SUFRAGIO FEMENINO

Los derechos humanos son inherentes a la persona, y su existencia no depende del reconocimiento por parte del Estado. En 1955, fecha en que se dio oficialmente el reconocimiento del derecho al sufragio a las mujeres, ya existían instrumentos internacionales importantes como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) que recogen al derecho de igualdad ante la ley y el derecho a la igualdad material en sus textos, tales como: (Declaración Universal de Derechos Humanos) Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 21.

  1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o    por medio de representantes libremente escogidos.
  2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones    públicas de su país.
  3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se    expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente,    por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente    que garantice la libertad del voto.

   (Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre) Artículo XX. Toda persona, legalmente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres. Por otra parte, no se debe olvidar el componente político y el contexto internacional detrás de la aprobación del sufragio femenino, además, de la labor por parte de activistas por los derechos de las mujeres. Sin embargo, cabe recordar que los dos instrumentos arriba mencionados ya existían, cada uno relacionado tanto a la Organización de las Naciones Unidas como a la de la Organización de Estados Americanos. Para la historiadora Karen Poulsen (2014) la aprobación de esta norma se debió a un interés especial de Odría en “cumplir con las directrices impartidas por organismos supranacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA) con claro liderazgo norteamericano, en torno a la igualdad de las personas ante la ley y la no discriminación por cuestiones de raza, sexo o credo. Las investigaciones revelan que Odría decretó los derechos políticos femeninos en las postrimerías de su mandato para democratizar y recomponer su imagen y la de su régimen, en torno a los principios de isonomía y de legitimidad”. Esto se puede comprobar con lo que sucedió con el derecho al voto de las mujeres reconocido en la Constitución de 1933, así de acuerdo a Poulsen, en la “Asamblea Constituyente de 1932, los congresistas tuvieron reparos en aceptar el voto político femenino y optaron por el voto edil”. Cabe recordar que, en la CPP de 1933, no se reconoce el derecho a la ciudadanía de las mujeres peruanas, pero sí, el derecho a que algunas de ellas puedan votar en elecciones municipales: Artículo 84.- Son ciudadanos los peruanos varones mayores de edad, los casados mayores de 18 años y los emancipados. Artículo 86.- Gozan del derecho de sufragio los ciudadanos que sepan leer y escribir; y, en elecciones municipales, las mujeres peruanas mayores de edad, las casadas o que lo hayan llegado a su mayoría. Para Poulsen (2014), una muestra del poco interés que despertaba el voto femenino fue que, a pesar de decretarse constitucionalmente el sufragio municipal, no se trabajó nunca en su reglamentación. Sin embargo, la situación cambia en el Congreso de 1954, donde la petición por parte del General Odría de brindar el voto a las mujeres recibió todo el apoyo y “porque era anacrónico seguir negando un derecho que había sido largamente considerado en las constituciones de otras latitudes” (Poulsen, 2014), además del trabajo que había tenido el movimiento por los derechos de las mujeres en el país, toda una conquista ciudadana.