El análisis de varios conceptos de Constitución es fundamental para entender la estructura política y social de un país. La pregunta fundamental que se plantea es: ¿qué es una Constitución? Esta cuestión fue formulada por Ferdinand Lassalle en el siglo XIX, lo que marcó el inicio de un debate que ha evolucionado a lo largo del tiempo, mostrando la complejidad del concepto. La dificultad para alcanzar un concepto neutro y científicamente válido en torno a la Constitución complica su definición clara.
En 1862, Ferdinand Lassalle planteó preguntas profundas sobre la naturaleza de la Constitución, destacando que su análisis es vital para la comprensión del poder en la sociedad. A lo largo de los último 150 años, ha habido múltiples intentos por parte de diversos autores de clarificar este concepto, cada uno aportando diferentes perspectivas que reflejan el contexto histórico y sociopolítico de su época. Este trabajo revisará cronológicamente los enfoques propuestos por pensadores relevantes, permitiendo una visión más amplia de la evolución del concepto de Constitución.
Lassalle define la Constitución como "la suma de los factores reales de poder" en un país. Esta definición subraya la distinción entre dos tipos de Constitución:
Constitución real y efectiva: Se refiere al poder real que existe dentro de la sociedad, incluyendo fuerzas políticas y sociales que pueden no estar necesariamente reflejadas en el documento escrito de la Constitución.
Hoja de papel: Se refiere a la Constitución escrita, que, aunque puede formalmente reflejar esos factores de poder, puede resultar ineficaz si no coincide con la realidad del poder existente en el país. Lassalle argumenta que la ley fundamental debería servir como base para otras leyes y reflejar activamente el poder social disponible y su dinámica.
Carl Schmitt introduce una importante distinción entre un concepto absoluto de Constitución y un concepto positivo, viendolo con un signficado sumamente politico. Según Schmitt:
La Constitución no debe ser vista solo como una norma estática, sino como una regulación fundamental que subyace a la organización política del Estado, lo que refleja su naturaleza dinámica y adaptable.
Schmitt sostiene que la Constitución dinámica debe evolucionar y desarrollarse en respuesta a los cambios en el contexto sociopolítico. Rechaza la noción de una Constitución absoluta, argumentando que debe considerarse como algo relativo o positivo ligado a un acto de poder constituyente que define la organización del Estado.
Hans Kelsen aporta una perspectiva clave con su visión de la Constitución en dos aspectos:
Constitución formal: Se refiere al documento que regula su propia modificación, estableciendo los procesos legales necesarios para su cambio.
Constitución material: Engloba las normas que organizan los procesos legislativos y el uso del poder público. Kelsen enfatiza la interconexión entre las normas constitucionales y el contenido de otras leyes, subrayando que la Constitución no es un documento aislado, sino una parte integral de la estructura legal del país.
Maurice Hauriou sugiere dos tipos de Constitución que son esenciales para su comprensión:
Constitución política: Aborda las libertades individuales y la organización del gobierno, destacando la figura del ciudadano y la importancia de su interacción con el estado.
Constitución social: Se refiere a las instituciones sociales que mantienen la libertad, tales como la educación y la salud, que son fundamentales para la cohesión y el bienestar social.
Jurista español que analizó la Constitución desde una perspectiva histórica, política y sociológica. En su obra distingue tres enfoques principales para comprender la Constitución.
Concepto racional-normativo
La Constitución es una norma jurídica racionalmente organizada.
Se basa en principios del liberalismo y la Ilustración.
Aspira a crear un orden jurídico estable y completo.
Concepto histórico-tradicional
La Constitución no es creada artificialmente, sino que es el resultado de la evolución histórica de una sociedad.
Se basa en la costumbre y la tradición, más que en normas escritas.
Concepto sociológico
La Constitución no es solo una norma, sino una expresión de la realidad política y social de un país.
Depende del contexto social y de las relaciones de poder.
un enfoque normativo, sustantivo y formal de la Constitución, buscando definirla de manera integral dentro del derecho constitucional. Su obra se basa en la idea de que la Constitución es más que un simple documento legal, ya que organiza el Estado y garantiza derechos fundamentales.
