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UNIDAD III

  1. ORIGEN Y CARÁCTER DE LA AUTORIDAD DEL MANDO

    1. Practica del deber nacional

El mando es la práctica del deber nacional ejercida por el Oficial, es el deber profesional del Oficial. Este deber es complejo. Consiste para el Oficial en:

  • En practicar personalmente y por su cuenta el deber nacional militar

    • En hacer eficiente la práctica de este deber, en las condiciones más eficaces, por la tropa que le ha sido confiada

    • En tratar humanamente a los seres humanos que se le confían.

El Oficial es el único funcionario a quién el Estado parece confiar una delegación general de la autoridad soberana, poniendo en sus manos a los ciudadanos y obligándolos a rendirle completa obediencia, para adiestrarlos en el servicio del más exigente de los deberes cívicos. Los poderes de la magistratura distan mucho de poder ser comparados con los nuestros; no se ejercen sino ocasionalmente, mientras que al Ejército se le entregan alternativamente todos los ciudadanos del país para que reciban de éste, dócilmente, una acción prolongada y continua. (Gavet, 1899).

Mando humano y moral

Al aplicarse la autoridad extraordinaria del Oficial a seres humanos, el mando ha de ser humano y moral. Nadie puede suponer que el Estado delegue, en quienquiera que sea, la misión de falsear las inteligencias, envilecerlas o inducirlas a error… Desde el momento que son seres humanos y no aparatos mecánicos o animales los que se nos confían, nace para nosotros la necesidad de emplear con ellos medios de acción morales y de tener con ellos relaciones morales. (Gavet, 1899).

La sinceridad en el mando

El hombre es un instrumento de gran valor, se le emplea tan ampliamente como es necesario el bien del país, pero no se puede ni sacrificarlo inútilmente, ni envilecerlo ni falsearlo. El jefe no tiene derecho para rebajar moralmente a su subalterno, ni para humillarlo; no tiene ni siquiera el derecho a engañarlo. (Gavet, 1899).

Claro es que estas son singularmente graves en nuestra profesión: son cometidas con hombres, con ciudadanos puestos en poder nuestro por ley, privados ante nosotros de sus medios de defensa habituales y por otra parte obligados moralmente a dedicarnos su abnegación y su confianza, puesto que tenemos la misión legal de enseñarles un deber nacional. (Gavet, 1899).

La arrogancia, la brutalidad, la deslealtad adquieren en estas condiciones un carácter particularmente repugnante. Los actos de violencia, se ejercen sobre hombres desarmados, por decirlo así; en cuanto a las deslealtades, a las mentiras, a las falsas ilusiones, se me representan como actos de corrupción de nuestra función de educadores. Tales actos contribuyen en efecto, a falsear a los que tenemos la misión de formar, a engañar a los que tenemos encargo de educar y nos deben entera confianza. (Gavet, 1899).

El mando es cosa sencilla, honrosa y tanto más fuerte cuanto más sincero es

¿Para qué rebajarnos a producir ilusiones? mostraos enseguida tal como sois; es lo más sencillo, lo más seguro y lo más digno.

En el Ejército, más que en cualquier otra institución, es odioso el yo, porque en ninguna parte las pretensiones de vuestras humildes personas se encuentran más francamente en oposición con las generosas abnegaciones del deber.

El jefe no puede torcer el servicio en provecho de nadie y todos los hombres de su tropa deben ser iguales a sus ojos, es decir, que debe ignorar en el servicio, bajo el uniforme, las diferencias de educación o de situación social. Desplegad todas vuestras fuerzas, toda vuestra energía, todo vuestro carácter; no los tendréis

nunca de sobra para mandar, pero mandad leal y enteramente para el Ejército, para la nación, y no para satisfacer de vuestros sentimientos personales.

La represión

  • Facultades disciplinarias

Las facultades disciplinarias son medios de represión, pero no medios de educación o de mando. Es necesario saber emplearlos con la mayor exactitud. A veces, si una falta es grave, si tiene el aspecto de una resistencia directa y voluntaria al mando, se debe reprimir en el acto y con la mayor severidad al culpable en el lugar mismo donde se ha cometido. (Gavet, 1899).

Ya que la desobediencia pretende destruir o detener el organismo que se os ha confiado no hay tiempo que perder. Llamad al que ha delinquido y sancionadlo en el acto a la vista de todos, y así detendréis para siempre todo intento de oposición. (Gavet, 1899).

