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El hombre y el Estado - 4. Los derechos del hombre

Los hombres mutuamente opuestos en sus concepciones teóricas pueden llegar a un acuerdo práctico sobre una lista de derechos humanos

  • Existen prácticas aplicables en la vida común de los hombres, que derivan del pensamiento individual.

    • Se plantea la posibilidad de un acuerdo práctico entre hombres que teóricamente se oponen entre sí.

  • La justificación racional es indispensable pero al mismo tiempo impotente para crear un acuerdo entre los hombres.

    • Cada quien presta su conocimiento sólo a lo que considere como cierto y válido.

    • Por tanto, las justificaciones racionales de cada quien son distintas entre hombres.

    • "Estamos de acuerdo sobre estos derechos con tal de que no se nos pregunte el porqué" al llegar a un acuerdo entre opuestos.

  • Cuando se refiere a una ideología básica práctica, formulada por la consciencia de los pueblos libres, ocurre un "residuo común".

  • Los sistemas de filosofía moral son el producto de la reflexión intelectual sobre elementos éticos.

    • Aunque los diversos sistemas de pensamiento discutan sobre el porqué, prescriben en sus conclusiones prácticas reglas de conducta que son las mismas.

  • El factor más importante en el progreso moral de la humanidad es el desarrollo experimental del conocimiento que se registra al margen de los sistemas y sobre otra base lógica.

El problema filosófico se relaciona con el fundamento racional de los derechos humanos

  • Pero desde el punto de vista de la inteligencia, lo esencial es obtener una justificación de los valores y normas morales.

  • El fundamento filosófico de los derechos del hombre es el derecho natural.

    • Las doctrinas del derecho natural no deben confundirse con el derecho natural en sí.

  • La concepción del siglo XVIII sobre los derechos del hombre tomaba en cuenta el derecho natural de la época antigua y medieval, y el racionalismo.

    • "Una buena ley debería ser buena para todos."

  • Se consideraba que el derecho natural está dentro del ser de las cosas, y era aplicable a todo.

    • Se consideraba que era prescrita por la Naturaleza y la Razón, pero en realidad era arbitraria y artificial.

  • A partir del siglo XVII, Dios quedó reducido a Naturaleza, Razón, y Derecho Natural.

    • De esto se deriva la Voluntad y la Libertad, que terminarían por reemplazar a Dios.

    • Los derechos de las personas tenían que basarse en que el hombre no está sujeto a otra ley más que su propia voluntad y libertad.

  • Esta filosofía no brinda sólidos cimientos para los derechos de la persona porque no es posible cimentar nada sobre una ilusión.

Derecho natural

  • ¿Debemos intentar el restablecimiento de nuestra fe en los derechos humanos sobre la base de una filosofía auténtica?

  • La idea genuina del derecho natural es una herencia del pensamiento griego y cristiano.

    • Antígona es la eterna heroína del derecho natural, pues dijo que las leyes escritas no son de hoy ni de ayer, sino que viven en todos los tiempos.

El primer elemento (ontológico) del derecho natural

  • Admitimos que hay una naturaleza humana y que ésta es la misma en todos los hombres.

    • El hombre es un ser dotado de inteligencia, puede determinar por sí mismo los fines que persigue.

    • Está dotado de una naturaleza ontológica que constituye un centro de necesidades inteligibles.

  • Cada ser tiene su propio derecho natural, como tiene su propia esencia.

    • Cualquier cosa existente en la naturaleza, tiene su ley, es decir, la normalidad de su funcionamiento.

    • En razón de su naturaleza y fines específicos, debería alcanzar la plenitud del ser en su conducta.

    • La ley natural para el hombre es una ley moral.

  • La prohibición de matar se basa en la esencia del hombre, porque uno de los fines primordiales de la naturaleza humana es preservar la existencia.

  • Resumiendo, el derecho natural es algo tanto ontológico como ideal.

    • Ideal porque se fundamenta en las esencias humanas y en su estructura inmutable.

    • Ontológico porque la esencia humana es una realidad ontológica, que no existe separadamente.

  • El derecho natural es co-extensivo al campo total de las normas morales naturales.

El segundo elemento (gnoseológico) del derecho natural

  • Conocimiento, medición de los hechos positivos de la razón humana.

  • El derecho natural no es un código escrito.

