Tema 1 – La Constitución Española de 1978
Contexto histórico
- Proceso constituyente inédito por aprovechar los mecanismos de reforma de las Leyes Fundamentales vigentes.
- Muerte de Franco (20denoviembrede1975):
- Proclamación de DonJuanCarlosI como Rey.
- Constitución de un Gobierno presidido por AdolfoSuaˊrez (juliode1976).
- Proyecto de Ley para la Reforma Política remitido a las Cortes (octubrede1976):
- Aprobada por referéndum y convertida en Ley Fundamental (4deenerode1977).
- Reconoce derechos fundamentales, unas Cortes bicamerales elegidas por sufragio universal y un procedimiento de reforma con referéndum.
- Elecciones a Cortes Constituyentes: 15dejuniode1977 (Cortes pluralistas de signo demoliberal).
- Ponencia constitucional: 7 diputados designados por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas.
- Tramitación parlamentaria: Congreso → Senado → Comisión Mixta → aprobación de ambas Cámaras (31deoctubrede1978).
- Ratificación en referéndum (6dediciembrede1978), sanción real (27dediciembre) y publicación/vigencia en BOE (29dediciembre).
- Reformas constitucionales:
- 27deagostode1992: modificación del art.13.2 (sufragio pasivo de ciudadanos UE en elecciones municipales).
- 27deseptiembrede2011: modificación del art.135 (principio de estabilidad presupuestaria).
Estructura de la Constitución
- Preámbulo de carácter político.
- 169 artículos distribuidos en:
- Título Preliminar (arts.1!!−9).
- Diez Títulos numerados I−X.
- 4 Disposiciones Adicionales, 9 Transitorias, 1 Derogatoria y 1 Final.
- Organización interna (Título–Capítulo–Sección) codificada.
- Esquema sintético:
- Título I: Derechos y Deberes (arts.10!!−55).
- Título II: Corona (56!!−65).
- Título III: Cortes Generales (66!!−96).
- Título IV: Gobierno y Administración (97!!−107).
- Título V: Relaciones Gobierno–Cortes (108!!−116).
- Título VI: Poder Judicial (117!!−127).
- Título VII: Economía y Hacienda (128!!−136).
- Título VIII: Organización Territorial (137!!−158).
- Título IX: Tribunal Constitucional (159!!−165).
- Título X: Reforma Constitucional (166!!−169).
- División material:
- Parte dogmática: Títulos Preliminar e I (principios y derechos).
- Parte orgánica: Títulos II–X (instituciones, territorio, economía, reforma).
Características de la Constitución
- Desde un punto de vista formal:
- Consensuada: producto de pactos interpartidistas ("acuerdo de mínimos").
- Ambigua y polivalente: amplio marco interpretativo.
- Abierta: remisiones constantes a la ley.
- Codificada y extensa: texto articulado amplio para romper con el régimen previo.
- Escrita y rígida: supremacía jurídica y procedimientos de reforma agravados.
- Poco original: influencias de la CE 1931, Declaración Universal DDHH, Constitución italiana 1947, Ley Fundamental de Bonn 1949.
- Norma jurídica suprema (cúspide de la jerarquía normativa).
- Desde un punto de vista material:
- Democrática (soberanía popular).
- Monárquica (monarquía parlamentaria).
- Autonomista (Estado de las Autonomías, superando el regionalismo).
- Garantista (amplio catálogo de derechos + mecanismos de protección).
Título Preliminar: Principios y valores fundamentales
- Propósito: fijar la identidad del Estado y su ordenamiento.
- Art. 1:
- España = Estado social y democrático de Derecho.
- Valores superiores: libertad, justicia, igualdad, pluralismo político.
- Soberanía nacional en el pueblo español; forma política: Monarquía parlamentaria.
- Art. 2: Unidad indisoluble de la Nación + derecho a la autonomía y solidaridad interterritorial.
- Art. 3: Castellano lengua oficial; cooficialidad de lenguas autonómicas; riqueza lingüística como patrimonio.
- Art. 4: Descripción de la bandera; uso de banderas autonómicas.
- Art. 5: Capital del Estado: Madrid.
- Art. 6: Partidos políticos como instrumento clave de participación; obligación de democracia interna.
- Art. 7: Sindicatos y asociaciones empresariales (funcionamiento democrático).
- Art. 8: Fuerzas Armadas (misión de soberanía, integridad y orden constitucional); desarrollo por Ley Orgánica.
- Art. 9:
- Sujeción de ciudadanía y poderes a la Constitución y a la ley.
- Mandato de promover libertad e igualdad reales (cláusula de Estado social 9.2).
