Medios probatorios
La prueba tiene trascendental importancia en la actividad jurisdiccional, anterior y durante el
proceso. Si no hay prueba no hay caso, ya que el juzgador no podría pronunciarse sobre
los hechos heredados en los actos de proposición, en otras palabras no tienen herramientas
para administrar justicia. Para destacar la importancia de la prueba Hernando Devis
Echandía, menciona un viejo adagio: “Tanto vale no tener un derecho, cuanto no poder
probarlo”; es decir, si no puedo probar el derecho es como no tenerlo. Se refiere también al
criterio de Jeremías Bentham de que “el arte del proceso no es probable otra cosa que
el arte de administrar las pruebas”.
Si tenemos presente la prevalencia del derecho sustancial, debemos concluir que la
vivificación del derecho se logra con la prueba de los hechos controvertidos, lo que permite
al juzgador dictar la sentencia de fondo para hacer justicia en cualquiera de las materias. Paraca
Carnelutti, las pruebas son “un instrumento elemental no tanto del proceso como del
Derecho”; pues al respecto, debemos tener presente la relacion complementaria del derecho
sustancial con el proceso. Es decir que, el ejercicio efectivo del derecho sustancial se
sustenta en la prueba
La prueba tiene trascendental importancia en la actividad jurisdiccional, anterior y durante el
proceso. Si no hay prueba no hay caso, ya que el juzgador no podría pronunciarse sobre
los hechos heredados en los actos de proposición, en otras palabras no tienen herramientas
para administrar justicia. Para destacar la importancia de la prueba Hernando Devis
Echandía, menciona un viejo adagio: “Tanto vale no tener un derecho, cuanto no poder
probarlo”; es decir, si no puedo probar el derecho es como no tenerlo. Se refiere también al
criterio de Jeremías Bentham de que “el arte del proceso no es probable otra cosa que
el arte de administrar las pruebas”.
Si tenemos presente la prevalencia del derecho sustancial, debemos concluir que la
vivificación del derecho se logra con la prueba de los hechos controvertidos, lo que permite
al juzgador dictar la sentencia de fondo para hacer justicia en cualquiera de las materias. Paraca
Carnelutti, las pruebas son “un instrumento elemental no tanto del proceso como del
Derecho”; pues al respecto, debemos tener presente la relacion complementaria del derecho
sustancial con el proceso. Es decir que, el ejercicio efectivo del derecho sustancial se
sustenta en la prueba