Guía Definitiva de Estudio: Justicia, Legislación y Deberes Militares Mexicanos

CLASIFICACIÓN DE DELITOS Y RESPONSABILIDADES PENALES MILITARES

  • Naturaleza de los Delitos Militares:

    • Intencionales: Los cometidos con el ánimo de causar daño o violar la ley.

    • No intencionales o de imprudencia: Cometidos por imprevisión, negligencia, impericia, falta de reflexión o cuidado, causando un daño igual al de un delito intencional.

  • Presunción de Inocencia: Todo imputado se presume inocente hasta que se declare su responsabilidad mediante sentencia firme emitida por el juez conforme a las reglas del Código.

  • Punibilidad de la Imprudencia: Para ser punible debe consumarse y no ser tan leve que, de ser intencional, la pena sería menor a 1mes1\,\text{mes} de prisión.

  • Grados del Delito Intencional:

    • Conato: Ejecutar hechos encaminados directa e inmediatamente a la consumación sin llegar al acto constitutivo, siempre que los hechos revelen la intención. De lo contrario, son actos preparatorios punibles solo si constituyen delito por sí mismos.

    • Delito Frustrado: El agente llega hasta el último acto necesario para la consumación, pero esta no se verifica por causas ajenas (delito imposible, medios inadecuados o causas externas).

    • Delito Consumado: Realización completa de la acción típica.

  • Reincidencia y Acumulación:

    • Reincidencia: El condenado por sentencia ejecutoria comete un nuevo delito antes de que transcurra un término igual al de la prescripción de la pena desde el cumplimiento, quebrantamiento o indulto.

    • Acumulación: Juzgamiento simultáneo por varios delitos en actos distintos (conexos o no) sin sentencia irrevocable previa y cuya acción no esté prescrita.

AUTORÍA, COMPLICIDAD Y ENCUBRIMIENTO EN EL FUERO MILITAR

  • Autores de un Delito (Artículo 109):

    • Quienes conciben, preparan y ejecutan el delito (por sí o induciendo a otros mediante abuso de poder, amenazas, fuerza, dádivas o artificios).

    • Causas determinantes del delito aunque no ejecuten materialmente.

    • Quienes estimulen el delito mediante carteles, discursos o impresos dirigidos al pueblo o a la Fuerza Armada Permanente.

    • Ejecutores materiales del acto consumado.

    • Quienes ejecutan hechos que son la causa impulsiva o necesaria para la consumación.

    • Quienes ejecutan actos peligrosos o que requieren audacia, aunque parezcan secundarios.

    • Quienes, debiendo impedir el delito por su cargo, se obligan con el delincuente a no estorbarle o procurarle impunidad.

  • Responsabilidad por Órdenes Superiores (Artículo 110):

    • Si el delito emana directa y notoriamente de la orden: el superior es autor; los inferiores son cómplices (si conocían las circunstancias).

    • Si el delito proviene de alteración de la orden o exceso en la ejecución: los responsables de la alteración/exceso son autores; los demás, cómplices.

    • Si hubo acuerdo previo entre el superior y los ejecutores: todos son autores.

  • Cómplices (Artículo 111):

    • Auxiliares en preparativos (armas, instrucciones) conociendo el uso.

    • Quienes emplean persuasión o excitan pasiones para provocar el delito (causa determinante no única).

    • Participantes indirectos o accesorios.

    • Encubridores con pacto anterior al delito (ocultar objetos robados, dar asilo, facilitar fuga).

    • Quienes, sin acuerdo previo pero sabiendo del delito, no cumplen su deber de impedirlo.

  • Encubridores:

    • Primera clase: Sin concierto previo, auxilian con instrumentos del delito, impiden la averiguación u ocultan a prófugos por hábito o retribución.

    • Segunda clase: Adquirentes de cosas robadas sin tomar precauciones para asegurar la procedencia legítima.

    • Tercera clase: Autoridades o encargados de impedir delitos que favorezcan a delincuentes o los oculten sin acuerdo previo.

RÉGIMEN DE PENAS Y CONSECUENCIAS LEGALES MILITARES

  • Catálogo de Penas:

    • Prisión.

    • Suspensión de empleo o comisión militar.

    • Destitución de empleo.

  • Términos de la Pena Temporal:

    • Si se señala un solo término, este es el medio. El mínimo y máximo se forman reduciendo o aumentando una tercera parte (1/31/3).

    • Si se fijan extremos, el medio es la semisuma de ambos.

  • Pena de Prisión:

    • Duración: De 16dıˊas16\,\text{días} a 60an˜os60\,\text{años}. El máximo de 60an˜os60\,\text{años} no puede aumentarse por acumulación o reincidencia.

