Derecho Mercantil Internacional Notes

DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL (D. M. I.)

Jorge BARRERA GRAF

SUMARIO

I. Concepto.
II. Relaciones del D. M. I. con el derecho mercantil nacional o interno.
III. Manifestaciones legislativas y consuetudinarias del D. M. I.
IV. Formulación de acuerdos y contratos internacionales.
V. Métodos de trabajo.
VI. Juristas, institutos y publicaciones.
VII. Perspectivas.


I. CONCEPTO

  • Diferenciación entre Derecho Mercantil y Derecho Mercantil Internacional:
      - Derecho mercantil regula el comercio nacional; Derecho mercantil internacional regula el comercio que produce efectos fuera del ámbito territorial del Estado.
      - Es incorrecto limitar el ámbito de ambos a solo "comercio" (nacional o internacional); muchas actividades no lucrativas y de intermediación escapan a este concepto tradicional.
      - Ejemplos incluyen:
        - Relaciones lucrativas: Agricultores, profesionales, Estados como empresarios.
        - Actos de comercio no comerciales: Ej. libramiento de cheques para gastos personales, constitución de sociedades para fines culturales.

  • Naturaleza del Derecho Mercantil Internacional:
      - No todos los actos externos están regidos por el derecho comercial nacional. Esto incluye la compra-venta de personas y las emisiones de acciones por sociedades nacionales.
      - El derecho mercantil incluye préstamos, inversiones y permutas entre gobiernos además de la intermediación y especulación.


II. RELACIONES DEL DERECHO MERCANTIL NACIONAL O INTERNO

  • Desarrollo del Derecho Mercantil Internacional:
      - Se plantea la posibilidad de que el derecho mercantil internacional se desprenda de la codificación del derecho mercantil nacional.
      - Nueva criatura jurídica: Esta especialización es un fenómeno de la contemporaneidad donde surgen nuevas disciplinas como el derecho al consumo y el derecho de la economía.

  • Autonomía del Derecho Mercantil Internacional:
      - Fuentes propias: Convenciones, tratados bilaterales y multilaterales, leyes modelo y prácticas comerciales.
      - Procedimientos jurisdiccionales: Generalmente otorgados a árbitros; reglamentación procesal se da a través de convenios internacionales.

  • Vinculación entre Derecho Mercantil Interno e Internacional:
      - Ambas ramas comparten la misma materia con principios y reglas similares. Existen esfuerzos internacionales para armonizar y unificar legislaciones.
      - Principios que han evolucionado en el ámbito internacional:
        - Autonomía de la voluntad en contratos internacionales.
        - Restricciones a la responsabilidad contractual (proteger a la parte débil).
        - Formalismos distintos en documentación internacional comparado con el derecho interno.
        - Métodos de interpretación (literal en internacional, más flexible en nacional).


III. MANIFESTACIONES LEGISLATIVAS Y CONSUETUDINARIAS DEL D. M. I.

  • Tipos de manifestaciones legales:
      - Códigos y leyes de comercio internacional (Ej. Código del comercio de Checoslovaquia, 1963).
      - Proyectos de unificación por UNIDROIT sobre derecho mercantil internacional.

  • Convenciones multilaterales destacadas:
      - Convención de París sobre propiedad industrial.
      - Convención de responsabilidad en el transporte marítimo (Hamburgo, 1978).
      - Convención sobre compraventa internacional de mercancías (Viena, 1980).
      - Convenciones sobre cuestiones del contrato de compraventa (conflictos de leyes, prescripción).

  • Arbitraje: Existen múltiples convenciones sobre arbitraje internacional (Ej. Nueva York, 1958). Principales agencias y normas como las del CCI y OEA.


IV. FORMULACIÓN DE ACUERDOS Y CONTRATOS INTERNACIONALES

  • Acuerdos sobre productos básicos:
      - Ejemplos incluyen acuerdos de café, cacao, azúcar, banano, cobre, petróleo.
      - Actores principales: Gobiernos y asociaciones de varios países.

  • Contratos estándar:
      - Desarrollados por organismos internacionales basados en situaciones comerciales concretas.
      - Ejemplo histórico: Contratos de la London Corn Trade Association (1877).


V. MÉTODOS DE TRABAJO

  • Plataformas de discusión:
      - Comisiones de la ONU, como la CNUDMI y UNCTAD, donde se discuten temas de derecho mercantil internacional.
      - Composición de la CNUDMI:
        - 32 países de diferentes grupos continentales (africanos, asiáticos, latinoamericanos, europeos).
      - Proceso de educación continua: Grupos de trabajo que elaboran propuestas de leyes circulando en diversos idiomas con traducción simultánea.

  • Aprobación de proyectos:
      - Convenciones presentadas en conferencias internacionales aprobadas a través de consenso.


VI. JURISTAS, INSTITUTOS Y PUBLICACIONES

  • Importante contribución de juristas notables al desarrollo del D. M. I., incluyendo trabajos y textos que han influido ampliamente.

  • Instituciones y asociaciones dedicadas a investigación de Derecho Internacional. Ejemplos destacados:
      - Max Planck Institute (Alemania), UNIDROIT, CCI, American Foreign Law Association (EE. UU.).

  • Publicaciones importantes en el campo:
      - American Journal of Comparative Law (EE. UU.), Revue Internationale de Droit Comparé (Francia), International and Comparative Law Quarterly (Reino Unido).


VII. PERSPECTIVAS

  • Codificación internacional es un proceso continuo que busca unificar y armonizar el derecho mercantil en un contexto global, pese a conflictos de intereses entre países desarrollados y en desarrollo.

  • La evolución continua del derecho mercantil internacional es importante para el desarrollo del comercio mundial, a medida que enfrenta desafíos políticos y económicos a nivel global.