Si vuestra disciplina no es educadora, si no obra sino como un recurso siempre amenazante, ¿Qué resultado de cierto valor podéis esperar de ella? Vuestros subalternos solo sacaran de ella esta única lección: que es preciso esconderse cuidadosamente para hacer las cosas que os desagradan. En cuanto al hombre castigado, ¿logra la pena aflictiva que le es aplicada el efecto de inducirlo a mejores sentimientos y hacer de él un buen soldado? (Gavet, 1899).

¡No! No basta esa pena por sí misma. Es más, si el subalterno tiene cierta altivez, se yergue contra vuestras violencias autoritarias y funda su amor propio en no manifestarse abatido. Su indisciplina adquiere; con esta resistencia energética, un falso aire de dignidad; se jacta de ella, y en ella persiste.

La base de vuestra autoridad consiste en otra cosa; es preciso que lleguéis a ser el jefe moral de vuestra tropa. Vuestra autoridad debe presentarse no con aire amenazante, acompañada de violencias, sino

sólidamente basada en un principio moral indiscutible. La situación verdadera es la siguiente:

La nación pone sus hijos en vuestras manos para que les enseñéis a conocer y a practicar la parte del deber cívico que constituye el deber militar. Si os inspiráis en tal idea, todo se hace sencillo y vuestra autoridad se impondrá, con evidencia incontestable. En presencia de una falta, vuestra primera preocupación será recordar al subalterno el deber que ha desconocido. Es en nombre del deber por todos respetado que vos intervendréis; hablareis con calma y firmeza, como corresponde a un educador, apoyado por el sentimiento tácito de vuestra tropa; con una palabra haréis comprender al culpable que lo habéis sorprendido en flagrante delito contra el que tenéis misión de enseñarle y de hacerle cumplir; y el subalterno, humillado y vencido, no encontrará excusa ni apoyo en sí mismo ni a su alrededor. Se sentirá juzgado públicamente por una autoridad irresistible en nombre de un principio incontestable. (Gavet, 1899).

Si a esta reprimenda moral se agregara la represión material, asume ella entonces verdaderamente el carácter de castigo, cuyo principal efecto es confirmar la gravedad de la falta y la caída momentánea del culpable.

Y como es evidente que lejos de obrar como un amo brutal castigáis por deber en virtud del deber, sin hacer intervenir en vuestro castigo ninguna pasión personal, el hombre castigado no tiene ya ni aún a quién guardar resentimiento, no siendo el castigo a sus ojos sino la consecuencia inmediata y moralmente inevitable de su falta simplemente verificada por el jefe, el cual ejerce a menudo con pena y sentimiento su ineludible obligación. Así considerada, la represión no es un medio normal de mando; en realidad sólo debe servir para prevenir los accidentes, para hacer entrar en vereda a los que tratan de apartarse de su papel, para eliminarlos en casi necesario del organismo si llegan a ser causa de dificultades o perturbaciones. (Gavet, 1899).

La represión es un deber y no una prerrogativa. El espíritu con que debe ejercerse la represión disciplinaria es el mismo, en suma, que el que debe inspirar al mando, y nos lleva a formular análogas observaciones.

En casos graves como éstos la represión es una obligación del mando. Debe ser ejecutada como tal y presentada bajo este aspecto. Es preciso que vuestros subalternos comprendan que ejercitáis el deber de castigar con el rigor indiscutible de una obligación moral; que sepan que, si una falta lo hace indispensable, ninguna consideración os detendrá, ni aun el afecto que se establece naturalmente entre los militares de diferentes grados que colaboran en la misma obra y soportan las mismas pruebas; ni tampoco la compasión del hombre hacia su semejante desgraciado. La represión es una función tan inherente al grado como el mando mismo; es su carácter de deber impersonal el que le da su autoridad; que impide al superior dejarse arrebatar por la pasión, y que hace que el subalterno soporte el castigo sin guardar rencor. ¿Cómo se podría odiar a quien castiga únicamente porque está obligado a hacerlo? (Gavet, 1899).

Vuestra tropa tal vez afrontará esa prueba que en apariencia es la más dura de todas, la del combate; pero este resultado se alcanzará sin tomaros en cuenta para nada: será debido a los elementos de valor moral que existen en el corazón de nuestros conciudadanos, a los gérmenes vivos de valor y honor que vuestro sistema de coerción moral no haya logrado destruir; al sentimiento del deber nacional, a esa fuerza incomparable que habréis desconocido obstinadamente y que será vuestro único recurso en el momento crítico. No se forman hombres honrados con el miedo a los gendarmes, ni soldados valientes por el temor al castigo. (Gavet, 1899).