- Principios jurídicos 9.3: legalidad, jerarquía normativa, publicidad de normas, irretroactividad de sanciones desfavorables, seguridad jurídica, responsabilidad, interdicción de la arbitrariedad.
Valores superiores
- Libertad:
- Dimensión organizativa: soberanía nacional, sufragio universal, separación de poderes, protección de derechos.
- Dimensión personal: esfera de no intervención + participación + acción positiva estatal para igualdad.
- Justicia: Identificada por el TC con igualdad, equidad o justicia concreta.
- Igualdad: Art. 14 (formales) y art. 9.2 (materiales: transformación social).
- Pluralismo político: Reconocimiento a partidos 6, derecho de participación 23 y autonomía territorial 2.
Principios constitucionales
- Estado social y democrático de Derecho:
- Estado de Derecho (supremacía de la ley + derechos exigibles).
- Democrático (instituciones representativas; protagonismo de los partidos).
- Social (superación del liberalismo; acción positiva para igualdad efectiva).
- Monarquía parlamentaria y Estado autonómico.
- Principios del art.9.3 (citados arriba).
Título I: Derechos y deberes fundamentales
- Estructura:
- Art. 10 (dignidad humana y remisión a DDHH internacionales).
- Capítulo I – Españoles y extranjeros (11!!−13).
- Capítulo II – Derechos y libertades (14!!−38).
- Sección 1ª – Derechos fundamentales y libertades públicas (15!!−29).
- Sección 2ª – Derechos y deberes de los ciudadanos (30!!−38).
- Capítulo III – Principios rectores de la política social y económica (39!!−52).
- Capítulo IV – Garantías (53!!−54).
- Capítulo V – Suspensión de derechos (55).
- Nacionalidad (adquisición, pérdida, prohibición de privar a españoles de origen).
- Mayoría de edad: 18 años.
- Derechos de los extranjeros condicionados a ley y tratados; excepcionalidad en sufragio 23; extradición con exclusión de delitos políticos (no terrorismo); derecho de asilo.
Capítulo II: Derechos y libertades
Sección 1ª – Derechos fundamentales y libertades públicas
- Derecho a la vida e integridad; abolición de pena de muerte (excepto guerra, hoy suprimido por LO 11/1995).
- Libertad ideológica y religiosa; aconfesionalidad del Estado; LO 7/1980.
- Libertad y seguridad (habeas corpus, plazo máximo 72 horas, asistencia letrada).
- Derechos al honor, intimidad y propia imagen; inviolabilidad domiciliaria, secreto comunicaciones; LO 1/1982.
- Libertad de residencia y circulación; entrada/salida sin motivación política.
- Libertad de expresión, creación, información veraz, libertad de cátedra; límites en honor, intimidad, juventud/infancia; secuestro sólo judicial.
- Derecho de reunión (LO 9/1983) y manifestación (comunicación previa).
- Derecho de asociación (LO 1/2002); prohibición de asociaciones secretas/paramilitares.
- Participación política (art.23): directa o por representantes; acceso igual a cargos públicos.
- Tutela judicial efectiva (art.24): juez predeterminado, defensa, presunción de inocencia, prohibición de indefensión.
- Principio de legalidad penal (art.25); carácter reeducador de las penas; prohibición de trabajos forzados; limitaciones penales a la Administración.
- Prohibición de Tribunales de honor (art.26).
- Derecho a la educación (art.27): libertad de enseñanza, autonomía universitaria, enseñanza básica obligatoria y gratuita.
- Libertad sindical (LO 11/1985) y derecho de huelga (pendiente de LO; regulado por RD-ley 17/1977).
- Derecho de petición (LO 4/2001).
Sección 2ª – Derechos y deberes de los ciudadanos
- Defensa de España, prestaciones sustitutorias y servicio civil (art.30).
- Principio de capacidad económica y sistema tributario justo (art.31).
- Derecho a contraer matrimonio con plena igualdad (art.32).
- Derechos de propiedad y herencia con función social y expropiación por utilidad pública (art.33).
- Derecho de fundación (art.34).
- Derecho al trabajo y Estatuto de los Trabajadores (art.35).
- Régimen de Colegios Profesionales (art.36).
- Negociación colectiva y conflictos colectivos (art.37).
- Libertad de empresa en economía de mercado (art.38).
Capítulo III: Principios rectores de la política social y económica
- Familia, protección de hijos y madres (art.39).
- Seguridad Social universal (art.41).
- Derecho a la salud y deber estatal de organización sanitaria (art.43).
- Prevención, rehabilitación e integración de personas con discapacidad (art.49).
