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Tipos de Protección a los Derechos de Autor (3)
Administrativa, por medio de amonestaciones y multas
Civil, por medio de indemnizaciones
Penal, por medio de penas y cárcel
Dependencias de la Dirección General de Propiedad Intelectual (2)
Oficina Administrativa del Derecho de Autor y los Derechos Conexos
Oficina del Registro de la Propiedad Industrial
Atribuciones de la Oficina Administrativa del Derecho de Autor y los Derechos Conexos (6)
Promover los Derechos de Autor y el enriquecimiento cultural
Cumplir y hacer cumplir las Leyes del Derecho de Autor
Llevar y vigilar el Registro de los Derechos de Autor y los Derechos Conexos
Informar al Servicio de Administración de Rentas sobre los contratos relativos al Derecho de Autor y los Derechos Conexos
Función conciliatoria: Entre autores, titulares y usuarios; y entre las asociaciones del Derecho de Autor
Conocer los reclamos por violaciones a la Ley e imponer sanciones
Prohibición de Inscripción (LDA)
El registrador de los Derechos de Autor no podrá inscribir los actos y documentos contrarios a la Ley o las buenas costumbres
Derecho de Prelación
Cuando dos o más personas soliciten la inscripción de una misma obra, el primero en inscribirla tendrá prioridad de derechos (primero en tiempo, primero en derecho)
Naturaleza del Registro del Derecho de Autor y los Derechos Conexos
Es un registro DECLARATIVO, y no constitutivo de derechos, es decir, el derecho de autor no nace con la inscripción (nace con la exteriorización de la obra), el registro solo da certeza sobre este (a falta de pruebas en contrario)
Proceso para la inscripción de Obras (4)
Presentar la obra en la forma que esté (ej. Libros, guiones, etc.) junto con dos ejemplares
Uno de los ejemplares se devolverá al interesado, y otro se quedará en el registro
En el caso de obras LITERARIAS O CIENTÍFICAS, se deberán depositar otros tres ejemplares: Uno en la UNAH, otro en el Archivo Nacional y otro en la Biblioteca Nacional
En el caso de obras unicas o artísticas, no se deberá inscribir el original, pero se podrán dejar fotografías y descripciones
Asociaciones de Gestión Colectiva
Organizaciones que unifican a distintos TITULARES del Derecho de Autor y conexos, para proteger sus intereses patrimoniales o las de sus representados (incluyendo extranjeros). Deberán ser personas jurídicas inscritas en la Secretaría de Gobernación y sin fines de lucro
¿Pueden percibir ingresos las Asociaciones de Gestión Colectiva?
Si pueden percibir dinero y recibir fondos, pero no podrán lucrarse de estos ni repartir “utilidades”, todo excedente se tiene que reinvertir en la organización o depositarse como reserva
Procedimiento Sancionatorio en sede administrativa (LDA) (6)
El procedimiento iniciará de oficio o por medio de denuncia
Citación al denunciado para audiencia de conciliación, así como presentar alegatos y pruebas
Apertura del proceso a pruebas (10 días)
Presentación de alegatos finales escritos
Dictamen legal
Resolución
Sanciones Administrativas por violar los Derechos de Autor (3)
Multa de 10 a 200 salarios mínimos
Multa doble por reincidencia
En el caso de procesos contra las asociaciones, Cancelación de personalidad jurídica
Indemnizaciones Civiles en los Derechos de Autor (3)
Los beneficios que el titular habría obtenido previsiblemente, de no ocurrir la infracción
Los beneficios obtenidos por el infractor
El precio o regalía que el infractor habría pagado al titular si hubiese tenido licencia (considerando el valor comercial del objeto y las licencias pasadas)
La Responsabilidad Penal en materia de Derechos de Autor
Solo podrá ser deducida a través de Juez Penal competente. La acción solo se perseguirá por el Ministerio Público A INSTANCIA DE PARTE.
