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Derecho Ambiental

La subrama del derecho social que esta conformada por un conjunto de normas, principios e instituciones que regulan el actuar del ser humano para preservar el medio ambiente en el que vivimos.

Tratados:

  • El acuerdo de Paris (trata el tema de la energía eléctrica y renovable).

Fundamento consititucional:

  • Artículo 4. Cuenta con dos dimensiones Objetiva o ecologista: Protege al medio ambiente como un bien jurídico fundamental por si mismo. Subjetiva y antropologista: Proteger al medio ambiente pero por el beneficio que le da la ser humano.

  • Articulo 25

  • Atriculo 27

  • Articulo 73 fraccion 29

Principios que derivan de este derecho.

1. Evitar la contaminación.

2. Creación de normas y medidas que castiguen el delito medio ambiental.

3. Creación de normas para lidiar la contaminación presente y evitar la contaminación futura. 4. Colaboración con la sociedad civil para promover el desarrollo sostenible y ecológico.

Estos principios están dirigidos sobre todo a los jueces (juicios en materia ambiental):

1. Principio de precaución: Esta previsto en la convención de Río sobre el medio ambiente y el desarrollo que fue celebrada en 1992. Mandata que cuando exista peligro de daño grave o irreversible al medio ambiente, la falta de certeza científica no debe utilizarse como razón o justificación para postergar la adopción de medidas para impedir la degradación del medio ambiente.

2. In dubio pro natura: Ante la duda sobre los riesgos o daños ambientales siempre se debe resolver a favor de la naturaleza.

3. Principio de no regresión: Prohibición de disminuir o afectar el nivel de derecho ya alcanzado. La reforma energética de 2013 obligó a ir abandonando progresivamente el combustible fósil para generar energía eléctrica, se previeron ciertas metas para sustituirlas con energía renovable. (Peña nieto había permitido que hubiera particulares para competir con CFE). Plan de transición energética. Fue progresiva. AMLO 2018 va para atrás, Estableció que siempre se le da prioridad a CFE y CFE usa combustible. Incumplimiento de principio de no regresión.

SEMARNAT: Encargada de formular la política nacional en materia de medio ambiente. A partir de esta los estados emitan la suya estatal, y municipal. Tienen que ser congruentes Nacional. Estatal. Municipal. En que debe impactar los planes estatales, nacionales y municipales.

1. En la planeación nacional del desarrollo.

2. En la ordenación del territorio. (se incluye todo lo que tienen que ver con asentamientos humanos) (ej. licencias de uso de suelo)

3. Economía. Mecanismo más efectivo para proteger el medio ambiente frente a la explotación del ser humano.

Evaluación de impacto ambiental: Procedimiento a través del cual la SEMARNAT establece las condiciones a las que deben sujetarse las obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites legales para proteger al medio ambiente. Es la autorización que tienen que tener ciertas obras que pudieran dañar al medio ambiente (industria petrolera, eléctrica, obras en general).

Procedimiento para que se de la autorización:

1. Presentar una manifestación de impacto ambiental MIA. La presenta el realizado en presentar una obra. Tiene que decir la obra a realizar, decribiri posibles efectos negativos en el medio ambiente y a la par tiene que proponer o señalara medidas para reduciir al mínimo los posibles efectos negativos de la obra. (Entre más sustento más probable).

2. Pueden pedir a la SEMARNAT que lleve a cabo una consulta pública. Nada más es una manera de involucrar a la sociedad civil. la propia comunidad puede proponer cambios, y muchas veces sobre todo en comunidades indígenas es donde se realizan estas obras, cuando pasa esto y no se hace la consulta te puedes ir a tribunales y por eso se tira. La SEMARNAT sigue teniendo la última palabra.

3. La SEMARNAT hace un procedimiento de evaluación: se evalua si cumple con todas las normas o requerimientos aplicables. Y la secretaria puede :

I. Autorizar la obra como fue solicitada.

II. Negar la autorización (Por incumplimiento de normas, Cuando exista una amenazas o peligro de extinción de ciertas especies, falsedad en la información).

3. Autorizar de manera condicional a la obra a la modificación del proyecto o bien al establecimiento de medidads condicionales para prevenir el impacto ambiental. La materia del medio ambiente es concurrente. Hay otras cosas que los estados también pueden tener evaluaciones a su nivel.

Las Áreas naturales protegidas son competencias de la federación.

Áreas naturales protegidas Zonas del territorio nacional en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas o restauradas. Ejemplo: Todos los parques nacionales. En caso de que existan propietarios o poseedores tienen que ajustarse a las nuevas modalidades art. 27. Si se les quita se les da una retribución económica.

Hay 4 tipos:

1. Reservas de la biosfera.

2. Parques nacionales.

3. Monumentos naturales.

4. Áreas de protección de flora y fauna. Se inscriben en un registro. Registro nacional de áreas naturales protegidas. Esto es sustantiva. Régimen de responsabilidad administrativa y penal: Administrativa Puede haber una denuncia popular. Cualquier persona puede ir a que la Producarudia federal de protección al ambiente por cualquier acto que considere que vulnera al medio ambiente.Emite recomendaciones solamente. También se puede acudir ante los jueces y denunciar la responsabilidad ambiental por daño al medio ambiente. Daño: Cualquier pérdida, cambio , deterioro, menoscabo, afectación o modificación de los hábitat, ecosistemas, de los elementos y recursos naturales, de sus condiciones químicas, físicas o biológicas, de las relaciones de de interacción que se dan entreestos aspi como los indicios ambientales que proporcionan. Pueden presentarlo: Particulares 1. las personas físicas que habitan la comunidad adyacente al ecosistema dañado. (que se benefician y vivian cerca). 2. Las personas morales o empresas cuyo objeto social sea la protección al medio ambiente en general. Quién genere el daño va a tener que reparar el daño y si nose puede compensar. Delitos Una persona puede cometer una infracción y al mismo tiempo un delitos. Pueden ordenar la demolición de la obra o modificarla