Su enfoque es normativo, sustantivo y formal.
Considera la Constitución como el orden supremo del Estado, estableciendo normas fundamentales que regulan el poder y protegen derechos.
Distingue la Constitución de las leyes comunes por su rango superior, contenido esencial y proceso de modificación más difícil.
Su teoría refuerza la idea de que una Constitución no es solo un documento legal, sino un marco que organiza y protege el Estado y a los ciudadanos.
diferencia de otros autores:
Difiere de Kelsen, porque no ve la Constitución solo como una norma jerárquica, sino como un orden jurídico completo con principios esenciales.
Se aleja de Schmitt, porque considera que la Constitución no solo es una decisión política, sino un conjunto de reglas jurídicas con estabilidad a largo plazo.
Coincide con Hauriou y Biscaretti di Ruffia, en que la Constitución es la base jurídica y política de la organización estatal.
Jurista italiano que analiza la Constitución desde una perspectiva moderna, tomando en cuenta el contexto globalizado y la interdependencia entre Estados.
Concepto de Constitución según Zagrebelsky
La Constitución no es un punto de partida, sino un objetivo a alcanzar.
No es solo un documento legal, sino un proceso dinámico de construcción política y social.
La Constitución debe adaptarse a los cambios sociales y no ser una estructura rígida.
Aportes
Destaca la importancia de la Constitución en un mundo globalizado, donde los Estados no son entidades aisladas, sino interdependientes.
Explica que las Constituciones modernas ya no pueden verse como un centro del que todo emana, sino como un objetivo al que todo debe converger.
Destaca la importancia de la Constitución en un mundo globalizado e interdependiente, donde los Estados ya no son entidades completamente autónomas.
Rechaza la idea de una Constitución rígida e inmutable, argumentando que debe adaptarse a los cambios sociales, políticos y económicos.
Introduce el concepto de "derecho dúctil", donde la Constitución no debe interpretarse de forma rígida, sino con flexibilidad según el contexto social.
Santi Romano:
introduce la idea de que el derecho no es solo normas, sino un fenómeno institucional.
La Constitución no solo es un documento, sino la organización real del Estado.
Explica que las instituciones preceden a las normas: primero existe la organización social, luego las reglas que la regulan.
Hermann Heller:
Define la Constitución como una realidad política y social, no solo un documento legal.
Distingue entre Constitución normada (establecida por normas jurídicas) y Constitución real (la organización política efectiva).
Afirma que la Constitución es un reflejo de la voluntad colectiva, en constante cambio.Paolo Biscaretti di Ruffia: Destaca la importancia de la tradición y la cultura en la configuración de las Constituciones.
Nicolás Pérez Serrano:
Plantea que la Constitución tiene una dimensión interna y externa.
Constitución interna: Es la estructura espontánea de la sociedad, basada en la historia y cultura de un país.
Constitución externa: Es la norma escrita que formaliza el sistema político y que solo es válida si refleja la realidad interna.
Critica el positivismo (como el de Kelsen), argumentando que la Constitución no puede ser creada artificialmente, sino que debe basarse en la identidad del país.
Ernesto Saa Velásquez:
Define la Constitución como un sistema de normas positivas que contienen principios políticos, sociales y económicos.
Destaca que la Constitución condiciona todas las demás normas dentro del sistema jurídico.
Distingue entre aspectos formales y materiales de la Constitución
Jorge Reinaldo Vanossi:
Diferencia entre conceptos políticos y conceptos científicos de Constitución.
Define la Constitución como las reglas del juego político y social que una comunidad adopta.
Explica que la Constitución no es un fin en sí misma, sino un instrumento para garantizar estabilidad y derechos.
Destaca que una Constitución real debe ser aceptada por la sociedad y aplicada efectivamente.
Georges Burdeau: Define la Constitución como el estatuto del poder.
La Constitución tiene dos funciones principales:
Establecer la organización del Estado.
