PENAL AVANZADO

Homicidios

  • Bien jurídico protegido: La vida humana.

  • El derecho penal protege la vida sin considerar la voluntad del individuo.

  • Definición: El "homicidio" implica la muerte de una persona por otra en el Código Penal.

  • Condiciones: Para considerarse homicidio, la víctima debe haber nacido y tenido capacidad de vida autónoma.

Tipos de Homicidio

Homicidio Doloso (Art. 138)

  • Se castiga con penal de prisión de 10 a 15 años.

  • Agravantes que incrementan la pena (Art. 140).

  • Dolo: Conocimiento y voluntariedad en la acción, con posibilidad de dolo eventual.

Homicidio Imprudente (Art. 142)

  • Se castiga con penal de prisión de 1 a 4 años.

  • Agravantes si se utiliza vehículo a motor o arma de fuego.

  • Dos niveles de imprudencia: grave (más pena) y menos grave (multa).

Conducta Típica

  • Consiste en matar a otra persona; puede ser cometida por omisión si hay obligación de actuar (p. ej., relaciones familiares, deberes legales).

  • Resultado es la muerte, y debe existir relación de causalidad.

Tipos Cualificados (Art. 138.2)

  • Circunstancias agravantes: cuando la víctima es menor de 16 años, o si se trata de un delito sexual previo.

  • Homicidio en organización criminal.

Lesiones (Art. 147)

  • Bien jurídico protegido: Integridad corporal y salud.

  • Tipos de lesiones: dolosas e imprudentes.

  • Lesiones graves requieren tratamiento médico, mientras que las leves no.

Delitos Contra la Libertad (Arts. 163-172)

  • Delitos de detención ilegal y secuestro.

  • Amenazas: Anuncio de mal a la víctima; pueden ser condicionales o no.

  • Coacciones: Impedir hacer lo permitido legalmente.

Delitos Contra la Integridad Moral (Art. 173)

  • Comportamientos degradantes: que menoscaban la dignidad, con daños físicos y psíquicos.

Delitos Contra la Libertad Sexual (Art. 178-180)

  • Agresión sexual: Actos que atentan la libertad sexual sin consentimiento.

  • Violación: Acceso carnal, pena de 4 a 12 años.

Organización Criminal (Arts. 570 bis)

  • Formación de un grupo con fines delictivos.

  • Distinguir entre organización criminal y grupo terrorista.

Tráfico de Drogas (Art. 368)

  • Protege la salud pública.

  • Conductas típicas: cultivo, tráfico y provisión de sustancias ilegales.

Estafa (Art. 248)

  • Definición: Perjuicio patrimonial mediante engaño.

  • Elementos: engaño, error, acto de disposición y perjuicio.

Calumnias e Injurias (Arts. 205-210)

  • Calumnia: Acusar falsamente a alguien.

  • Injuria: Lesión a la dignidad de otra persona.

  • Necesidad de dolo.

Apropiación Indebida (Arts. 253-254)

  • Consiste en apropiarse de bienes ajenos que se tienen en depósito.

  • Diferente de estafa donde el acceso se produce mediante engaño.