Notas sobre Sujetos de Derecho Internacional y Organizaciones Internacionales

Sujetos de Derecho Internacional: Las Organizaciones Internacionales

1. Definición

  • Una organización internacional (OI) es entendida como una asociación voluntaria de sujetos de Derecho Internacional (DI).

  • Características esenciales:

    • Dotada de una estructura institucional.

    • Posee voluntad propia.

    • Está destinada a la consecución de un conjunto de objetivos comunes.

  • Las OIs surgen para poder responder de manera conjunta a intereses comunes, como por ejemplo, situaciones de enfermedades o pandemias.

2. Características

a) Origen Convencional
  • Las OIs se constituyen mediante un tratado que se conoce como tratado fundacional.

  • Excepcionalmente, algunas OIs se han creado inicialmente bajo derecho interno antes de transformarse en un sujeto de derecho internacional (SDI).

    • Ejemplo: Organización Mundial de Turismo (OMM).

  • El tratado constitutivo otorga subjetividad o personalidad jurídica a la organización, al marcar los deberes y derechos que la OI debe seguir. Normalmente, este tratado constitutivo se denomina Carta.

b) Composición interestatal
  • Generalmente, las OIs están conformadas por Estados.

  • No obstante, algunas OIs incluyen como miembros a otras OIs, territorios o regiones de un Estado.

    • Ejemplos:

    • Organización Mundial de Meteorología

    • Organización Internacional del Azúcar

    • Unión Postal Universal (territorios)

  • Aparte de Estados, pueden incorporarse regiones siempre y cuando tengan características propias, como en el caso de la OMM donde una región debe tener una condición meteorológica propia.

c) Estructura propia
  • Las OIs poseen una organización propia, usualmente más compleja que la de muchos Estados, incluyendo su burocracia, funcionarios y cuerpos administrativos.

d) Voluntad propia
  • Una OI tiene una voluntad propia independiente de los Estados que la componen.

  • Las decisiones tomadas por la OI son obligatorias, implicando a los Estados, ya que son decisiones que pertenecen a la OI.

e) Competencia derivada y funcional
  • Las OIs poseen competencias otorgadas por los Estados miembros, distinguiéndose entre:

    • Competencia derivada: se refiere a las competencias que las OIs han recibido de los Estados que las crean.

    • Competencia funcional: señala que las OIs reciben competencias necesarias para cumplir con funciones definidas por los propios Estados.

3. Clasificación

a) Por sus fines
  • OI de fines generales: Organizaciones que persiguen múltiples objetivos.

    • Ejemplos: ONU, OEA

  • OI de fines específicos: Organizaciones creadas con un único propósito claro.

    • Ejemplos: OMS, FMI

b) Por su extensión geográfica
  • OI universales: Abiertas a la incorporación de cualquier Estado.

    • Ejemplo: ONU

  • OI regionales: Limitadas a una región específica.

    • Ejemplos:

    • UE

    • OEA

    • UA

c) Por sus competencias
  • OI de cooperación: No legitimidad para legislar, orientan o recomiendan políticas.

  • OI de integración: Gozan de competencias para legislar o administrar justicia.

    • Ejemplos: ONU, OEA, UE, CAN, CARICOM

4. Competencias

a) Competencias Explícitas
  • Aquellas expresamente indicadas en el tratado fundacional.

    • No hay controversia sobre ellas, se registran en el tratado constitutivo.

b) Competencias Implícitas
  • Competencias no mencionadas en el tratado, pero asumidas por la OI para cumplir con sus objetivos.

  • Las OIs asumen estas competencias en base a la necesidad de cumplir su mandato, aunque esto puede conllevar a controversias respecto a sus límites.

  • Ejemplo: La OEA asumió competencias implícitas para fortalecer las democracias de los Estados miembros sin especificaciones claras en su tratado.

  • Límites de capacidades: Derivan del texto del tratado fundacional y de los asuntos de jurisdicción interna de los Estados.

5. Estructura

  • La funcionalidad de una OI depende de sus órganos y de las personas que trabajan en ella.

5.1. Órganos
  • Las OIs suelen contar con al menos tres tipos de órganos:

    1. Órgano Deliberante (Parlamentario):

    • Conformado por todos los Estados miembros, donde cada uno tiene un voto.

    • Se encarga de deliberar y decidir sobre el plan de acción de la OI, además aprueba el presupuesto.

    • Se considera un órgano democrático.

    1. Órgano Ejecutivo:

    • Conformado por un grupo selecto de Estados miembros, encargándose de ejecutar las decisiones del órgano deliberante.

    • No está conformado por todos los países miembros.

    1. Órgano Administrativo:

    • Compuesto por un solo funcionario que representa los intereses de la OI y gestiona la agenda de trabajo.

    • Se ocupa del funcionamiento cotidiano de la OI.

5.2. Personas
  • Representantes Gubernamentales: Funcionarios de los Estados miembros que participan en el funcionamiento de la OI.

  • Representantes de la Organización: Funcionarios contratados que también participan en los órganos de la OI.

6. Formación de Voluntad

  • Aunque las OIs tienen una voluntad propia, esta se forma a través de votaciones de los Estados miembros.

  • A finales del siglo XIX y principios del XX existía la regla de unanimidad, donde cada Estado tenía derecho a veto.

  • Con la creación de la ONU en 1945, se cambió a la regla de mayorías para tomar decisiones, introduciendo:

    • Mayoría calificada (2/3) para decisiones importantes.

    • Mayoría simple para cuestiones de procedimiento.

    • Mayoría absoluta (mitad más uno).

  • Práctica común: se busca el consenso entre los Estados, si no se logra se pasa a votación donde se aplica la regla de mayorías.

7. Protección Funcional

7.1. Concepto
  • Derecho de una OI a reclamar internacionalmente por daños sufridos por un funcionario en el ejercicio de su función.

  • Tiene un paralelismo con la protección diplomática, donde un Estado protege a nacionales perjudicados por ilícitos internacionales.

  • La OI debe asegurar la protección para que los agentes puedan desempeñar sus funciones de manera adecuada.

7.2. Requisitos
  • Vínculo funcional entre la OI y el funcionario afectado, evidenciado por documentos identificativos.

  • El funcionario debe estar ejercitando funciones al momento de sufrir el hecho ilícito internacional.