GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE MAPAS DE RIESGOS LABORALES
1. ANTECEDENTES
- Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo:
- Aprobada mediante decreto N°2, de 2024, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Establece la necesidad de contar con entornos de trabajo seguros y saludables.
- Las acciones de esta política priorizan la prevención de riesgos laborales sobre la protección, enfocándose en el diseño de sistemas productivos y puestos de trabajo.
- Es fundamental la eliminación o control de riesgos en su origen, considerando el enfoque de género y diversidad. - Prevención de Riesgos Laborales:
- Métodos interdisciplinarios para la adopción de medidas que eviten o disminuyan riesgos de trabajo.
- Esencial identificar y evaluar riesgos en el lugar de trabajo por parte de la entidad empleadora.
- Promueve el bienestar de todas las personas trabajadoras sin discriminación. - Comunicación Efectiva de Riesgos:
- La entidad empleadora debe comunicar riesgos que afectan a los trabajadores.
- El uso de mapas de riesgos como herramienta fundamental. - Decreto N°44 (27 de julio de 2024):
- Aprobar un nuevo reglamento sobre gestión preventiva de riesgos laborales, vigente desde el 01 de febrero de 2025.
- Define mapas de riesgos como representación gráfica del lugar de trabajo con indicación de los riesgos laborales presentes. - Artículo 62 del reglamento:
- Exige a las entidades empleadoras mantener mapas de riesgos visibles para localizar y visualizar riesgos en el lugar de trabajo.
- Deberá considerar la metodología dictada por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
2. OBJETIVO
- Proveer una herramienta estandarizada con elementos mínimos para elaborar mapas de riesgos laborales, facilitando la comunicación efectiva de riesgos a los trabajadores.
3. ALCANCE Y CONTENIDO MÍNIMO
- Obligación de elaborar y mantener actualizado el mapa de riesgos:
- Debe ser accesible y visible en las dependencias de las entidades empleadoras.
- Deberá incluir un dibujo o esquema del lugar de trabajo e indicar riesgos existentes mediante símbolos. - 3.1 Población Objetivo:
- Personas trabajadoras expuestas a distintos niveles de riesgo. - 3.2 Población Usuaria:
- Entidades empleadoras.
- Profesionales, miembros de comités, encargados de prevención de riesgos y organizaciones sindicales.
4. MARCO LEGAL
- Ley Nº16.744 (1968): Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- DFL N°1 (2023): Texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo.
- DFL N°725 (1968): Código Sanitario.
- Ley N°19.345 (1994): Aplicación de la ley N°16.744 a trabajadores del sector público.
- Ley N°21.015 (2017): Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad en el Mundo Laboral.
- Ley N°20.422 (2010): Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.
- Decreto Supremo N°2 (2024): Política de Seguridad y Salud en el trabajo para el periodo 2024 – 2028.
- Decreto Supremo N°44 (2024): Nuevo Reglamento sobre Gestión Preventiva de riesgos laborales.
- Decreto Supremo Nº594 (1999): Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales.
- Decreto Supremo Nº76 (2006): Reglamento de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
- Resolución Exenta N°156 (2018): Compendio de Normas del Seguro Social sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Decreto N°2 Exento (2023): Guía para Implementación de Plan de Reducción del Riesgo de Desastres en MIPYME.
- Resolución Exenta N°1280 (2019): Guía para la Implementación del Plan para la Reducción del Riesgo de Desastres.
5. DEFINICIONES
- Actividad: Conjunto de tareas que constituyen un proceso.
- Agente de riesgo: Causante directo del riesgo, individualizado.
- Condiciones y entorno de trabajo: Características que influencian riesgos laborales.
- Incluye:
- Características de locales, instalaciones, y equipos.
- Agentes físicos, químicos, biológicos.
- Procedimientos de uso de agentes que afectan la seguridad.
- Organización del trabajo y factores ergonómicos y psicosociales. - Delegado de seguridad y salud en el trabajo: Elegido en lugares con 10 a 25 trabajadores, asiste en la implementación de medidas preventivas.
