionales y extranjeras.
Estructura formal de la Constitución Española
Un Preámbulo, un Título Preliminar, 10 Títulos numerados (con un total de 169 artículos), 4 Disposiciones Adicionales, 9 Disposiciones Transitorias, 1 Disposición Derogatoria y 1 Disposición Final.
Preámbulo de la Constitución
Texto introductorio sin carácter vinculante de norma jurídica que proclama la voluntad de la Nación española, fijando el espíritu democrático, liberal y protector del bienestar, así como los principios desarrollados en el articulado.
Parte dogmática
Sector de la estructura material de la Constitución que comprende los derechos y deberes fundamentales y los principios de la política social y económica; está integrado por el Título Preliminar y el Título I.
Parte orgánica
Sector material de la Constitución que establece el número, composición, funcionamiento y competencias de los principales órganos del Estado; comprende desde el Título II hasta el Título X inclusive.
Valores superiores del ordenamiento jurídico
Principios obligatorios consagrados en el artículo 1.1 de la Constitución: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Soberanía nacional (Artículo 1.2)
Principio constitucional que establece que el poder supremo reside en el pueblo español, del cual emanan todos los poderes del Estado.
Monarquía parlamentaria
Forma política del Estado español establecida en el artículo 1.3 de la Constitución.
Artículo 2 de la Constitución
Precepto que fundamenta la Constitución en la indisoluble unidad de la Nación española, reconociendo y garantizando el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Castellano (Artículo 3)
Lengua española oficial del Estado que todos los españoles tienen el deber de conocer y el derecho a usar.
Bandera de España (Artículo 4)
Símbolo integrado por tres franjas horizontales (roja, amarilla y roja), en el que la franja amarilla cuenta con el doble de anchura que cada una de las rojas.
Fuerzas Armadas (Artículo 8)
Institución integrada por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, que tiene encomendada la misión de garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Garantías jurídicas del Artículo 9.3
Principios constitucionales que incluyen la legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Título I de la Constitución
Título rubricado «De los derechos y deberes fundamentales» (arts. 10 al 55), estructurado en 5 capítulos relativos a españoles y extranjeros, derechos y libertades, principios rectores, garantías y suspensión de derechos.
Título II de la Constitución
Título rubricado «De la Corona» que comprende los artículos 56 al 65 de la Constitución.
Título III de la Constitución
Título que comprende los artículos 66 al 96, rubricado «De las Cortes Generales» (Congreso y Senado), el procedimiento legislativo y los tratados internacionales.
Título IV de la Constitución
Título que abarca los artículos 97 al 107 y regula la composición, designación y potestades «Del Gobierno y la Administración».
Título V de la Constitución
Título que comprende del artículo 108 al 116 y regula las «Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales».
Título VI de la Constitución
Título rubricado «Del Poder Judicial» (arts. 117 al 127) que consagra la unidad jurisdiccional, la independencia de los jueces, la gratuidad de la justicia y la publicidad de las actuaciones.
Título VII de la Constitución
Título denominado «Economía y Hacienda» (arts. 128 al 136), enfocado en la subordinación de la riqueza al interés general y la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.
Título VIII de la Constitución
Título relativo a «De la Organización Territorial del Estado» (arts. 137 al 158), comprensivo del Municipio, la Provincia y las Comunidades Autónomas.
Título IX de la Constitución
Título relativo al «Tribunal Constitucional» (arts. 159 al 165), órgano encargado del control de la constitucionalidad de las leyes, el recurso de amparo y los conflictos de competencias.
Título X de la Constitución
Título relativo a «De la Reforma Constitucional» (arts. 166 al 169) que establece los procedimientos formales para modificar la norma suprema.
Disposiciones Adicionales de la Constitución
Cuatro cláusulas constitucionales que reconocen y amparan los derechos históricos de los territorios forales y el particular régimen económico y fiscal de Canarias.
Disposiciones Transitorias de la Constitución
Nueve preceptos destinados a regular situaciones provisionales o pasajeras, fundamentalmente ligadas a la implantación del Estado autonómico.
Primera reforma constitucional (1992)
Reforma del artículo 13.2 aprobada el 27 de agosto de 1992 para atribuir a los extranjeros el sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales por tratado o ley bajo criterios de reciprocidad (Tratado de la Unión Europea).
Segunda reforma constitucional (2011)
Reforma íntegra del artículo 135 (publicada el 27 de septiembre de 2011) con el fin de vincular a todas las Administraciones Públicas al principio de estabilidad presupuestaria.
Tercera reforma constitucional (2024)
Reforma del artículo 49 de la Constitución (en vigor el 17 de febrero de 2024) para eliminar el término «disminuidos» y sustituirlo por «personas con discapacidad».
Cuarta reforma constitucional (2026)
Reforma del artículo 69.3 de la Constitución (en vigor el 20 de mayo de 2026) que separa electoralmente las islas de Ibiza y Formentera para elegir un senador de manera independiente cada una.
Procedimiento ordinario de reforma constitucional (Artículo 167)
Vía de reforma que exige la aprobación por mayoría de tres quintos de cada Cámara, previendo una Comisión Mixta paritaria o la aprobación por dos tercios del Congreso y mayoría absoluta del Senado; somete la reforma a referéndum facultativo si lo solicita una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras en un plazo de quince días.
Procedimiento agravado de reforma constitucional (Artículo 168)
Vía exigida para la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, a la Sección 1.ª del Capítulo II del Título I, o al Título II; requiere la aprobación inicial por mayoría de dos tercios de cada Cámara, disolución inmediata de las Cortes, ratificación por las nuevas Cámaras, aprobación del texto por dos tercios de ambas y referéndum preceptivo.
Límites temporales de la reforma (Artículo 169)
Prohibición formal de iniciar cualquier proceso de reforma constitucional en tiempo de guerra o bajo la vigencia de los estados de alarma, excepción o sitio (art. 116).
Estado Social
Modelo estatal que garantiza a sus ciudadanos el ejercicio real de los derechos sociales, prestándoles amparo y protección en ámbitos como la vivienda, la enseñanza o la sanidad.
Estado Democrático
Modelo estatal en el que la soberanía nacional reside en el pueblo, quien elige a sus representantes mediante procesos electorales.
Estado de Derecho
Modelo que asegura la supremacía de la Constitución y del ordenamiento jurídico, vinculando y subordinando a todos los poderes públicos y ciudadanos al imperio de la ley.