- Pensiones adecuadas para la tercera edad (art.50).
- Acceso a cultura, ciencia e investigación; protección del patrimonio (arts.44,46).
- Derecho a vivienda; regulación del suelo y participación de la comunidad en plusvalías (art.47).
- Protección del medio ambiente y deber de conservarlo (art.45).
- Participación juvenil (art.48), de consumidores y usuarios (art.51) y de organizaciones profesionales (art.52).
- Progreso socio-económico, distribución equitativa de la renta y pleno empleo; seguridad e higiene laboral, jornada limitada y vacaciones (art.40).
- Protección de trabajadores españoles en el extranjero (art.42).
Capítulo IV: Garantías (arts. 53 y 54)
- Reserva de ley para regular derechos; respeto al contenido esencial según doctrina del TC.
- Recurso de inconstitucionalidad contra leyes vulneradoras de cualquier derecho del Capítulo II.
- Garantías adicionales (preferencia, sumariedad y recurso de amparo) para art.14 y Sección 1ª, incl. objeción de conciencia (art.30).
- Principios rectores informan legislación, práctica judicial y actuación administrativa; invocables sólo según leyes de desarrollo.
- Defensor del Pueblo (alto comisionado, supervisión de la Administración).
Capítulo V: Suspensión de derechos (art. 55)
- Suspensión colectiva en estados de excepción o sitio:
- Afecta a derechos 17, 18.2, 18.3, 19, 20.1a), 20.1d), 20.5, 21, 28.2 y 37.2.
- Excepción: 17.3 sólo en estado de sitio.
- Suspensión individualizada (Ley Orgánica) para lucha antiterrorista respecto a 17.2, 18.2 y 18.3 con control judicial y parlamentario.
Estados de alarma, excepción y sitio (art. 116 CE & LO 4/1981)
- Estado de alarma (decreto del Gobierno, 15 días prorrogables por Congreso):
- Supuestos: catástrofes, crisis sanitarias, desabastecimiento, paralización servicios esenciales.
- Medidas: limitación de circulación, requisas, ocupaciones transitorias (no domicilios), racionamientos, aseguramiento de abastecimientos.
- Estado de excepción (decreto gubernamental con autorización previa del Congreso, 30 días + prórroga):
- Supuesto: alteraciones graves del orden público que impidan derechos o funcionamiento institucional.
- Suspensión de los mismos derechos que el estado de sitio salvo 17.3.
- Estado de sitio (mayoría absoluta del Congreso a propuesta del Gobierno):
- Supuesto: insurrección o acto de fuerza contra soberanía, integridad o Constitución.
- Suspensión de derechos listados en 55.1.
- Principio de responsabilidad del Gobierno intacto; no disolución del Congreso durante estos estados.
Garantía global del sistema (Estado de Derecho)
- La efectividad del catálogo de derechos descansa en:
- Sumisión de poderes públicos a la ley.
- Mandato de promoción de igualdad real (Estado social).
- Mecanismos jurisdiccionales ordinarios, preferentes y sumarios.
- Control constitucional (TC) y político (Cortes, Defensor del Pueblo).
Conexiones, ejemplos y relevancia práctica
- Influencia europea (Maastricht) ilustra adaptación constitucional a la integración supranacional.
- Estabilidad presupuestaria (art.135) refleja respuesta a crisis económica global, mostrando flexibilidad del texto.
- Cláusula social 9.2 justifica políticas públicas de igualdad (ej.: leyes de dependencia, planes de empleo juvenil).
- Pluralismo lingüístico 3 legitima políticas educativas de inmersión y cooficialidad.
- Principio de irretroactividad 9.3 opera en reformas penales (ej.: revisión de penas).
- Suspensión selectiva de derechos antiterroristas empleada frente a ETA.
Implicaciones éticas y filosóficas
- Dignidad humana como fundamento (art. 10) sitúa a la persona en el centro del orden político.
- Valor igualdad impulsa la transición del Estado liberal al social, reduciendo disparidades reales.
- Pluralismo y reconocimiento de partidos garantizan la competencia democrática, evitando hegemonías.
- Suspensión de derechos limitada y controlada refleja equilibrio entre seguridad y libertad.
Fórmulas, cifras y artículos clave (síntesis numérica)
- Número total de artículos: 169.
- Disposiciones: 4Ad+9Trans+1Derog+1Final.
- Reformas: (1992) y (2011).
- Plazo máximo detención preventiva: 72h.
- Edad mayoría: 18an~os.
- Artículos protegidos por suspensión colectiva: 17,18.2,18.3,19,20.1(a,d),20.5,21,28.2,37.2.