prevencion de riesgos, legislación y organización

1. Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales

  • Normas internacionales: Directiva 89/391/CE (UE) y convenios de la OIT.

  • Constitución Española: Artículo 40.2 (seguridad e higiene).

  • Legislación básica: Ley 31/1995 (LPRL), Ley de Infracciones y Sanciones (LISOS), Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997).

  • Legislación específica: Reales Decretos sobre riesgos concretos (e.g., protección ante agentes químicos, ruido, etc.).

2. Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales

2.1. Obligaciones de la empresa

  • Identificar y evitar riesgos.

  • Evaluar riesgos que no se pueden evitar.

  • Planificar la prevención y documentar el sistema preventivo.

  • Proveer equipos de protección y formar a los trabajadores.

  • Elaborar un plan de emergencias y adoptar medidas en caso de riesgo inminente.

2.2. Obligaciones de los trabajadores

  • Usar adecuadamente EPI y herramientas.

  • No manipular dispositivos de seguridad.

  • Informar sobre riesgos y cooperar en prevención.

3. Responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales

3.1. Responsabilidades de la empresa

  • Responsabilidad administrativa (sanciones por infracciones).

  • Responsabilidad civil (indemnizaciones por daños).

  • Responsabilidad penal (peligro por negligencia).

3.2. Responsabilidades de los trabajadores

  • Responsabilidad disciplinaria y penal.

3.3. El papel de la Inspección de Trabajo

  • Vigila el cumplimiento de la normativa, propone sanciones y puede paralizar actividades en caso de riesgo.

4. Modalidades de organización de la prevención en la empresa

  • Asunción personal por el empresario.

  • Servicio de prevención ajeno/propio.

  • Designación de trabajadores para gestionar la prevención.

  • Servicio de prevención mancomunado (varias empresas).

5. La representación de las personas trabajadoras en la prevención

Delegados de prevención

  • Designados entre los trabajadores para tareas de prevención.

  • Comité de seguridad y salud se forma en centros con más de 50 trabajadores.

6. La gestión de la prevención en la empresa

6.1. Principios generales de la acción preventiva

  • Evitar riesgos, evaluar, combatir en origen, adaptar trabajo a la persona, y priorizar protección colectiva.

6.2. La evaluación de riesgos laborales

  • Obligatoria al inicio y periódicamente en cambios.

  • Método del INSST: probabilidades y consecuencias.

6.3. Control de riesgos

  • Acciones preventivas según el nivel de riesgo (trivial, tolerable, moderado, importante, intolerable).

6.4. Gestión de accidentes de trabajo

  • Obligación de investigar accidentes y notificar electrónicamente.

7. El experto en prevención y la Coordinación de actividades empresariales (CAE)

  • Experto en prevención: asesor en PRL.

  • Recurso preventivo: vigila cumplimiento de seguridad en situaciones de riesgo.

  • CAE: coordinan empresas en un mismo centro de trabajo.

8. Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo

  • Nacionales: INSST, CNSST, FPRL, Inspección de Trabajo, autorías laborales.

  • Internacionales: OIT, EU-OSHA, OMS.