Resumen Ejecutivo: Prevención de Riesgos Laborales 2025
Introducción a la Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
- Definición de Salud (OMS): Estado de completo bienestar físico, mental y social, superando la simple ausencia de afecciones.
- Relación Trabajo-Salud: Es bidireccional. El trabajo digno promueve la salud, mientras que condiciones inadecuadas generan riesgos.
- Formación de Nivel Básico: Destinada a trabajadores con funciones preventivas, autónomos, mandos intermedios y sectores de riesgo específico (construcción, alimentación).
Marco Normativo en España
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre: Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Establece los principios, derechos y obligaciones fundamentales.
- Directiva Marco 89/391/CEE: Base normativa de la Unión Europea incorporada al derecho español para mejorar la seguridad y salud laboral.
- Desarrollo Normativo: Se complementa con Reales Decretos específicos sobre agentes químicos, biológicos, ruido, equipos de trabajo, etc.
Riesgos y Daños Derivados del Trabajo
- Factor de Riesgo: Situación o característica del trabajo con potencial de causar daño. Categorías: Seguridad, Medioambientales, Psicosociales y Ergonómicos.
- Accidente de Trabajo: Lesión física o psíquica ocurrida por consecuencia y en horario de trabajo.
- In itinere: Sucede en el trayecto habitual de ida o vuelta al trabajo.
- Otros conceptos: Actos de salvamento, imprudencia profesional (descuido por confianza) y fenómenos naturales (rayos, insolación).
- Exclusión: Imprudencia temeraria (incumplimiento intencionado de seguridad).
- Enfermedad Profesional: Contraída en sectores específicos por productos determinados, recogidos en una lista oficial del Ministerio de Trabajo.
Evaluación de Riesgos y Acción Preventiva
- Principios de la Acción Preventiva: La LPRL establece 9 principios fundamentales para la gestión proactiva.
- Matriz de Evaluación: Combina Severidad (Ligeramente dañino, Dañino, Extremadamente dañino) y Probabilidad (Baja, Media, Alta).
- Niveles de Riesgo: Trivial, Tolerable, Moderado, Importante, e Intolerable.
- Acción: Un riesgo "Intolerable" prohíbe el trabajo hasta que se reduzca; un riesgo "Trivial" no requiere acción específica.
Medidas de Protección y Señalización
- Equipos de Protección Individual (EPI): Elementos para proteger contra riesgos específicos (cascos, guantes, calzado de seguridad, mascarillas).
- Tipos de Señalización:
- Óptica: Paneles.
- Acústica: Sirenas y alarmas.
- Luminosa: Luces intermitentes.
- Gestual: Movimientos de brazos/manos.
- Categorías de Señales: Advertencia, Prohibición, Obligación, Lucha contra incendios y Salvamento.
Organización de la Prevención en la Empresa
- Servicio de Prevención Propio (SPP): Obligatorio en empresas de más de 500 trabajadores (o entre 250 y 500 en actividades de alto riesgo).
- Servicio de Prevención Ajeno (SPA): Entidad externa acreditada.
- Otras modalidades: Servicio Mancomunado, Designación de trabajadores o gestión directa por el Empresario (empresas de 10 a 25 trabajadores sin riesgo peligroso).
Órganos de Representación
- Delegados de Prevención: Representantes de los trabajadores con funciones específicas en PRL.
- Comité de Seguridad y Salud: Órgano paritario obligatorio en empresas con 50 o más trabajadores.
- Escala de Representación:
- 50−100 trabajadores: 2 Delegados / 4 miembros en el Comité.
- Más de 4000 trabajadores: 8 Delegados / 16 miembros en el Comité.