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Ley de Agencia
Es el marco legal que rige la relación, los derechos y las responsabilidades entre los profesionales de bienes raíces y sus clientes.
Relación de Agencia
Es la relación establecida cuando un agente acuerda actuar en nombre y representación de un cliente (comprador, vendedor, arrendador o arrendatario).
Acuerdo Expreso
Es un contrato formal por escrito (por ejemplo, un contrato de mandato de venta/listado o un acuerdo de representación del comprador) que define explícitamente la relación, el alcance de la autoridad y la compensación.
Agencia Implícita
Es una relación de agencia creada a través de las acciones y la conducta de las partes sin que medie un acuerdo formal por escrito.
Cumplimiento Total
Es la terminación de una relación de agencia tras la consecución exitosa del propósito de la transacción.
Mandante / Cliente
Es la persona o entidad que contrata y es representada por el agente.
Agente
Es un representante con licencia autorizado para actuar en nombre del mandante dentro de los límites del acuerdo.
Cliente Potencial No Representado / Tercero
Es un tercero con quien el agente trabaja y a quien asiste, pero a quien no representa ni le debe deberes fiduciarios.
Prospecto
Es un posible cliente que puede convertirse en mandante una vez formalizada la relación de agencia.
Subagencia / Subagente
Es una situación en la que un vendedor actúa como agente de un corredor que representa al mandante, asumiendo por lo tanto los mismos deberes fiduciarios hacia dicho mandante.
Corredor de Transacción / Facilitador
Es un licenciatario que asiste a ambas partes con carácter neutral sin representar a ninguna de ellas ni asumir deberes fiduciarios.
Agencia Especial / Limitada
Es una representación limitada a una tarea o transacción específica (por ejemplo, la venta de una vivienda individual), la cual finaliza al completarse dicha labor.
Agencia General
Es una representación continua encargada de actividades específicas, a menudo con autoridad para firmar contratos dentro de su alcance previsto (por ejemplo, la administración de propiedades).
Agencia Universal
Es una autoridad absoluta otorgada mediante un poder notarial para firmar contratos y gestionar transacciones inmobiliarias en nombre del cliente.
Agencia Única / Exclusiva
Es la representación exclusiva de una sola parte (ya sea el comprador/arrendatario o el vendedor/arrendador) en una transacción.
Agencia Dual
Es la representación tanto del comprador como del vendedor en la misma transacción; requiere consentimiento informado por escrito debido a los conflictos de interés inherentes.
Deberes Fiduciarios
Es el estándar más alto de confianza, lealtad y cuidado que un agente debe legalmente a su cliente.
Obediencia
Es el cumplimiento riguroso de todas las instrucciones legales dadas por el cliente.
Lealtad
Es anteponer los intereses del cliente a todos los demás, incluido el propio beneficio financiero del agente.
Divulgación
Es informar al cliente sobre todos los hechos materiales y detalles relevantes de la transacción.
Confidencialidad
Es mantener en estricta reserva los detalles personales, financieros y motivacionales del cliente durante y después de la representación.
Rendición de Cuentas
Es llevar un registro exacto y salvaguardar todos los fondos, documentos y bienes relacionados con la transacción.
Cuidado y Diligencia Razonables
Es aplicar experiencia profesional, conocimiento del mercado y habilidad de negociación para proteger al cliente.
Tergiversación Fraudulenta
Es el suministro intencional de información falsa u ocultamiento deliberado de hechos con el fin de engañar.
Tergiversación por Negligencia
Es el suministro no intencional de información errónea debido al incumplimiento del deber de verificar los hechos.
Tergiversación Inocente
Es el suministro de información incorrecta sin conocimiento de su inexactitud ni intención de engaño.
Seguro de Errores y Omisiones (E&O Insurance)
Es una póliza de seguro profesional que protege contra demandas derivadas de negligencia y equivocaciones contractuales (excluye el fraude intencional).
Hechos Materiales
Son defectos físicos significativos, riesgos ambientales, problemas legales o condiciones del vecindario que influyen en el valor, la habitabilidad o la seguridad de la propiedad.
Primer Contacto Sustancial
Es el momento determinante en el que una conversación casual pasa a tratar detalles confidenciales, financieros o motivacionales, lo que activa la obligación de entrega de la divulgación de agencia.
Declaración de Información al Consumidor (CIS)
Es un formulario de divulgación obligatorio en New Jersey que debe entregarse en el primer contacto sustancial para explicar los diferentes tipos de relaciones de representación profesional disponibles.
Declaración de Divulgación de la Condición de la Propiedad
Es un documento formal completado por los vendedores en el que se detallan los defectos conocidos del inmueble.