Artículo 9.2 (copy)
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integren sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud y facilitan la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.