Semana 6

ACTOS PROCESALES

  • NOCIÓN:

    • Los actos procesales son manifestaciones de voluntad de los sujetos del proceso (juez, partes o terceros) que producen efectos jurídicos directos sobre la relación procesal.

  • REQUISITOS:

    • E. Objetivo

      • Forma

      • Conjunto de formalidades → ley procesal → exige → para → validez de los actos --> Art. 119 CPC

    • E. Subjetivo

      • Causa

      • Intención

      • Objeto

    • Contenido

    • Expresa de modo válido →Voluntad de la persona que lo realiza

  • A. P. PROVENIENTES DE LAS PARTES:

    • Las partes

      • Constituyen

      • Modifican

      • Extinguen

    • La relación procesal

    • Art 129 CPC

  • A. P. PROVENIENTES DEL JUEZ:

    • De decisión o proveimiento emitidos por el juez

    • Impulsan el proceso o resuelven controversias

  • A. P. DEL JUEZ:

    • Todos los actos que el juez realiza → en → Desarrollo del proceso

    • Actos formales que materializan la función jurisdiccional

    • ACTUACIONES JUDICIALES:

      • Audiencias o diligencias judiciales → Documentan en actas

      • Declaración de partes

      • Testimonios

      • Inspecciones judiciales

      • Actuación de pruebas

      • Debates periciales

  • LOS DECRETOS:

    • Resoluciones de mero trámite

    • Ordenan o impulsan el desarrollo del proceso

    • REQUISITOS:

      • Lugar y Fecha

      • Número de orden

      • Firma del juez y secretario

      • Cumplir el plazo legal

  • LOS AUTOS:

    • Resoluciones que resuelven → Cuestiones incidentales o de Trámite sustancial

    • REQUISITOS:

      • Número de expediente

      • Identificación de partes

      • Materia

      • Lugar

      • Fecha

      • Fundamentos de hecho y derecho

      • Decisión clara

      • Plazo de cumplimiento

      • Firma del juez y secretarios

SENTENCIA

  • DEFINICIÓN:

    • Resolución que pone fin al proceso o a la instancia

  • REQUISITOS:

    • Debe ser clara, precisa y motivada

      • Identifiación del expediente

      • Partes

      • Materia

      • Fundamentos

      • Decisión

      • Plazo de cumplimiento

      • Costos y costas

      • Firma del juez y auxiliar

  • PARTES:

    • Expositiva

      • Describe antecedentes del proceso

    • Considerativa

      • Expone los fundamentos de hecho y de derecho --> Análisis crítico

    • Resolutiva

      • Decisión final o fallo del juez

      • Núcleo de la sentencia

  • REVISIÓN DE ÓRGANO SUPERIOR:

    • Si no se interpone apelación dentro del plazo, la sentencia queda consentida y adquiere autoridad de cosa juzgada

    • Si es confirmada, se convierte en ejecutoria firme e inmutable

COSA JUZGADA

  • DEFINICIÓN:

    • Institución jurídica → Otorga estabilidad a las Resoluciones judiciales

  • FORMACIÓN DEL EXPEDIENTE:

    • Auxiliares judiciales

      • Formar

      • Conservar

      • Custodiar

    • Expedientes

    • Partes pueden solicitar copia certificada → salvo → Casos de carácter personalísimo

  • TIEMPO EN LOS ACTOS PROCESALES:

    • Deben realizarse en el día y hora señalados

    • Plazos → Perentorios → cuentan desde el día siguiente de la notificación

  • OFICIOS Y EXHORTOS:

    • Oficios → Para comunicación con otras autoridades o instituciones

    • Exhortos → Permiten practicar diligencia fuera del territorio jurisdiccional --> Sin transmitir competencia

  • NOTIFICACIONES:

    • Su validez determina el inicio de los plazos procesales

    • Cédula de notificación:

      • Nombre del notificado

      • Domicilio

      • Proceso

      • Juzgado

      • Texto de la resolución

    • Procedimiento de entrega: Si el destinatario no está, se deja aviso o se entrega a persona capaz --> Si no hay nadie, se introduce por la puerta principal del domicilio

    • Notificación por Exhorto:

      • Cuando el domicilio está fuera de la competencia territorial

      • Fax, correo electrónico o exhorto judicial

    • Notificación por Edictos:

      • Domicilio incierto o desconocido

        • Se publica en el diario oficial y en otro de amplia circulación