Derecho Internacional Privado Notes

Derecho Internacional Privado

Definición

  • Conjunto de normas jurídicas (origen interno e internacional) que regulan relaciones jurídicas privadas con un elemento extranjero o transnacional.

  • Componentes clave:

    • Relaciones privadas: entre particulares (personas físicas o jurídicas).

    • Elemento de extranjería: nacionalidad, domicilio, lugar de celebración del acto, lugar de cumplimiento, etc.

    • Finalidad:

      • Determinar la ley aplicable al caso.

      • Determinar la jurisdicción competente.

      • Reconocer y ejecutar sentencias extranjeras.

Fundamento Doctrinal

  • Autores clásicos:

    • Andrés Bello: Pionero en regular el conflicto de leyes en Latinoamérica, estableciendo principios de extraterritorialidad y aplicación del derecho extranjero.

    • Bartin: Defensor de la autonomía de la voluntad.

    • Pillet: Ley aplicable basada en la localización de los hechos jurídicos.

    • Savigny: Localización jurídica; cada relación jurídica debe regirse por la ley del lugar con el cual tiene vínculo.

Funcionalidad en el Mundo Moderno

  1. Globalización jurídica y económica

    • El comercio internacional, las inversiones extranjeras, la contratación electrónica transfronteriza y el tráfico internacional de personas hacen indispensable el uso del Derecho Internacional Privado.

    • Ejemplo: Contrato entre empresa hondureña y firma japonesa con cláusulas de elección de ley y foro.

      • Preguntas clave: ¿Qué ley aplicar? ¿Qué tribunal resuelve en caso de conflicto?

  2. Migración y derecho de familia

    • Las migraciones internacionales han provocado un aumento de casos de matrimonios, divorcios, adopciones y sucesiones internacionales.

    • Ejemplo: Matrimonio entre español y guatemalteca celebrado en EE. UU.

      • Pregunta clave: ¿Qué ley regula el régimen patrimonial o la eventual disolución?

  3. Reconocimiento de actos y decisiones extranjeras

    • Las sentencias y actos notariales extranjeros deben ser reconocidos para surtir efectos internos.

    • Ejemplo: Sentencia de adopción emitida en Argentina que busca ser reconocida en Honduras.

  4. Cooperación jurídica internacional

    • El Derecho Internacional Privado facilita mecanismos de cooperación entre Estados en materia civil, familiar, mercantil y procesal.

    • Instrumentos: Convenios de La Haya, Reglamento Bruselas I bis (Europa), Convención Interamericana sobre normas generales de derecho internacional privado (América).

Organismos de Impacto Global

  • Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (HCCH)

    • Elabora convenios internacionales que regulan desde la adopción internacional hasta el reconocimiento de sentencias.

  • UNCITRAL y UNIDROIT

    • Instituciones que han desarrollado normas sustantivas que impactan el DIPr, como la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías.

    • Uncitral: Instrumentos jurídicos internacionales, contratos, arbitrajes, Ecommerce (unifica normas transnacionales).

    • Unidroit: Elabora Principios convenios y modelos legales; ejemplos arrendamiento financiero internacional, leasing, protección del patrimonio cultural (armonización de principios y modelos legales).

Diferencias entre Derecho Internacional Privado y Derecho Internacional Público

Criterio

Derecho Internacional Privado (DIPr)

Derecho Internacional Público (DIPU)

Naturaleza de las relaciones

Regula relaciones entre particulares (personas físicas o jurídicas) cuando hay un elemento extranjero.

Regula relaciones entre Estados soberanos, organizaciones internacionales y otros entes públicos.

Objeto de regulación

Determinación de la ley aplicable. Determinación de la jurisdicción competente. Reconocimiento de sentencias extranjeras.

Tratados internacionales. Solución de controversias interestatales. Normas de guerra, paz, diplomacia, derechos humanos.

Ámbito de aplicación

Interno, pero con proyección internacional.

Supranacional e interestatal.

Fuentes principales

Ley nacional de derecho internacional privado. Tratados bilaterales o multilaterales. Jurisprudencia comparada.

Carta de las Naciones Unidas. Tratados multilaterales (Convención de Viena, etc.). Derecho consuetudinario.

Sujetos

Personas naturales y jurídicas de derecho privado.

Estados, organismos internacionales, movimientos de liberación nacional.

Finalidad

Resolver conflictos de leyes y jurisdicción en relaciones privadas con elementos de extranjería.

Promover la paz, la cooperación, la soberanía y la solución pacífica de controversias entre Estados.

Ramas Vinculadas

  1. Determinación de la ley aplicable (Normas de conflicto)

    • Establece qué ordenamiento jurídico nacional debe aplicarse a una relación privada con elementos internacionales.

    • Se utilizan normas de conflicto de leyes que designan la legislación más adecuada.

    • Ejemplo: Contrato celebrado en Italia entre empresa española y hondureña. ¿Se aplica la ley italiana, la española o la hondureña?

  2. Determinación de la jurisdicción internacional competente

    • Regula qué tribunal nacional tiene competencia para conocer de un litigio privado internacional.

    • Considera factores como el domicilio, el lugar de cumplimiento del contrato, o la voluntad de las partes.

    • Ejemplo: Demanda por alimentos entre padres de distintas nacionalidades. ¿Debe conocerse en el país donde vive el menor o donde reside el demandado?

  3. Reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras

    • Establece las condiciones bajo las cuales una decisión judicial extranjera puede producir efectos legales en otro país.

    • Es decir, cuándo puede reconocerse una sentencia extranjera y hacerse cumplir como si fuera local.

    • Ejemplo: Sentencia de divorcio dictada en Estados Unidos que se desea hacer valer en Honduras para efectos de pensión alimenticia.

  4. Condición jurídica de los extranjeros

    • Regula los derechos y obligaciones de los extranjeros en el territorio nacional, incluyendo su capacidad civil, su acceso a ciertos derechos patrimoniales, y el régimen de igualdad o limitaciones frente a los nacionales.

    • Ejemplo: ¿Puede un extranjero heredar una finca rústica en una zona fronteriza? ¿Tiene derecho a ejercer una profesión regulada?

  5. Nacionalidad y domicilio

    • Aunque algunas corrientes lo consideran parte del Derecho Público, muchos sistemas jurídicos tratan el régimen de la nacionalidad, el domicilio, y la condición de apátrida o doble nacionalidad desde el Derecho Internacional Privado, por su impacto en la determinación de la ley aplicable y la jurisdicción.

    • Ejemplo: Persona con doble nacionalidad (hondureña y alemana) presenta una solicitud de sucesión. ¿Cuál nacionalidad debe prevalecer para efectos jurídicos?

Ejemplos Ilustrativos

  • Caso 1 (DIPr): Empresa hondureña demanda a empresa italiana por incumplimiento de contrato. ¿Qué ley se aplica? ¿Qué tribunal es competente?

    • Se deberá recurrir a normas de conflicto para determinar ley y jurisdicción.

  • Caso 2 (DIPr): Ciudadano mexicano fallece en Honduras dejando bienes en varios países. ¿Qué ley rige la sucesión?

    • Se aplican normas de Derecho Internacional Privado sobre sucesiones internacionales.

  • Caso 1 (DIPu): Honduras suscribe tratado bilateral con Costa Rica sobre cooperación ambiental.

    • Se trata de Derecho Internacional Público, porque son dos Estados los que celebran un acuerdo internacional.

  • Caso 2 (DIPu): La Corte Internacional de Justicia conoce un litigio entre dos países por delimitación marítima.

    • La CIJ solo conoce casos de DIPu porque sus partes procesales son Estados soberanos.