    • Cómputo: Desde el día de la restricción de libertad. No se abona tiempo de libertad bajo fianza o prófugo.

  • Suspensión de Empleo o Comisión:

    • Privación temporal del empleo, remuneración, honores, insignias, condecoraciones y uniforme (oficiales).

    • Los sargentos y cabos suspensos sirven como soldados y perciben haberes de soldados durante la condena.

    • El tiempo de suspensión no se computa como tiempo de servicio.

  • Destitución de Empleo:

    • Privación absoluta del empleo militar.

    • Pérdida de derechos por tiempo de servicios y uso de uniforme/condecoraciones.

    • Inhabilitación para la Fuerza Armada Permanente: Entre 11 y 10an˜os10\,\text{años} (fijado por el tribunal).

    • Los sargentos y cabos que no hayan cumplido su enganche sirven como soldados.

  • Consecuencias de Penas Privativas de Libertad:

    • Interrupción del tiempo de servicios o enganche.

    • Destitución automática de cabo en adelante si la pena supera los 2an˜os2\,\text{años}.

    • Destrucción de instrumentos del delito (o aplicación al Ejecutivo federal si son útiles).

DELITOS CONTRA LA EXISTENCIA Y SEGURIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS

  • Traición a la Patria (Artículo 203): Pena de 3030 a 60an˜os60\,\text{años} de prisión por:

    • Inducir a potencia extranjera a declarar la guerra a México.

    • Pasarse al enemigo o levantar armas para desmembrar el territorio.

    • Entregar plazas, barcos, aeronaves o banderas al enemigo.

    • Comunicar planos, itinerarios o situaciones de las tropas.

    • Circular proclamas o publicaciones enemigas.

    • Inutilizar de propósito caminos, vías férreas o material de guerra en campaña.

    • Servir como guía o piloto contra la República.

    • Poner en libertad prisioneros de guerra (pena reducida a 9an˜os9\,\text{años} si hay parentesco).

  • Espionaje: Introducirse en plazas o tropas para obtener información útil al enemigo. Pena: 3030 a 60an˜os60\,\text{años}.

  • Delitos contra el Derecho de Gentes:

    • Hostilidad contra naciones extranjeras provocando guerra: 3030 a 60an˜os60\,\text{años}. Si no hay declaración de guerra: 8an˜os8\,\text{años}.

    • Violación de tregua o armisticio.

    • Piratería: Comandantes de naves que capturen buques aliados/neutrales o exijan rescate (3030 a 60an˜os60\,\text{años}).

    • Vejaciones a la población civil en país enemigo: 5an˜os5\,\text{años}.

  • Falsificación de Documentos y Sellos:

    • Poner firmas falsas, alterar textos en actas, diarios de navegación u hojas de servicio: 3an˜os3\,\text{años} (4an˜os4\,\text{años} si se hace uso del documento).

    • Falsificar sellos, timbres o marcas militares: 4an˜os4\,\text{años}.

    • Adulterar víveres, líquidos o medicinas: 5an˜os5\,\text{años} (encargados) o 3an˜os3\,\text{años} (otros).

  • Fraude y Malversación:

    • Incluir personas/animales inexistentes en listas de revista para cobrar haberes: 3an˜os3\,\text{años}.

    • Favorecer contratistas o celebrar contratos onerosos con lucro indebido.

    • Sanciones por malversación según el valor sustraído (referenciadas a Unidades de Medida y Actualización - UMA):

      • Hasta 2020 UMA: 8meses8\,\text{meses} de prisión.

      • Más de 2020 hasta 200200 UMA: 2an˜os2\,\text{años}.

      • Más de 200200 UMA: Pena anterior más 1mes1\,\text{mes} por cada 2020 UMA adicionales (máximo 12an˜os12\,\text{años}).

      • Si se devuelve lo sustraído antes de 3dıˊas3\,\text{días}, las penas se reducen a un tercio aproximadamente.

RÉGIMEN DISCIPLINARIO: DESERCIÓN, REBELIÓN E INSUBORDINACIÓN

  • Deserción (Tropa): Ocurre por:

    • Faltar a la revista de administración y no justificar en 24horas24\,\text{horas}.

    • Faltar 3dıˊas3\,\text{días} consecutivos a listas de diana y retreta.

    • Separarse sin permiso una noche del campamento o más de 20km20\,\text{km} de distancia en paz.

    • Penas en tiempo de paz: 2meses2\,\text{meses} (presentación voluntaria en 8dıˊas8\,\text{días}), 3meses3\,\text{meses} (después de 8dıˊas8\,\text{días}) o 6meses6\,\text{meses} (si es aprehendido), sin perjuicio del servicio.

    • Deserción en campaña: Se duplican las penas.

