Notas sobre Sujetos de Derecho Internacional y Organizaciones Internacionales
Sujetos de Derecho Internacional: Las Organizaciones Internacionales
1. Definición
Una organización internacional (OI) es entendida como una asociación voluntaria de sujetos de Derecho Internacional (DI).
Características esenciales:
Dotada de una estructura institucional.
Posee voluntad propia.
Está destinada a la consecución de un conjunto de objetivos comunes.
Las OIs surgen para poder responder de manera conjunta a intereses comunes, como por ejemplo, situaciones de enfermedades o pandemias.
2. Características
a) Origen Convencional
Las OIs se constituyen mediante un tratado que se conoce como tratado fundacional.
Excepcionalmente, algunas OIs se han creado inicialmente bajo derecho interno antes de transformarse en un sujeto de derecho internacional (SDI).
Ejemplo: Organización Mundial de Turismo (OMM).
El tratado constitutivo otorga subjetividad o personalidad jurídica a la organización, al marcar los deberes y derechos que la OI debe seguir. Normalmente, este tratado constitutivo se denomina Carta.
b) Composición interestatal
Generalmente, las OIs están conformadas por Estados.
No obstante, algunas OIs incluyen como miembros a otras OIs, territorios o regiones de un Estado.
Ejemplos:
Organización Mundial de Meteorología
Organización Internacional del Azúcar
Unión Postal Universal (territorios)
Aparte de Estados, pueden incorporarse regiones siempre y cuando tengan características propias, como en el caso de la OMM donde una región debe tener una condición meteorológica propia.
c) Estructura propia
Las OIs poseen una organización propia, usualmente más compleja que la de muchos Estados, incluyendo su burocracia, funcionarios y cuerpos administrativos.
d) Voluntad propia
Una OI tiene una voluntad propia independiente de los Estados que la componen.
Las decisiones tomadas por la OI son obligatorias, implicando a los Estados, ya que son decisiones que pertenecen a la OI.
e) Competencia derivada y funcional
Las OIs poseen competencias otorgadas por los Estados miembros, distinguiéndose entre:
Competencia derivada: se refiere a las competencias que las OIs han recibido de los Estados que las crean.
Competencia funcional: señala que las OIs reciben competencias necesarias para cumplir con funciones definidas por los propios Estados.
3. Clasificación
a) Por sus fines
OI de fines generales: Organizaciones que persiguen múltiples objetivos.
Ejemplos: ONU, OEA
OI de fines específicos: Organizaciones creadas con un único propósito claro.
Ejemplos: OMS, FMI
b) Por su extensión geográfica
OI universales: Abiertas a la incorporación de cualquier Estado.
Ejemplo: ONU
OI regionales: Limitadas a una región específica.
Ejemplos:
UE
OEA
UA
c) Por sus competencias
OI de cooperación: No legitimidad para legislar, orientan o recomiendan políticas.
OI de integración: Gozan de competencias para legislar o administrar justicia.
Ejemplos: ONU, OEA, UE, CAN, CARICOM
4. Competencias
a) Competencias Explícitas
Aquellas expresamente indicadas en el tratado fundacional.
No hay controversia sobre ellas, se registran en el tratado constitutivo.
b) Competencias Implícitas
Competencias no mencionadas en el tratado, pero asumidas por la OI para cumplir con sus objetivos.
Las OIs asumen estas competencias en base a la necesidad de cumplir su mandato, aunque esto puede conllevar a controversias respecto a sus límites.
Ejemplo: La OEA asumió competencias implícitas para fortalecer las democracias de los Estados miembros sin especificaciones claras en su tratado.
Límites de capacidades: Derivan del texto del tratado fundacional y de los asuntos de jurisdicción interna de los Estados.
5. Estructura
La funcionalidad de una OI depende de sus órganos y de las personas que trabajan en ella.
5.1. Órganos
Las OIs suelen contar con al menos tres tipos de órganos:
Órgano Deliberante (Parlamentario):
Conformado por todos los Estados miembros, donde cada uno tiene un voto.
Se encarga de deliberar y decidir sobre el plan de acción de la OI, además aprueba el presupuesto.
Se considera un órgano democrático.
Órgano Ejecutivo:
Conformado por un grupo selecto de Estados miembros, encargándose de ejecutar las decisiones del órgano deliberante.
No está conformado por todos los países miembros.
Órgano Administrativo:
Compuesto por un solo funcionario que representa los intereses de la OI y gestiona la agenda de trabajo.
Se ocupa del funcionamiento cotidiano de la OI.
5.2. Personas
Representantes Gubernamentales: Funcionarios de los Estados miembros que participan en el funcionamiento de la OI.
Representantes de la Organización: Funcionarios contratados que también participan en los órganos de la OI.
6. Formación de Voluntad
Aunque las OIs tienen una voluntad propia, esta se forma a través de votaciones de los Estados miembros.
A finales del siglo XIX y principios del XX existía la regla de unanimidad, donde cada Estado tenía derecho a veto.
Con la creación de la ONU en 1945, se cambió a la regla de mayorías para tomar decisiones, introduciendo:
Mayoría calificada (2/3) para decisiones importantes.
Mayoría simple para cuestiones de procedimiento.
Mayoría absoluta (mitad más uno).
Práctica común: se busca el consenso entre los Estados, si no se logra se pasa a votación donde se aplica la regla de mayorías.
7. Protección Funcional
7.1. Concepto
Derecho de una OI a reclamar internacionalmente por daños sufridos por un funcionario en el ejercicio de su función.
Tiene un paralelismo con la protección diplomática, donde un Estado protege a nacionales perjudicados por ilícitos internacionales.
La OI debe asegurar la protección para que los agentes puedan desempeñar sus funciones de manera adecuada.
7.2. Requisitos
Vínculo funcional entre la OI y el funcionario afectado, evidenciado por documentos identificativos.
El funcionario debe estar ejercitando funciones al momento de sufrir el hecho ilícito internacional.