Contratos Internacionales y Autonomía de la Voluntad
- Un contrato es considerado internacional si presenta elementos de extranjería que son relevantes.
- En el Derecho Internacional Privado (DIPr), es esencial determinar qué ley regulará el contrato.
- Regla clave de autonomía de la voluntad: Las partes tienen la facultad de elegir la ley aplicable a su contrato.
- **Elección de ley:
- Expresa:** la decisión es manifiesta y clara.
- Tácita:** inferida por las acciones o circunstancias de las partes.
- Limitaciones de la elección de ley expresa:
- No debe violar el orden público.
- No puede afectar a normas imperativas.
- No debe aplicarse en materias indisponibles.
- En caso de no haber elección de ley:
- Se aplican normas de conflicto, que se basan en los siguientes criterios comunes:
- Lugar de cumplimiento.
- Lugar de celebración.
- Domicilio de las partes.
- Vínculo más estrecho con el contrato.
- Conectores en contratos internacionales:
- Lugar de cumplimiento.
- Domicilio del deudor.
- Lugar de celebración.
- Centro de gravedad del contrato.
- Norma General en Contratos Internacionales: En ausencia de designación de ley aplicable, se aplicará la ley del lugar donde debía ejecutarse el contrato.
Obligaciones Contractuales y Responsabilidad Civil Internacional
- Se ha analizado el contrato internacional como un acto jurídico y las leyes que rigen dicho contrato, así como las implicaciones de elegir o no una ley en el mismo.
- Obligaciones contractuales:
- Nacen de un contrato y en el DIPr es clave determinar la ley que regula tanto el cumplimiento como el incumplimiento.
- Generalmente, la ley que regula el contrato también regula las obligaciones que surgen del mismo.
Responsabilidad Civil Internacional
- La responsabilidad civil internacional no surge de un contrato, sino de ilícitos o actos ilegales.
- Ejemplos incluyen:
- Accidentes.
- Daños a terceros.
- Negligencia.
- Regla general: Será aplicable la ley del lugar donde ocurrió el daño.
Código Bustamante y su Vigencia
- Código Bustamante:
- Aunque incluye normas sobre obligaciones y contratos, se considera que es limitado y no cubre en profundidad temas como la autonomía de la voluntad.
- Sigue vigente, pero no es el más actualizado.
- En América, se cuenta con la CIDIP (Convención Interamericana sobre Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales, 1994).
Comparación entre el Código Bustamante y la CIDIP
- Diferencias clave:
- CIDIP: La autonomía de la voluntad de las partes es la ley general.
- Código Bustamante: Su ley general es el lugar del cumplimiento.
- Si existe un tratado internacional aplicable, prevalecerá el tratado sobre el Código o derecho interno.
- En cuanto a responsabilidad, el Código sigue vigente.
- Sentencia extranjera: Es una decisión judicial dictada por un tribunal o juzgado de otro estado, y el DIPr busca resolver su efecto en otro país.
- Reconocimiento de sentencia extranjera: Aceptar que la sentencia es válida en el país donde se solicita.
- Ejecución de sentencia extranjera: Proceso de hacer cumplir la sentencia.
- Exequatur: Procedimiento judicial que permite que una sentencia extranjera produzca efectos en el territorio del país que la solicita. (Ej: en Honduras).
- Sentencias extranjeras no tienen efectos automáticos; cada país protege su soberanía, lo que implica que deben pasar por el procedimiento de exequatur.
- En Honduras, el término exequatur no siempre se utiliza.
- Requisitos para el reconocimiento de sentencias en Honduras:
- Provenir de tribunal competente.
- Dictadas con debido proceso.
- Ser firmes.
- No ser contrarias al orden público.
- No contradecir una sentencia hondureña.
- El Código Bustamante también regula el reconocimiento, ejecución y requisitos; complementa el derecho interno.
- En Honduras se utiliza un sistema MIXTO:
- Código Bustamante + Código Procesal Civil para el procedimiento judicial.
- Resrepasemos los requisitos:
- Competencia del tribunal: El tribunal que dictó la sentencia debe ser competente.
- Debido proceso: Incluye notificación formal y derecho a defensa.
- Sentencia firme: La sentencia debe ser definitiva, sin posibilidad de más recursos.
- Orden público: La sentencia no puede violar principios fundamentales del derecho.
- No conflicto: No debe ser contraria a otra sentencia nacional.
Procedimiento de Reconocimiento de Sentencias en Honduras
- Presentación de solicitud:
- Se presenta ante un juzgado hondureño, solicitando el reconocimiento (exequátur).
- Debe incluir:
- Sentencia extranjera.
- Prueba de firmeza.
- Traducción (si es necesario).
- Admisión:
- El juzgado revisa los requisitos formales.
- Traslado / audiencia:
- Se brinda la oportunidad a la otra parte para oponerse.
- Verificación judicial:
- El juez revisa:
- Competencia del tribunal extranjero.
- Debido proceso.
- Firmeza.
- Orden público.
- No conflicto.
- Resolución:
- El tribunal decide si reconoce o rechaza la sentencia.
- Ejecución:
- Si se reconoce, pasa a la fase de ejecución.
- La legislación no establece un proceso detallado, por lo que se utilizan los principios generales del proceso regulados por el CPC.
Tarea para la Próxima Clase
- Para mañana, se debe utilizar el Código Bustamante para:
- Identificar las reglas sobre divorcio, filiación, alimentos, adopción y la ley aplicable en cada caso.
- Resumir el capítulo sobre "de las obligaciones en general" y "de los contratos en general".
- Traer un informe, ya sea a mano o impreso, para discutir en clase.