Represión inmediata

Si la falta es efecto desaliento, si es un acto de negligencia o de indolencia, no bastará con dirigirse al espíritu del culpable; habrá que preocuparse en levantar su moral. Conviene entonces hacer entrar en juego las fuerzas que han flaqueado: el valor, el sentimiento del deber, el espíritu militar, la conciencia de la dignidad personal, la probidad, la lealtad, el amor propio. Reprimid el hecho si lo juzgáis necesario para ejemplo de los

demás, pero no olvidéis que lo principal es buscar la causa de la falta y hacerla desaparecer. (Gavet, 1899).

Si la falta es una infracción voluntaria y premeditada al deber, se impone la REPRESIÓN INMEDIATA, ejemplar e inflexible.

Si excepcionalmente tenéis que entenderos con un hombre perdido definitivamente, con un individuo falso y solapado o con un ser de una especie inferior, con un semi racional, empecinado en resistencia ciegas, o con un rebelde, individuos todos ellos fuera de su función, la represión y, en caso necesario, la eliminación debe ser aplicadas metódicamente, hasta convencerlos que se encuentran bajo la acción absolutamente segura de una fuerza ineludible. (Gavet, 1899).

Continuad, sin embargo, buscando, al mismo tiempo, la manera de reformar su carácter. La moralidad tiene sus grados. Si no podéis levantar hasta vosotros al hombre completamente desmoralizado, no es ésta una razón para dejarlo sumido en el fango. Hay individuos que no comprenden el deber y que pueden no obstante será accesibles al amor propio; es el caso, por ejemplo, de aquellos que emplean toda clase de ardides en el servicio para substraerse a él lo más posible. Los semi bestias son a veces seres absolutamente obtusos que no atienden sino a sus apetitos; entre vuestras manos se hacen sistemáticamente inertes y sordos. A menudo son degenerados o alcohólicos. (Gavet, 1899).

Tratad de hacerles comprender, a lo menos, que su interés está en servir con regularidad para ahorrarse graves molestias. Los rebeldes son raros en una unidad bien mandada; pero puede haber alguno a quien un PORTAGALONES haya transformado en rebelde, presentándole el Ejército como un instrumento de estúpida opresión… Reanudad las relaciones que han sido rotas, entrad en comunicación moral con él, informaos de su familia, de su pueblo…, que se sienta como salido de una máquina de opresión brutal e inconsciente y devuelta a la vida moral y humana. A veces quedaréis sorprendidos al ver que este rebelde pone instantáneamente a vuestra disposición una adhesión sincera; y ya no

tendréis, sino que transformar esa adhesión personal, idealizándola, y enseñando al soldado alejado del deber la verdadera disciplina, que exalta las energías en vez de humillarlas. (Gavet, 1899).

No hagáis discursos. Un hombre convencido, serio, preocupado de sus funciones, no tiene tiempo para hacer frases. No os entreguéis a expansiones sentimentales y evitad la elocuencia. En nuestro oficio todo esto es inútil; y las sublimidades que uno cree estar diciendo frecuentemente resuenan en los oídos de la tropa como una fraseología tan hueca como ridícula. (Gavet, 1899).

La elocuencia preparada es a menudo una mentira del pensamiento; es casi inevitablemente una ficción de forma, una exageración, una ostentación de sentimientos que no se experimentan normalmente.

El heroísmo no existe en estado permanente en nuestro corazón, sólo ciertas circunstancias lo suscitan en las naturalezas nobles y fuertes; los efectos oratorios no sirven para despertarlo.

La elocuencia del Oficial consiste en ideas sólidamente formadas y expresadas con claridad. Su lenguaje es el del hombre que instruye y manda: claro, sobrio y firme. Estas cualidades no se adquieren por medio del estudio: resultan del estado de alma que reflejan, de la convicción del que habla, de su sentimiento del deber, del conocimiento profundo de la materia que enseña. (Gavet, 1899).

Si ignoráis vuestros deberes, si sois vanidosos, indiferentes, infatuados, sin conciencia…, perdéis vuestro tiempo puliendo vuestro lenguaje y atildando vuestra actitud. Como la forma no concordará jamás con el fondo, tendréis forzosamente, en mayor o menor grado, el aire de un polichinela movido por hilillos. (Gavet, 1899).