Regular el ejercicio del poder para evitar abusos.
Destaca que el poder debe estar institucionalizado dentro de la Constitución para garantizar estabilidad.Rudolf Smend: Establece conceptos sobre la interrelación entre la Constitución y la voluntad del pueblo.
Antonio-Carlos Pereira Menaut: Sistematiza seis enfoques de la Constitución, desde la visión normativa hasta la política y sociológica.
Destaca que la Constitución debe cumplir tres funciones esenciales:
Estado de Derecho: Limitar el poder.
División de poderes: Organizar el Estado.
Garantía de derechos: Proteger a los ciudadanos.
Argumenta que la Constitución es un invento liberal, diseñado para proteger la libertad de los individuos.
Carlos Santiago Nino:
Distingue entre Constitución en sentido mínimo (organización del poder) y Constitución en sentido pleno (garantía de derechos y separación de poderes).
Destaca que la Constitución es un conjunto de normas que restringen el poder del Estado.
Advierte que el concepto de Constitución varía según el contexto político y social.
Alejandro Silva Bascuñán: -
Define la Constitución como la ley fundamental del Estado, diferenciando entre Constitución política y Constitución social.
Destaca que la Constitución debe reflejar los aspectos esenciales del sistema político.
Establece la diferencia entre Constitución en sentido formal (documento legal) y Constitución en sentido material (principios fundamentales del Estado).
Paolo Comanducci: Clasifica los enfoques de la Constitución en cuatro metamodelos:
Orden axiológico (valores fundamentales).
Orden descriptivo (realidad política).
Norma descriptiva (reglas básicas del Estado).
Norma axiológica (normas con valores esenciales).
Explica que la Constitución combina elementos jurídicos, políticos y filosóficos.
Humberto Nogueira Alcalá y Francisco Cumplido Cereceda:
Analizan distintas teorías constitucionales y concluyen que no es posible un concepto único de Constitución.
Destacan que la Constitución es una combinación de derecho, política y sociedad.
Afirman que no se puede separar totalmente el ser del deber ser al analizar la Constitución
Se presentan 26 acepciones diferentes del término "Constitución", reflejando su complejidad. Estas incluyen:
Rasgos básicos de la colectividad.
Contenido de textos constitucionales.
Forma de organización decisoria.
Norma suprema del orden jurídico.
Identificación con el Estado y su estructura.
Sinónimos de régimen político.
Consideraciones sobre libertades individuales e instituciones de gobierno.
Libertades e instituciones sociales.
Actividad de estructuración estatal.
Regulación permanente del Estado, entre otros.
1. Autores que ven la Constitución como una DECISIÓN POLÍTICA y un reflejo del PODER
Estos autores creen que la Constitución no es solo un documento normativo, sino que depende de las relaciones de poder en la sociedad y de la voluntad política de quienes gobiernan.
Ferdinand Lassalle → Constitución como suma de los factores reales de poder.
Carl Schmitt → Constitución como decisión política fundamental.
Jorge Reinaldo Vanossi → Constitución como las reglas del juego político y social.
Georges Burdeau → Constitución como estatuto del poder.
🔹 Similitudes:
Todos consideran que la Constitución no es neutral, sino que está determinada por el poder político y económico.
Creen que la Constitución no puede separarse de la realidad política y social, ya que depende de los actores que dominan en la sociedad.
Lassalle y Schmitt coinciden en que la Constitución escrita solo tiene valor si refleja el poder real.
🔻 Diferencias:
Schmitt enfatiza más en la decisión política del constituyente (quién crea la Constitución), mientras que Lassalle se enfoca en los poderes reales que la sostienen.
Vanossi introduce la idea de que la Constitución es un medio, no un fin, lo que lo acerca a las perspectivas más institucionalistas.
2. Autores que ven la Constitución como un SISTEMA NORMATIVO (perspectiva jurídica formalista)
Estos autores creen que la Constitución es ante todo una norma jurídica, la base del ordenamiento legal y no depende directamente de la política.
Hans Kelsen → Constitución como norma fundamental (Grundnorm).