Delitos contra los Derechos de Autor (3)
Plagio: Pasar una obra ajena como propia, o tomar partes de obras sin debidamente citar al autor
Falsificación: Hacer copias de una obra sin autorización de su autor
Piratería: Comercialización o distribución de una obra sin la debida autorización, incluso si se trata de obras originales (ej. Si a un comerciante se le autoriza proyectar una película en su cine, pero este la vende por internet)
Clasificación de la Propiedad Industrial (3)
Patentes
Secreto Industrial
Signos Distintivos
Propiedad Industrial
Las creaciones intelectuales aplicables a la industria, en su sentido más amplio (ej. Incorpora tanto agricultura, entretenimiento, servicios, manufactura y otros)
Prohibiciones en el Registro de Propiedad Industrial
No se otorgarán patentes ni registros industriales a las figuras reguladas por la Ley de Propiedad Industrial (ej. Patentes, marcas, etc.) que sean contrarias a la Ley, el orden público o la moral
Patente
Derecho especial concedido por el Estado, que permite a su titular explotar EXCLUSIVAMENTE una invención (modelo de utilidad o diseño industrial)
Invención
Toda creación humana que TRANSFORME LA MATERIA O ENERGÍA DE LA NATURALEZA para satisfacer una necesidad concreta, sea un producto o procedimiento
Tipos de patentes prohibidas (2)
Las que recaigan sobre creaciones que no cuentan con los requisitos de ley para ser consideradas invenciones (ej. No son transformadoras, no son útiles)
Las creaciones que si cumplen con los requisitos para ser invenciones, pero por disposición de Ley no se pueden patentar
No son invenciones, por lo cual no se protegerán con patentes (7)
Lo que no transforme la energía o la materia en la naturaleza
Los principios teóricos o científicos
Descubrimientos, pues las cosas ya existían en la naturaleza, solo es que no las conocíamos
El material biológico que existe en la naturaleza
Esquemas, planes, reglas y métodos para actos mentales o juegos
Programas de computación por si mismos (estos son obras literarias)
Métodos de tratamiento quirúricos o médico
Creaciones no patentables por disposición de Ley (2)
Estas creaciones si cumplen con los requisitos para ser invenciones, pero no son patentables:
Los procesos biológicos para obtener o reproducir plantas, animales o sus variedades (Clonaciones, duplicaciones genéticas)
Las variedades y especies vegetales o animales (ej. Creación de semillas nuevas, creación de nuevas razas)
Requisitos para que una invención sea patentable (3)
Susceptible de aplicación industrial
Novedosa
Nivel Inventivo
Suceptibilidad de Aplicación Industrial
La patente deberá ser utilizada en cualquier tipo de industria (en su sentido mas amplio), es decir, siempre que sea comercializable y pueda generar lucro, para actos en masa o artesanales, se podrá proteger el invento
Novedosidad
Las invenciones serán novedosas cuando NO existan en el ESTADO DE LA TÉCNICA previo a la presentación de la solicitud de patente en Honduras, o en Estado extranjero por reivindicación por prioridad
Estado de la Técnica
Comprende todo lo que haya sido divulgado o hecho accesible al público EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO (ej. Publicaciones en revistas científicas, comercialización)
Reivindicación por Prioridad
Si una solicitud de registro de patente o marca se presenta en un Estado extranjero con el cual Honduras está vinculado (o por reciprocidad), su titular podrá inscribir la misma en Honduras o Reivindicarla, reconociéndose su derecho a partir de la fecha de inscripción en el Estado extranjero
Territorialidad de las Patentes
Las patentes son propias del Estado donde se inscriben, por lo cual, para su protección se deberán inscribir en cada Estado, o solicitar el reconocimiento de otros Estados (Reivindicación por prioridad)
Nivel Inventivo
La invención no podrá ser obvia o derivada evidentemente del Estado de la técnica (ej. Una “Tijera para zurdos”, no será una invención, pues deriva de otro invento ya existente, pero podrá ser un modelo de utilidad)
Protección del Derecho a Patente (2)
Se protegerá por un plazo de 20 años, improrrogables, contados a partir de la fecha de solicitud en el Registro de Propiedad Industrial
El titular deberá pagar tasas anuales, el impago de estas llevará a su caída en el dominio público (CADUCIDAD)
Derechos del Titular de una patente (3)
Como el derecho es exclusivo, el titular podrá excluir a terceros de utilizar su invención, entre estos actos podrá:
Actuar contra quien fabrique el producto
Prohibir la venta o importación del producto con estos fines (importaciones paralelas)
En el caso de patentes de procesos, podrá prohibir a terceros emplear el procedimiento
Permisos que los terceros tienen relativo a una patente (3)
Utilizar o fabricar libremente el objeto o producto de la patente en su entorno privado, SIN FINES COMERCIALES O INDUSTRIALES
Experimentar o utilizar el objeto de la patente con fines de investigación o enseñanza
Si alguien prueba que ya había producido el producto o utilizado el procedimiento patentado (ANTES DE LA PRESENTACIÓN), podrá seguir fabricando y produciendo
Formas de Transmitir las Patentes (2)
Por acto entre vivos: siendo por Licencias Voluntarias o LICENCIAS OBLIGATORIAS