- Encargado de prevención de riesgos laborales: Persona designada por el empleador en entidades de hasta 100 trabajadores, debe tener capacitación correspondiente.
- Lugares o centros de trabajo: Todas las áreas bajo control del empleador donde los trabajadores deben permanecer.
- Mapa de riesgos: Representación gráfica del lugar de trabajo con los riesgos laborales identificados.
- Matriz de identificación de peligros y evaluación de los riesgos: Herramienta para reconocer y evaluar riesgos.
- Organismos Administradores de la ley N°16.744 (OAL): Entidades encargadas del seguro de accidentes laborales y enfermedades.
- Proceso: Conjunto de acciones para alcanzar un fin específico.
- Persona con discapacidad: Quienes enfrentan barreras que afectan su participación plena en la sociedad.
- Riesgo laboral: Posibilidad de daño a la vida o salud de los trabajadores.
- Puesto de trabajo: Lugar donde se realiza una tarea.
- Tarea: División mínima del trabajo con un propósito específico.
6. DESARROLLO
6.1. Marco normativo para la elaboración de los Mapas de Riesgos
- Regulados por el Decreto Supremo N°44 de 2024.
- Las entidades deben tener una matriz de identificación de peligros y un programa de gestión de riesgos con enfoque de género.
- La entidad debe mantener mapas de riesgos visibles en sus dependencias.
6.2. Metodología para la elaboración de Mapas de Riesgos
6.2.1. Niveles de riesgo existentes
- Riesgos higiénicos: Clasificados en 4 etapas (Nivel 4 a Nivel 1).
- Nivel 4 (rojo), 3 (anaranjado), 2 (amarillo), 1 (verde). - Riesgos de seguridad y emergencias: Clasificados en 4 etapas (Intolerable a Tolerable).
- Riesgos músculo-esqueléticos: Clasificados en 3 etapas (Alto a Bajo).
- Riesgos psicosociales: Clasificados en 3 etapas (Alto a Bajo).
6.2.2. Simbología a utilizar por tipo de riesgo
- Cada tipo de riesgo tiene su símbolo específico.
- Símbolos deben seguir las normas nacionales e internacionales.
- Riesgos radioactivos pueden usar color magenta.
6.2.3. Confección del Mapa
- Paso 1: Crear un plano o croquis del lugar de trabajo.
- Paso 2: Indicar en el croquis los riesgos identificados y sus niveles.
- Ejemplo: Riesgo de incendio con nivel importante. - Priorizar riesgos rojos y anaranjados en caso de gran cantidad de riesgos.
6.2.4. Criterios de disposición, difusión y revisión del Mapa
- Deben estar visibles para trabajadores y actualizados.
- Difusión puede hacerse en asambleas y mediante herramientas tecnológicas.
7. CONSIDERACIONES IMPORTANTES
- Participación activa: Involucrar al Comité Paritario o delegado de Seguridad y Salud.
- Detección de cambios: Considerar cambios en procesos laborales que afectan los riesgos.
- Elaboración de mapas específicos: Para riesgos higiénicos con influencia importante.
- Ajustes para personas sensibles: Incluir señalización en braille, dispositivos de audio, etc.
8. BIBLIOGRAFÍA
- Referencias académicas y normativas relevantes al tema.
ANEXO 1: SIMBOLOGÍA DE RIESGOS LABORALES
- Riesgos de Seguridad: Caídas, Contactos térmicos, Choques, Exposición a sustancias químicas, Incendios, entre otros.
- Riesgos Higiénicos: Exposición a agentes químicos y físicos, entre otros.
- Riesgos Músculo-Esqueléticos: Manejo manual, Trabajo repetitivo.
- Riesgos Psicosociales: Estrés, acoso, entre otros.
ANEXO 2: Mapa de Riesgos Planta Mueblería
- Descripción visual detallada de los riesgos presentes en cada área.
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CHILE AVANZA CONTIGO