Norma OS. 010
CAPTACIÓN Y CONDUCCIÓN DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO
1 OBJETIVO
Fijar las condiciones para la elaboración de los proyectos de captación y
conducción de agua para consumo humano.
2 ALCANCES
Esta Norma fija los requisitos mínimos a los que deben sujetarse los diseños de
captación y conducción de agua para consumo humano, en localidades
mayores de 2000 habitantes.
3 FUENTE
A fin de definir la o las fuentes de abastecimiento de agua para consumo
humano, se deberán realizar los estudios que aseguren la calidad y cantidad
que requiere el sistema, entre los que incluyan: identificación de fuentes
alternativas, ubicación geográfica, topografía, rendimientos mínimos,
variaciones anuales, análisis físico químicos, vulnerabilidad y microbiológicos y
otros estudios que sean necesarios.
La fuente de abastecimiento a utilizarse en forma directa o con obras de
regulación, deberá asegurar el caudal máximo diario para el período de diseño.
La calidad del agua de la fuente, deberá satisfacer los requisitos establecidos
en la Legislación vigente en el País.
4. CAPTACIÓN
El diseño de las obras deberá garantizar como mínimo la captación del caudal
máximo diario necesario protegiendo a la fuente de la contaminación.
Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones generales:
4.1 AGUAS SUPERFICIALES
a) Las obras de toma que se ejecuten en los cursos de aguas
superficiales, en lo posible no deberán modificar el flujo normal de
la fuente, deben ubicarse en zonas que no causen erosión o
sedimentación y deberán estar por debajo de los niveles mínimos
de agua en periodos de estiaje.
b) Toda toma debe disponer de los elementos necesarios para
impedir el paso de sólidos y facilitar su remoción, así como de unsistema de regulación y control. El exceso de captación deberá
retornar al curso original.
c) La toma deberá ubicarse de tal manera que las variaciones de
nivel no alteren el funcionamiento normal de la captación.
4.2 AGUAS SUBTERRÁNEAS
El uso de las aguas subterráneas se determinará mediante un estudio a
través del cual se evaluará la disponibilidad del recurso de agua en
cantidad, calidad y oportunidad para el fin requerido.
4.2.1 Pozos Profundos
a) Los pozos deberán ser perforados previa autorización de los
organismos competentes del Ministerio de Agricultura, en
concordancia con la Ley General de Aguas vigente. Así
mismo, concluida la construcción y equipamiento del pozo
se deberá solicitar licencia de uso de agua al mismo
organismo.
b) La ubicación de los pozos y su diseño preliminar serán
determinados como resultado del correspondiente estudio
hidrogeológico específico a nivel de diseño de obra. En la
ubicación no sólo se considerará las mejores condiciones
hidrogeológicas del acuífero sino también el suficiente
distanciamiento que debe existir con relación a otros pozos
vecinos existentes y/ o proyectados para evitar problemas
de interferencias.
c) El menor diámetro del forro de los pozos deberá ser por lo
menos de 8 cm mayor que el diámetro exterior de los
impulsores de la bomba por instalarse.
d) Durante la perforación del pozo se determinará su diseño
definitivo, sobre la base de los resultados del estudio de las
muestras del terreno extraído durante la perforación y los
correspondientes registros geofísicos. El ajuste del diseño se
refiere sobre todo a la profundidad final de la perforación,
localización y longitud de los filtros.
e) Los filtros serán diseñados considerando el caudal de
bombeo; la granulometría y espesor de los estratos;
velocidad de entrada, así como la calidad de las aguas.
f) La construcción de los pozos se hará en forma tal que se
evite el arenamiento de ellos, y se obtenga un óptimo
rendimiento a una alta eficiencia hidráulica, lo que se
conseguirá con uno o varios métodos de desarrollo.
CAPTACIÓN Y CONDUCCIÓN DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO
1 OBJETIVO
Fijar las condiciones para la elaboración de los proyectos de captación y
conducción de agua para consumo humano.
2 ALCANCES
Esta Norma fija los requisitos mínimos a los que deben sujetarse los diseños de
captación y conducción de agua para consumo humano, en localidades
mayores de 2000 habitantes.
3 FUENTE
A fin de definir la o las fuentes de abastecimiento de agua para consumo
humano, se deberán realizar los estudios que aseguren la calidad y cantidad
que requiere el sistema, entre los que incluyan: identificación de fuentes
alternativas, ubicación geográfica, topografía, rendimientos mínimos,
variaciones anuales, análisis físico químicos, vulnerabilidad y microbiológicos y
otros estudios que sean necesarios.
La fuente de abastecimiento a utilizarse en forma directa o con obras de
regulación, deberá asegurar el caudal máximo diario para el período de diseño.
La calidad del agua de la fuente, deberá satisfacer los requisitos establecidos
en la Legislación vigente en el País.
4. CAPTACIÓN
El diseño de las obras deberá garantizar como mínimo la captación del caudal
máximo diario necesario protegiendo a la fuente de la contaminación.
Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones generales:
4.1 AGUAS SUPERFICIALES
a) Las obras de toma que se ejecuten en los cursos de aguas
superficiales, en lo posible no deberán modificar el flujo normal de
la fuente, deben ubicarse en zonas que no causen erosión o
sedimentación y deberán estar por debajo de los niveles mínimos
de agua en periodos de estiaje.
b) Toda toma debe disponer de los elementos necesarios para
impedir el paso de sólidos y facilitar su remoción, así como de unsistema de regulación y control. El exceso de captación deberá
retornar al curso original.
c) La toma deberá ubicarse de tal manera que las variaciones de
nivel no alteren el funcionamiento normal de la captación.
4.2 AGUAS SUBTERRÁNEAS
El uso de las aguas subterráneas se determinará mediante un estudio a
través del cual se evaluará la disponibilidad del recurso de agua en
cantidad, calidad y oportunidad para el fin requerido.
4.2.1 Pozos Profundos
a) Los pozos deberán ser perforados previa autorización de los
organismos competentes del Ministerio de Agricultura, en
concordancia con la Ley General de Aguas vigente. Así
mismo, concluida la construcción y equipamiento del pozo
se deberá solicitar licencia de uso de agua al mismo
organismo.
b) La ubicación de los pozos y su diseño preliminar serán
determinados como resultado del correspondiente estudio
hidrogeológico específico a nivel de diseño de obra. En la
ubicación no sólo se considerará las mejores condiciones
hidrogeológicas del acuífero sino también el suficiente
distanciamiento que debe existir con relación a otros pozos
vecinos existentes y/ o proyectados para evitar problemas
de interferencias.
c) El menor diámetro del forro de los pozos deberá ser por lo
menos de 8 cm mayor que el diámetro exterior de los
impulsores de la bomba por instalarse.
d) Durante la perforación del pozo se determinará su diseño
definitivo, sobre la base de los resultados del estudio de las
muestras del terreno extraído durante la perforación y los
correspondientes registros geofísicos. El ajuste del diseño se
refiere sobre todo a la profundidad final de la perforación,
localización y longitud de los filtros.
e) Los filtros serán diseñados considerando el caudal de
bombeo; la granulometría y espesor de los estratos;
velocidad de entrada, así como la calidad de las aguas.
f) La construcción de los pozos se hará en forma tal que se
evite el arenamiento de ellos, y se obtenga un óptimo
rendimiento a una alta eficiencia hidráulica, lo que se
conseguirá con uno o varios métodos de desarrollo.