No mintáis jamás. Nadie puede obligaros a decir o a escribir una cosa falsa. Todo documento que firméis debe ser la expresión exacta y completa de la verdad. Combatid y reprimid en derredor vuestro la mentira; no

soportéis que se atribuyan a un hombre, como puestas en el blanco, balas que no haya disparado; que se anoten a su nombre porciones que no haya tocado; que se disimulen faltas o irregularidades por medio de artimañas. Tened la altivez de presentar vuestra unidad tal como es; no falseéis nada en el organismo que se os haya confiado. (Gavet, 1899).

Negaos a conceder nada al favor, a las recomendaciones, aun cuando éstas vengan de lo alto. Defended enérgicamente contra todo atentado la parte de función pública de que estáis encargados. Negad los permisos que vuestros hombres procuran obtener por procedimientos irregulares; mantened inexorablemente el castigo justo y necesario que hayáis impuesto; no dejéis pasar por debilidad el ascenso de un hombre que no lo merece. Conservad siempre vuestro valor moral personal. (Gavet, 1899)

No reguléis vuestra conducta teniendo por norma conciliaros el favor de vuestro jefe, procuraros apoyo u obtener ascensos o buenas calificaciones. Sólo un pobre infeliz consiste en someter sus pensamientos, sus palabras y sus actos a todas estas consideraciones de interés que falsean nuestra función y envilecen nuestro carácter. En vano invocaréis la subordinación para justificar tales bajezas; ella nada tiene que ver con la bajeza, el servilismo. (Gavet, 1899)

Colaborar dignamente dentro del deber común empleando nuestras fuerzas en el servicio del Ejército es muy distinto a deprimirnos, humillarnos y ponernos al servicio personal del superior, lisonjeando sus manías y arrojando nuestra dignidad a sus plantas. La corrección de nuestra actitud depende de nuestra concepción real del deber y de nuestra convicción. (Gavet, 1899).

La represión es una obligación del mando

En casos graves como éstos la represión ES UNA OBLIGACIÓN DEL MANDO. Debe ser ejecutada como tal y presentada bajo este aspecto. Es preciso que vuestros subalternos comprendan que ejercitáis el deber de castigar con el rigor indiscutible de una obligación moral; que

sepan que, si una falta lo hace indispensable, ninguna consideración os detendrá, ni aun el afecto que se establece naturalmente entre los militares de diferentes grados que colaboran en la misma obra y soportan las mismas pruebas; ni tampoco la compasión del hombre hacia su semejante desgraciado. La represión es una función tan inherente al grado como el mando mismo; es su carácter de deber impersonal el que le da su autoridad; que impide al superior dejarse arrebatar por la pasión, y que hace que el subalterno soporte el castigo sin guardar rencor. ¿Cómo se podría odiar a quien castiga únicamente porque está obligado a hacerlo? (Gavet, 1899).

Pero esta acción represiva que es a veces necesaria para ejemplo de los demás no es un procedimiento de mando. Cada vez que ella se produce revela una insuficiencia de autoridad en el que la emplea. Claro está que vuestro poder no es completo, puesto que tropezáis con resistencias y necesitáis quebrantarlas con medios violentos. No quiero decir con ello que hayáis incurrido en falta. Estos accidentes pueden ocurrirles a los mejores oficiales; pero en el bien entendido que en una unidad bien mandada las situaciones graves no pueden ser sino accidentes. (Gavet, 1899)

Si en plena paz, cuando ejercéis vuestro mando en las condiciones más sencillas, holgadamente, sin tener que exigir de vuestra tropa ningún esfuerzo extraordinario; si en esa situación tan favorable en que el organismo militar debe funcionar con perfecto desahogo os veis reducidos a obtener el servicio rutinario a fuerza de violencia…, es que no sabéis mandar, y os sentiréis absolutamente impotentes en campaña cuando vuestros medios de represión no parecerán sino pruebas demasiado suaves con relación a los duros sacrificios que pretendáis obtener. Entonces no podréis obtener la disciplina de guerra. (Gavet, 1899).

Vuestra marcha no será sino desorden, vuestros acantonamientos serán teatro de escenas de desobediencia, de embriaguez y de brutalidad; todo os saldrá mal, puesto que habéis quebrantado en vuestras propias manos el resorte habitual de vuestra autoridad. (Gavet, 1899).