Klaus Stern → Constitución como orden normativo supremo.
Ernesto Saa Velásquez → Constitución como sistema de normas positivas.
Paolo Biscaretti di Ruffia → Constitución como marco supremo del derecho.
Alejandro Silva Bascuñán → Constitución como ley fundamental del Estado.
🔹 Similitudes:
Todos creen que la Constitución es el nivel más alto de la jerarquía jurídica y no debe confundirse con simples relaciones de poder.
Kelsen y Stern coinciden en que la Constitución debe ser una norma jurídica estable y suprema.
Saa Velásquez y Biscaretti di Ruffia refuerzan la idea de que la Constitución debe garantizar derechos y principios esenciales.
🔻 Diferencias:
Kelsen considera la Constitución totalmente independiente de la política, mientras que Stern reconoce que debe adaptarse, aunque dentro de ciertos límites.
Silva Bascuñán agrega el concepto de Constitución social, lo que lo acerca a perspectivas más dinámicas.
3. Autores que ven la Constitución como un PROCESO SOCIAL en constante evolución
Estos autores creen que la Constitución no es un texto rígido, sino que está en constante cambio y adaptación a la sociedad.
Hermann Heller → Constitución como reflejo de la realidad política y social.
Rudolf Smend → Constitución como proceso de integración.
Gustavo Zagrebelsky → Constitución como proceso en construcción y objetivo a alcanzar.
Antonio-Carlos Pereira Menaut → Constitución como instrumento flexible para garantizar el Estado de Derecho.
Carlos Santiago Nino → Constitución como norma que debe adaptarse a la realidad social.
Manuel García Pelayo → Constitución con tres enfoques: normativo, histórico y sociológico.
🔹 Similitudes:
Todos coinciden en que la Constitución debe evolucionar con la sociedad y no puede ser vista como algo estático.
Heller y Smend consideran que la Constitución integra las fuerzas sociales y políticas, asegurando su estabilidad.
Zagrebelsky y Pereira Menaut destacan que la Constitución es más un proceso que un documento inmutable.
🔻 Diferencias:
Smend y Heller se enfocan en la Constitución como mecanismo de cohesión social, mientras que Zagrebelsky la ve como un objetivo a alcanzar en el tiempo.
Nino y García Pelayo agregan una perspectiva más amplia, considerando factores históricos y políticos en la evolución constitucional.
4. Autores que combinan ENFOQUES MÚLTIPLES (Normativo + Social + Político)
Estos autores intentan integrar la perspectiva jurídica, política y social en una única visión de la Constitución.
Santi Romano → Constitución como estructura institucional del Estado.
Nicolás Pérez Serrano → Constitución como estructura interna y externa.
Paolo Comanducci → Constitución según cuatro metamodelos: orden, norma, valores y realidad social.
Humberto Nogueira Alcalá & Francisco Cumplido Cereceda → Constitución como un concepto que no puede ser definido de forma única.
🔹 Similitudes:
Todos reconocen que la Constitución no es solo un texto legal, sino un fenómeno político, social y jurídico a la vez.
Romano y Pérez Serrano coinciden en que la Constitución tiene una dimensión estructural e institucional.
Comanducci y Nogueira-Cumplido destacan que la Constitución depende del contexto y no puede definirse con un solo concepto.
🔻 Diferencias:
Romano y Pérez Serrano se enfocan más en la estructura del Estado, mientras que Comanducci intenta clasificar todas las teorías existentes.
Nogueira y Cumplido llegan a la conclusión de que no es posible encontrar un concepto único de Constitución.
A pesar de los esfuerzos continuos de diversos pensadores para encontrar una definición consensuada, no se ha alcanzado un consenso claro sobre un único concepto de Constitución. Cada interpretación está influenciada por perspectivas ideológicas y filosóficas que reflejan las dimensiones complejas del poder y la política en la sociedad. En consecuencia, la búsqueda de un concepto científico y unívoco de "Constitución" parece ser imposible, dada su naturaleza no neutra y en constante evolución.