Por sucesión a causa de muerte: sea testamentaria o ab-intestato
Modelo de Utilidad
Cualquier forma de mejora de una invención, es todo tipo de forma, configuración o modificación que permita su mejor funcionamiento o que se utilice para fines diferentes (ej. Cepillo de dientes eléctrico)
No se podrán proteger como modelos de utilidad (3)
Los procedimientos (pues estos son sujetos de invención)
Sustancias o composiciones químicas o metalúrgicas
La materia que no pueda ser sujeta de patentes
Protección del Modelo de utilidad
Se protegerá por un máximo de 15 años improrrogables, desde la fecha que se presentó solicitud
Diseño Industrial
Cualquier forma bidimensional o tridimensional que se incorpora a un producto y le da una apariencia particular, pero NO LE DA UNA VENTAJA TÉCNICA
Tipos de Diseños Industriales (2)
Dibujos Industriales
Modelos Industriales
Dibujo Industrial
Son diseños bidimensionales, que consisten en combinaciones de líneas o colores que se incorporen a un producto con fines de ornamentación (ej. El estampado de una tela, las líneas rojas de un Ferrari)
Modelo Industrial
Formas tridimensionales que son un tipo o “modelo” para la fabricación de un producto, y que le da una apariencia especial (ej. La forma de una botella de alcohol, la figura de una mesa)
Protección de los Diseños Industriales
5 años, prorrogables hasta 2 veces (un total de 15 años)
Tipos de Solicitudes Industriales (3)
Tradicional
Divisional (cuando se hace uso del derecho de prioridad)
PCT
Solicitud PCT (2)
Es una solicitud basada en el Tratado Internacional para la cooperación en materia de patentes, basicamente el proceso de inscripción se hace en dos fases:
Fase nacional: La solicitud y el estudio de forma se hacen en Honduras
Fase Internacional: Se envía el diseño a otro Estado designado por la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, donde este concluirá el proceso y lo inscribirá en un registro internacional
Clasificación de Niza
Clasificación que se utiliza para las MARCAS, donde se dividen a los productos y servicios en distintas clases (ej. Clase 5, productos farmacéuticos; Clase 1, químicos), dentro de los cuales se puede inscribir una marca
Pasos del procedimiento en Patentes (6)
Solicitud
Estudio de forma y Estudio Legal
Estudio de Fondo o de técnica
Si procede, se hará un aviso de publicación por medio de la página del Instituto de la Propiedad, por 90 días
Oposiciones
Si no se presentan oposiciones, o se desestiman, se procederá a la RESOLUCIÓN, que siempre deberá otorgar la patente
¿Qué ocurre si el Estudio de fondo o de técnica no es favorable?
Se emite una providencia denegatoria, contra la providencia denegatoria el solicitante podrá interponer una objeción
Ahora, si la objeción también se deniega, se emitirá una RESOLUCIÓN DENEGATORIA, contra la cual procederán los recursos de reposición y apelación
¿Qué ocurre si se presenta una oposición a una patente o marca?
Se escuchará a ambas partes, y se emitirá una resolución. Contra la resolución (sea que estime la oposición o no), se emplearán los recursos de reposición y apelación.
¿Qué ocurre si una solicitud de patente caduca o se manda a archivar?
No se podrá presentar de nuevo, nunca más, pues se considera que ya entró al Estado de la Técnica
Secreto Industrial
Aquella información NO DIVULGADA, que tiene utilidad industrial y se puede transmitir a otros (ej. Recetas, procedimientos, etc.)
Formas de Proteger el Secreto Industrial (4)
Dado que estos NO SON SUJETOS DE INSCRIPCIÓN, su protección depende mucho del comerciante, o estos órdenes jurídicos:
Laboral: Revelar secretos industriales es justa causa de despido
Competencia: El Comerciante que revele secretos será sancionado en sede administrativa
Responsabilidad Penal
Responsabilidad Civil (e incluso limitaciones contractuales)
Signos Distintivos
Todo signo que permite identificar a una empresa en su actividad comercial, o a un producto o servicio de otro del mismo género
Signos Distintivos (8)
Marcas
Marcas colectivas
Nombres comerciales
Emblemas
Rótulos
Expresiones o señales de propaganda
Indicaciones geográficas
Denominaciones de orígen
Marcas
Signos visibles (sean escritos o de forma), olfativos o sonoros que distingue los PRODUCTOS Y SERVICIOS de una empresa RESPECTO A OTRAS
Nombres comerciales y Emblemas
El nombre comercial es un nombre o denominación que distingue a una EMPRESA en su comercio (Ej. Sula, Doitcenter), mientras el emblema es un símbolo o signo que los distingue
Rótulo
Signo visible que identifica a un LOCAL COMERCIAL DETERMINADO
Expresión o señal de propaganda
Lemas y combinaciones de palabras que sean originales o característicos, para atraer la atención del cliente (ej. Paga menos, vive mejor; acá te queremos)
Indicaciones geográficas
Atribuyen indicaciones que identifican a un bien como originario de un territorio, pero porque replica sus características o calidad (ej. Comida China, puede usar ese nombre, aunque no sea de China)
Denominaciones de origen
Son los indicadores de una región o zona geográfica, de las que es obligatorio que se origina el producto para que se pueda designar así (ej. La Champaña solo puede ser de Champaña en Francia, cualquier otro vino espumoso no podrá usar ese nombre)