    • Deserción frente al enemigo: 3030 a 60an˜os60\,\text{años} de prisión.

  • Rebelión: Alzamiento en armas contra el gobierno para abolir la Constitución, impedir elecciones o separar al Presidente de su cargo.

    • Promotores o jefes: 3030 a 60an˜os60\,\text{años}.

    • Si se rinden antes de la acción armada: 6an˜os6\,\text{años}.

  • Insubordinación: Faltar al respeto o sujeción a un superior mediante palabras o actos.

    • En servicio:

      • Palabras/ademanes: 1an˜o6meses1\,\text{año}\,6\,\text{meses}.

      • Vías de hecho (sin lesión): 5an˜os5\,\text{años}.

      • Si causa la muerte: 3030 a 60an˜os60\,\text{años}.

      • Lesiones incurables o pérdida de órganos: 99 a 10an˜os10\,\text{años}.

    • Fuera del servicio: Mitad de las penas anteriores.

  • Abuso de Autoridad: Trato contrario a las leyes hacia subordinados.

    • Órdenes de interés personal: 4meses4\,\text{meses}.

    • Insultos a subordinados o inducir actos degradantes: 6meses6\,\text{meses}.

    • Maltrato de obra sin lesión: 1an˜o1\,\text{año}.

    • Lesiones o muerte: Penas equivalentes a las del Código Penal, agravadas por la jerarquía.

  • Desobediencia: No ejecutar o modificar una orden superior sin causa justificada.

    • Fuera de servicio: 9meses9\,\text{meses}.

    • En acto de servicio: 1an˜o1\,\text{año} (2an˜os2\,\text{años} si ocasiona mal grave; 3060an˜os30-60\,\text{años} si es frente al enemigo).

ORGANIZACIÓN Y MANDOS (LEY ORGÁNICA)

  • Niveles de Mando:

    1. Mando Supremo (Presidente de la República).

    2. Alto Mando (Secretario de la Defensa Nacional).

    3. Mandos Superiores (Operativos y de Servicio).

    4. Mandos de Unidades.

  • Mando Supremo: Facultades para nombrar al Secretario, Subsecretario, Oficial Mayor, Jefe del Estado Mayor Conjunto, Fiscal General Militar, Comandantes de Regiones y Zonas.

  • Alto Mando: Ejercido por el Secretario de la Defensa Nacional (General de División con grado de "General"). Es responsable de organizar y adiestrar a las fuerzas de tierra y aire.

  • Órganos del Alto Mando:

    • Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional (planeación y coordinación).

    • Inspección y Contraloría General.

    • Órganos del Fuero de Guerra (Tribunal Superior, Fiscalía, Defensoría).

    • Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo.

  • Divisiones Territoriales:

    • Región Militar: Una o más Zonas Militares, al mando de un General de División.

    • Zona Militar: Basada en la división política del país, dividida en Sectores y Subsectores.

  • Situación de los Militares:

    • Activo: Encuadrados, en licencia, hospitalizados o sujetos a proceso.

    • Reserva:

      • Primera Reserva: Profesionales separados legalmente del activo, soldados de servicio voluntario cumplido (hasta 36an˜os36\,\text{años}) y conscriptos (hasta 30an˜os30\,\text{años}).

      • Segunda Reserva: Personal apto de la primera reserva hasta los 4550an˜os45-50\,\text{años}.

    • Retiro: Situación con los derechos y obligaciones fijados por ley.

PRESTACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL (ISSFAM)

  • Prestaciones Principales: Haber de retiro, pensión, compensación, préstamos hipotecarios, servicio médico integral, seguro de vida militar y seguro colectivo de retiro.

  • Haber de Retiro y Compensación:

    • Retiro: Prestación vitalicia para militares separados del activo según causas legales.

    • Compensación: Un solo pago para quienes tienen entre 55 y 19an˜os19\,\text{años} de servicio.

  • Causas de Retiro:

    • Edad límite.

    • Incapacidad en actos del servicio o fuera de él.

    • Enfermedad mayor a 6meses6\,\text{meses} (9meses9\,\text{meses} con prórroga).

    • Solicitud tras 20an˜os20\,\text{años} de servicio.

  • Edades Límite para Permanencia:

    • Tropa: 50an˜os50\,\text{años}.

    • Subtenientes: 51an˜os51\,\text{años}.

    • Tenientes: 52an˜os52\,\text{años}.

    • Capitanes: 5354an˜os53-54\,\text{años}.

    • Jefes (Mayores, Tenientes Coroneles, Coroneles): 56,58,60an˜os56, 58, 60\,\text{años}, respectivamente.

