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Servicio Diplomático de la República
Carrera pública integrada por profesionales especialmente formados en la disciplina de las relaciones internacionales, dependiente funcionalmente del Ministerio de Relaciones Exteriores y capacitados para ejercer la representación diplomática, consular y cautelar los intereses del Perú.
Tercer Secretario
Única categoría de ingreso al Servicio Diplomático de la República, reservada exclusivamente para peruanos por nacimiento egresados de la Academia Diplomática del Perú.
Situación de actividad
Condición en la que el miembro del Servicio Diplomático desempeña cargos en la Cancillería, misiones diplomáticas, oficinas consulares, representaciones ante organismos internacionales, misiones especiales, comisiones oficiales, organismos públicos o se encuentra con licencia autorizada.
Situación de disponibilidad
Apartamiento temporal de la actividad por enfermedad/incapacidad temporal o a solicitud del funcionario fundamentada y aprobada; tiene un límite de hasta tres años (prorrogable por dos más en casos excepcionales) y no acumula tiempo de servicios.
Situación de retiro
Apartamiento definitivo de la actividad del Servicio Diplomático por cumplir 70 años de edad, 20 años de permanencia en la categoría, incapacidad física o psíquica permanente, límite de disponibilidad, renuncia a la nacionalidad, renuncia voluntaria o medida disciplinaria.
Jefe del Servicio Diplomático
Cargo desempeñado por el Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores (quien debe ser un Embajador en actividad), encargado de planificar, organizar y supervisar el Servicio Diplomático y presidir la Comisión de Personal.
Categorías del Servicio Diplomático
Estructura jerárquica conferida mediante Resolución Suprema que comprende en orden ascendente: Tercer Secretario, Segundo Secretario, Primer Secretario, Consejero, Ministro Consejero, Ministro y Embajador.
Encargado de Negocios ad interim
Funcionario diplomático que sigue en antigüedad al Jefe de Misión y asume su reemplazo ante ausencia temporal; adquiere los beneficios y prerrogativas del titular si el interinato supera tres meses consecutivos.
Régimen de rotación
Sistema de alternancia de servicios mediante el cual los funcionarios prestan labores por un plazo no mayor de cinco años en el exterior y no menor de tres años en el Perú, prorrogables o reducibles por un año por razones del servicio.
Plazos mínimos de permanencia para ascenso
Tiempo obligatorio exigido en cada categoría para optar a la inmediata superior: tres años para Tercer y Segundo Secretario, y cuatro años para Primer Secretario, Consejero, Ministro Consejero y Ministro.
Comisión de Personal
Instancia colegiada encargada de evaluar anualmente a los funcionarios para el ascenso, proponer el cuadro de promociones, rotaciones, la clasificación de misiones y resolver recursos de reconsideración sobre calificaciones anuales.
Amonestación
Sanción disciplinaria por faltas menores que puede ser verbal (impuesta reservadamente por el jefe inmediato) o escrita (mediante resolución del Subsecretario de Administración, cuya potestad caduca a los seis meses del hecho).
Suspensión
Sanción disciplinaria consistente en la separación temporal de funciones sin goce de haber ni cómputo de tiempo de servicios, por un período graduado entre treinta días y un año.
Destitución
Sanción disciplinaria que produce el cese definitivo en el Servicio Diplomático, la pérdida de los derechos inherentes al cargo (salvo la pensión) y la inhabilitación para la administración pública por un mínimo de cinco años.
Comisión Disciplinaria