Insuficiencia de autoridad

Pero esta acción represiva que es a veces necesaria para ejemplo de los demás no es un procedimiento de mando. Cada vez que ella se produce revela una insuficiencia de autoridad en el que la emplea. Claro está que vuestro poder no es completo, puesto que tropezáis con resistencias y necesitáis quebrantarlas con medios violentos. No quiero decir con ello que hayáis incurrido en falta. (Gavet, 1899).

Estos accidentes pueden ocurrirles a los mejores oficiales; pero en el bien entendido que en una unidad bien mandada las situaciones graves no pueden ser sino accidentes. Si en plena paz, cuando ejercéis vuestro mando en las condiciones más sencillas, holgadamente, sin tener que exigir de vuestra tropa ningún esfuerzo extraordinario; si en esa situación tan favorable en que el organismo militar debe funcionar con perfecto desahogo os veis reducidos a obtener el servicio rutinario a fuerza de violencia…, es que no sabéis mandar, y os sentiréis absolutamente impotentes en campaña cuando vuestros medios de represión no parecerán sino pruebas demasiado suaves con relación a los duros sacrificios que pretendáis obtener. (Gavet, 1899).

Entonces no podréis obtener la disciplina de guerra. Vuestra marcha no será sino desorden, vuestros acantonamientos serán teatro de escenas de desobediencia, de embriaguez y de brutalidad; todo os saldrá mal, puesto que habéis quebrantado en vuestras propias manos el resorte habitual de vuestra autoridad. (Gavet, 1899).

Medio de darse importancia

Ver en el derecho de castigar un medio de darse importancia y de confirmar en toda ocasión su poder personal, es prepararse los más graves errores. ¿Qué decir, por ejemplo, de un jefe que aumenta sistemáticamente todos los castigos infligidos por sus subalternos y que no ve en ello sino un medio de ostentar la autoridad de su poder, imaginándose que es inherente a la dignidad de su grado el castigar con dureza y que sería para él una especie de caída dejar pasar castigos moderados sin imponerles de paso el sello de su fuerza? El castigo, bajo este concepto, debería hacerse

cada vez más terrible, sometido como estaría a la consideración de los jefes superiores, y esto sería llevar las cosas demasiado lejos. (Gavet, 1899).

Permítasenos llamar la atención sobre este último punto: En una unidad bien mandada, los castigos raros y debidamente aplicados adquieren un valor muy especial. Tal falta, que en determinadas circunstancias no se podría reprimir con un castigo más o menos grave, será lo suficientemente castigada con una breve represión, con sencilla demostración de descontento por parte del jefe. Una tropa bien mandada acepta en absoluto la autoridad de un jefe, en quien reconoce plena autoridad, no sólo desde el punto de vista disciplinario sino desde el punto de vista moral. (Gavet, 1899).

Todo reproche llega al alma; el subalterno, confundido por el asentimiento unánime de sus camaradas, no piensa siquiera en defenderse ni en protestar…; siente el peso de su falta y queda con ello castigado.

Consideraciones para la represión

Desde el punto de vista del deber liso y llano, es claro que el castigo no tiene nada que ver con el grado más o menos elevado del que lo impone; debe ser graduado en armonía con las tres consideraciones siguientes:

  • Gravedad de la falta

    • Valor y antecedentes del culpable

    • Necesidad disciplinaria.

Permítasenos llamar la atención sobre este último punto: En una unidad bien mandada, los castigos raros y debidamente aplicados adquieren un valor muy especial. Tal falta, que en determinadas circunstancias no se podría reprimir con un castigo más o menos grave, será lo suficientemente castigada con una breve represión, con sencilla demostración de descontento por parte del jefe. Una tropa bien mandada acepta en absoluto la autoridad de un jefe, en quien reconoce plena autoridad, no sólo desde el punto de vista disciplinario sino desde el punto de vista moral. (Gavet, 1899).

Todo reproche llega al alma; el subalterno, confundido por el asentimiento unánime de sus camaradas, no piensa siquiera en defenderse ni en protestar; siente el peso de su falta y queda con ello castigado.

Modificar la sanción

Aumentar los castigos impuestos por un buen Oficial, so pretexto de que os parecen leves, es intervenir en realidad de una manera lamentable en un sistema de disciplina perfecta y perturbar la buena dirección de vuestras unidades. (Gavet, 1899).