    • Generales (Brigadieres, Brigada, División): 61,63,65an˜os61, 63, 65\,\text{años}, respectivamente.

  • Cálculo del Haber de Retiro (Artículo 31):

    • Se basa en el porcentaje del haber de grado más el 80%de dicho haber80\%\,\text{de dicho haber}, primas de perseverancia y asignaciones técnicas.

    • Escala porcentual según años de servicio:

      • 20an˜os=50%20\,\text{años} = 50\%

      • 30an˜os=60%30\,\text{años} = 60\%

      • 40an˜os=80%40\,\text{años} = 80\%

      • 45an˜os o maˊs=90%45\,\text{años o más} = 90\%

  • Seguros y Fondos:

    • Fondo de Trabajo (Tropa): Aportación del Gobierno de 11%de los haberes11\%\,\text{de los haberes}.

    • Fondo de Ahorro (Oficiales/Jefes/Generales): Cuota del 6%y aportacioˊn gubernamental igual6\%\,\text{y aportación gubernamental igual}.

    • Seguro de Vida Militar: Suma asegurada de 40meses40\,\text{meses} de haberes y sobrehaberes para beneficiarios por muerte o para el militar por incapacidad de 1ra o 2da categoría.

    • Seguro Colectivo de Retiro: Pago único al retirarse con derecho a haber de retiro. Factor multiplicador del haber mensual mínimo según años de servicio (Ej: 20an˜os=16meses20\,\text{años} = 16\,\text{meses}; 50an˜os=50meses50\,\text{años} = 50\,\text{meses}).

RÉGIMEN DE ASCENSOS Y RECOMPENSAS

  • Tipos de Ascenso:

    • En tiempo de paz: Para cubrir vacantes mediante escalafón o concurso de selección.

    • En tiempo de guerra: Para premiar valor heroico o necesidades operativas.

  • Requisitos para el Ascenso: Tiempo de servicios, antigüedad en el grado, buena conducta, salud, aprobación de cursos y aptitud profesional.

  • Promociones:

    • Especial: Para Subtenientes egresados de escuelas de formación (ascenso a Teniente).

    • General: Para Mayores y Oficiales (Subteniente a Teniente Coronel) mediante concurso.

    • Superior: Para ascensos a Coronel y Generales, por acuerdo del Presidente a propuesta de la Secretaría.

  • Correctivos Disciplinarios:

    • Amonestación: Advertencia verbal o escrita sobre omisiones de deberes.

    • Arresto: Reclusión en recinto militar hasta por 15dıˊas15\,\text{días} (24h24\,\text{h} para Generales, 48h48\,\text{h} para Jefes, 8dıˊas8\,\text{días} para Oficiales).

    • Suspensión: Separación hasta por 30dıˊas30\,\text{días} sin goce de sueldo por mala conducta.

  • Categorías de Condecoraciones: Valor Heroico, Mérito Militar (4 grados: Orden, Banda, Placa, Venera), Mérito Técnico, Facultativo, Docente, Perseverancia (9 clases: desde 1010 hasta 50an˜os50\,\text{años}), Servicios Distinguidos y Distinción Militar.

TABLAS MÉDICAS Y APTITUD FÍSICA

  • Fórmula para Índice de Masa Corporal (IMC):     IMC=PesoEstatura2\text{IMC} = \frac{\text{Peso}}{\text{Estatura}^2}

    • Obesidad de 4040 o más IMC es causa de retiro en Primera Categoría.

    • IMC entre 3030 y 34.934.9 es causa de retiro en Tercera Categoría.

  • Categorías de Incapacidad (Ejemplos):

    • Primera Categoría (100% de incapacidad): Pérdida de ambos ojos, insuficiencia renal con reserva menor al 20%20\%, cirrosis hepática, diabetes tipo 1, VIH con infecciones oportunistas, pérdida de una extremidad.

    • Segunda Categoría: Hipoacusia bilateral irreversible, asma bronquial rebelde, diabetes tipo 2 con complicaciones moderadas, obesidad grado II (3539.935-39.9 IMC).

  • Evaluación Física (Puntuación para Aptitud):

    • Calificación mínima de 60puntos60\,\text{puntos} en total de tres ejercicios:

      1. Carrera de resistencia (12minutos12\,\text{minutos}): Max 40puntos40\,\text{puntos}.

      2. Abdominales: Max 30puntos30\,\text{puntos}.

      3. Flexión de brazos (lagartijas): Max 30puntos30\,\text{puntos}.

    • Ejemplo de distancia en carrera para hombres (12min12\,\text{min}): 2100m2100\,\text{m} es el mínimo para 5puntos5\,\text{puntos} (menores de 25 años); 2800m2800\,\text{m} otorga 40puntos40\,\text{puntos}.