prevencion de riesgos, legislación y organización
1. Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales
Normas internacionales: Directiva 89/391/CE (UE) y convenios de la OIT.
Constitución Española: Artículo 40.2 (seguridad e higiene).
Legislación básica: Ley 31/1995 (LPRL), Ley de Infracciones y Sanciones (LISOS), Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997).
Legislación específica: Reales Decretos sobre riesgos concretos (e.g., protección ante agentes químicos, ruido, etc.).
2. Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales
2.1. Obligaciones de la empresa
Identificar y evitar riesgos.
Evaluar riesgos que no se pueden evitar.
Planificar la prevención y documentar el sistema preventivo.
Proveer equipos de protección y formar a los trabajadores.
Elaborar un plan de emergencias y adoptar medidas en caso de riesgo inminente.
2.2. Obligaciones de los trabajadores
Usar adecuadamente EPI y herramientas.
No manipular dispositivos de seguridad.
Informar sobre riesgos y cooperar en prevención.
3. Responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales
3.1. Responsabilidades de la empresa
Responsabilidad administrativa (sanciones por infracciones).
Responsabilidad civil (indemnizaciones por daños).
Responsabilidad penal (peligro por negligencia).
3.2. Responsabilidades de los trabajadores
Responsabilidad disciplinaria y penal.
3.3. El papel de la Inspección de Trabajo
Vigila el cumplimiento de la normativa, propone sanciones y puede paralizar actividades en caso de riesgo.
4. Modalidades de organización de la prevención en la empresa
Asunción personal por el empresario.
Servicio de prevención ajeno/propio.
Designación de trabajadores para gestionar la prevención.
Servicio de prevención mancomunado (varias empresas).
5. La representación de las personas trabajadoras en la prevención
Delegados de prevención
Designados entre los trabajadores para tareas de prevención.
Comité de seguridad y salud se forma en centros con más de 50 trabajadores.
6. La gestión de la prevención en la empresa
6.1. Principios generales de la acción preventiva
Evitar riesgos, evaluar, combatir en origen, adaptar trabajo a la persona, y priorizar protección colectiva.
6.2. La evaluación de riesgos laborales
Obligatoria al inicio y periódicamente en cambios.
Método del INSST: probabilidades y consecuencias.
6.3. Control de riesgos
Acciones preventivas según el nivel de riesgo (trivial, tolerable, moderado, importante, intolerable).
6.4. Gestión de accidentes de trabajo
Obligación de investigar accidentes y notificar electrónicamente.
7. El experto en prevención y la Coordinación de actividades empresariales (CAE)
Experto en prevención: asesor en PRL.
Recurso preventivo: vigila cumplimiento de seguridad en situaciones de riesgo.
CAE: coordinan empresas en un mismo centro de trabajo.
8. Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo
Nacionales: INSST, CNSST, FPRL, Inspección de Trabajo, autorías laborales.
Internacionales: OIT, EU-OSHA, OMS.