Por lo demás, en principio, no es conveniente aumentar un castigo sino cuando el jefe que ha castigado ha aplicado el máximo de sus atribuciones. Modificar en un sentido u otro, sin razones suficientes y a primera vista, los procedimientos de represión es usurpar abusivamente el mando. Tacháis a vuestro jefe de debilidad y le infligís una reprobación, significando de hecho que no ha sabido obrar con la energía requerida. Si así fuese en realidad, vuestro deber consistirá en empezar por ocuparlos de esa censurable debilidad y en dar al Oficial los consejos o las enseñanzas que necesita. (Gavet, 1899).

Suspender la sanción

Una suspensión general de los castigos no es al fin y al cabo sino una detestable lección de indisciplina, y este atentado al ejercicio de si deber rara vez es inspirado por motivos elevados. En todo caso, ese procedimiento de distribuir mercedes inconscientes tiene algo de chocante; presenta la personalidad del jefe y su capricho como algo que está por encima de todo, de los reglamentos y del deber común. Los jefes subalternos sienten que el jefe superior les retira repentinamente su apoyo, que los desautoriza por mera fantasía y que menoscaba injustificadamente una de sus atribuciones orgánicas. (Gavet, 1899).

El hecho de suspender un castigo es más grave todavía, porque constituye un atentado directo contra la autoridad del subalterno y equivale siempre a una reprobación.

Si esta medida fuese necesaria, el superior no debe olvidar que el reglamento lo obliga a hacer comprender a su subalterno el error que ha cometido. No le es ilícito suspender lisa y llanamente un castigo sin justificar satisfactoriamente esa suspensión.

La costumbre establecida, aunque ninguna disposición reglamentaria lo autorice, de suspender todos los castigos en ciertas ocasiones es detestable; está en abierta contradicción con los principios del derecho de castigar. Un castigo no puede ser suspendido autoritariamente sino cuando es inmerecido; todo lo que podéis hacer, si deseáis ver levantados los castigos, es pedir a los que han castigado que renuncien a las medidas represivas que no consideren del todo indispensables.

Con estas especies de amnistía se crea uno indudablemente una popularidad lisonjera; pero se falsea a la vez el funcionamiento de la máquina. Por poco que cual se arrogue este derecho en su esfera de mando y lo practique sin vacilaciones, sucederá que el deber de represión caerá poco a poco en desuso. El Coronel, por ejemplo, ha suspendido cierto día los castigos para indicar su satisfacción por una revista o cualquier otro hecho; algunos días después el General de Brigada hace lo mismo; después lo hace el General Inspector; otro día, en fin, se quiere solemnizar de igual modo el aniversario nacional o el aniversario del regimiento… ¿Qué subsiste entonces de ese deber de represión que se pretende considerar como pernicioso y cuyo ejercicio se suspende a cada instante?

Además, no conviene que el superior se despoje nunca del derecho de castigar; y en realidad queda privado de él cuando el subalterno sabe que en su parte diario todos los castigos han de ser suspendidos. El jefe se encuentra así colocado en situación intolerable frente a algunos malos sujetos. Si castiga una falta, la represión es ridícula; el hombre sabe que el castigo va a ser anulado inmediatamente; si no castiga, el mal soldado comprende perfectamente que es por impotencia, y se ríe de ella.

Si suspende entonces los castigos sin anularlos o apela a la benevolencia y al corazón de los que han castigado, las prerrogativas de

éstos quedarán a salvo y el jefe, por su parte, no habrá tenido que faltar a la colaboración que les debe.

Este principio se encuentra consultado en el reglamento. El superior no anula el castigo; lo hace anular por aquel que ha castigado, invocando el espíritu de justicia y de deber de su subalterno.

Puede anularlo autoritariamente si se trata de un Oficial que desoye esta clase de llamamiento o se deja llevar por su ofuscación. Pero el jefe debe contentarse con proponer tan sólo la anulación del castigo cuando haya sido este impuesto con justicia, puesto que cada cual es responsable de la disciplina de su unidad y debe conservar la plenitud de sus atribuciones.

Anular autoritariamente los castigos merecidos para ejercitar un derecho de gracia imaginaria es un abuso de poder, un agravio desconcertante a la colaboración general, un atentado a las atribuciones de los subalternos y, en consecuencia, un acto de indisciplina, ya que la disciplina es obligatoria de arriba abajo y recíprocamente.