tema 6
Derecho Constitucional - Tema 6: El Poder Legislativo
Objetivo General
Analizar la estructura, funciones y dinámicas del Poder Legislativo en México.
Conformación y facultades de las cámaras de Diputados y Senadores.
Integración y competencias del Congreso de la Unión.
Requisitos para la representación legislativa.
6.1 La Cámara de Diputados: Conformación y Facultades
Composición:
Formada por 500 diputados.
300 electos bajo el principio de votación mayoritaria relativa.
200 electos por representación proporcional mediante listas regionales.
Por cada diputado propietario, se elige un suplente.
Referencia: Artículo 51 CPEUM.
Facultades de la Cámara de Diputados:
Se establecen en el Artículo 74 CPEUM:
Fracción I: Expedir el Bando Solemne para dar a conocer la declaración del Presidente Electo hecha por el Tribunal Electoral.
Fracción IV: Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación luego de examinar, discutir y, si es necesario, modificar el Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal.
Fracción VI: Revisar la Cuenta Pública del año anterior para evaluar la gestión financiera.
Fracción VIII: Designar a los titulares de los órganos internos de control de organismos autónomos mediante el voto de dos terceras partes.
6.2 La Cámara de Senadores: Conformación y Facultades
Composición:
Integrada por 128 senadores.
En cada Estado y en la Ciudad de México, dos serán elegidos según el principio de Mayoría Relativa y uno como primera minoría.
32 senadores elegidos por representación proporcional en una circunscripción plurinominal nacional.
La renovación de la Cámara se realiza cada seis años.
Referencia: Artículo 56 CPEUM.
Facultades de la Cámara de Senadores:
Según el Artículo 76 CPEUM:
Fracción I: Analizar la política exterior y aprobar tratados internacionales y convenciones diplomáticas.
Fracción IV: Analizar y aprobar informes anuales del Ejecutivo sobre las actividades de la Guardia Nacional.
Fracción VIII: Otorgar o negar solicitudes de licencia del Poder Judicial.
Fracción XI: Analizar y aprobar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
6.3 El Congreso de la Unión: Conformación y Facultades
Estructura:
La función legislativa recae en el Congreso General, compuesto por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. (Artículo 50 CPEUM)
Facultades del Congreso de la Unión (Artículo 73 CPEUM):
Fracción I: Admitir nuevos Estados a la Unión Federal.
Fracción III: Formar nuevos Estados dentro de los límites existentes.
Fracción V: Cambiar la residencia de los Supremos Poderes.
Fracción VII: Imponer contribuciones para cubrir el Presupuesto.
Fracción XI: Crear y suprimir empleos públicos de la Federación.
Fracción XII: Declarar la guerra según lo presentado por el Ejecutivo.
Fracción XXVII: Aceptar la renuncia del Presidente de la República.
Fracción XXIX-A: Expedir la ley general sobre mecanismos alternativos de solución de controversias.
Fracción XXIX-M: Expedir leyes sobre seguridad nacional.
Fracción XXIX-O: Legislar en materia de protección de datos personales.
Fracción XXX: La legislación sobre procedimientos civiles y familiares.
Fracción XXXI: Regular la participación del Ejército en tareas de seguridad pública.
6.4 Requisitos para ser Diputado y Senador
Requisitos para ser Diputado (Artículo 55 CPEUM):
a) Ser ciudadano mexicano por nacimiento y en ejercicio de sus derechos.
b) Tener 18 años cumplidos el día de la elección.
c) Ser originario o vecino de la entidad con residencia efectiva de más de seis meses.
d) No estar en servicio activo en el Ejército o Policía al menos 90 días antes de la elección.
e) No ser titular de organismos autónomos ni altos funcionarios sin separación previa.
f) Prohibición de ser Ministro de la Corte o cargos similares sin separación previa desde tres años.
g) Prohibiciones referentes a ministros de cultos religiosos y otras incapacidades del Artículo 59.
Requisitos para ser Senador:
Mismos requisitos que para ser diputado, con excepción de la edad, que es de 25 años cumplidos al día de la elección (Artículo 58 CPEUM).
6.5 Constituyente Permanente
Definición:
Órgano responsable de realizar reformas o adiciones a la Constitución.
Denominado "permanente" por su facultad para modificar la Constitución en cualquier momento.
Su función principal es adaptar la Constitución a los cambios sociales, políticos y económicos del país.
Composición:
Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
Legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.
6.6 Comisión Permanente
Definición:
Órgano del Congreso que opera durante recesos de las cámaras (Diputados y Senadores).
Su función es mantener continuidad del Poder Legislativo en periodos sin sesiones ordinarias.
Regulada por el Artículo 78 CPEUM.
Composición:
37 miembros en total: 19 Diputados y 18 Senadores, elegidos antes del receso.
Atribuciones principales (Art 78 CPEUM):
Fracción VI: Conceder licencia hasta 60 días a la persona titular de la Presidencia.
Fracción VII: Ratificar nombramientos de embajadores y cónsules generales.
Fracción VIII: Conocer y resolver solicitudes de licencia de legisladores.