V❀

El hombre y el Estado - 4. Los derechos del hombre

Los hombres mutuamente opuestos en sus concepciones teóricas pueden llegar a un acuerdo práctico sobre una lista de derechos humanos

  • Existen prácticas aplicables en la vida común de los hombres, que derivan del pensamiento individual.

    • Se plantea la posibilidad de un acuerdo práctico entre hombres que teóricamente se oponen entre sí.

  • La justificación racional es indispensable pero al mismo tiempo impotente para crear un acuerdo entre los hombres.

    • Cada quien presta su conocimiento sólo a lo que considere como cierto y válido.

    • Por tanto, las justificaciones racionales de cada quien son distintas entre hombres.

    • "Estamos de acuerdo sobre estos derechos con tal de que no se nos pregunte el porqué" al llegar a un acuerdo entre opuestos.

  • Cuando se refiere a una ideología básica práctica, formulada por la consciencia de los pueblos libres, ocurre un "residuo común".

  • Los sistemas de filosofía moral son el producto de la reflexión intelectual sobre elementos éticos.

    • Aunque los diversos sistemas de pensamiento discutan sobre el porqué, prescriben en sus conclusiones prácticas reglas de conducta que son las mismas.

  • El factor más importante en el progreso moral de la humanidad es el desarrollo experimental del conocimiento que se registra al margen de los sistemas y sobre otra base lógica.

El problema filosófico se relaciona con el fundamento racional de los derechos humanos

  • Pero desde el punto de vista de la inteligencia, lo esencial es obtener una justificación de los valores y normas morales.

  • El fundamento filosófico de los derechos del hombre es el derecho natural.

    • Las doctrinas del derecho natural no deben confundirse con el derecho natural en sí.

  • La concepción del siglo XVIII sobre los derechos del hombre tomaba en cuenta el derecho natural de la época antigua y medieval, y el racionalismo.

    • "Una buena ley debería ser buena para todos."

  • Se consideraba que el derecho natural está dentro del ser de las cosas, y era aplicable a todo.

    • Se consideraba que era prescrita por la Naturaleza y la Razón, pero en realidad era arbitraria y artificial.

  • A partir del siglo XVII, Dios quedó reducido a Naturaleza, Razón, y Derecho Natural.

    • De esto se deriva la Voluntad y la Libertad, que terminarían por reemplazar a Dios.

    • Los derechos de las personas tenían que basarse en que el hombre no está sujeto a otra ley más que su propia voluntad y libertad.

  • Esta filosofía no brinda sólidos cimientos para los derechos de la persona porque no es posible cimentar nada sobre una ilusión.

Derecho natural

  • ¿Debemos intentar el restablecimiento de nuestra fe en los derechos humanos sobre la base de una filosofía auténtica?

  • La idea genuina del derecho natural es una herencia del pensamiento griego y cristiano.

    • Antígona es la eterna heroína del derecho natural, pues dijo que las leyes escritas no son de hoy ni de ayer, sino que viven en todos los tiempos.

El primer elemento (ontológico) del derecho natural

  • Admitimos que hay una naturaleza humana y que ésta es la misma en todos los hombres.

    • El hombre es un ser dotado de inteligencia, puede determinar por sí mismo los fines que persigue.

    • Está dotado de una naturaleza ontológica que constituye un centro de necesidades inteligibles.

  • Cada ser tiene su propio derecho natural, como tiene su propia esencia.

    • Cualquier cosa existente en la naturaleza, tiene su ley, es decir, la normalidad de su funcionamiento.

    • En razón de su naturaleza y fines específicos, debería alcanzar la plenitud del ser en su conducta.

    • La ley natural para el hombre es una ley moral.

  • La prohibición de matar se basa en la esencia del hombre, porque uno de los fines primordiales de la naturaleza humana es preservar la existencia.

  • Resumiendo, el derecho natural es algo tanto ontológico como ideal.

    • Ideal porque se fundamenta en las esencias humanas y en su estructura inmutable.

    • Ontológico porque la esencia humana es una realidad ontológica, que no existe separadamente.

  • El derecho natural es co-extensivo al campo total de las normas morales naturales.

El segundo elemento (gnoseológico) del derecho natural

  • Conocimiento, medición de los hechos positivos de la razón humana.

  • El derecho natural no es un código escrito.